La Corte de Justicia de San Juan, mediante el Acuerdo General Nº 44/2024, autorizó "el uso de medios electrónicos, informáticos y similares para notificaciones judiciales, conforme lo previsto en los códigos procesales".
La máxima autoridad judicial de la provincia, encabezada por su Presidente, Marcelo Lima, junto a los integrantes de la Corte, Adriana García Nieto, Daniel Olivares Yapur, Juan José Victoria y Guillermo De Sanctis, además del Fiscal General del Ministerio Público Fiscal, Eduardo Quattropani, acordaron "autorizar el uso de medios electrónicos, informáticos y similares para notificaciones judiciales, conforme lo previsto en los códigos procesales".
"La autorización tiene alcance también a los fueros Laboral y Familia", explicaron en un comunicado oficial, al tiempo que añadieron que "se ha autorizado el uso de medios electrónicos, informáticos y similares para notificaciones judiciales, como aplicativos de comunicación por videollamada y mensajería instantánea, plataformas de videoconferencias virtuales, correo electrónico oficial del Poder Judicial, enlaces o códigos de respuesta para acceso a repositorios digitales, y plataformas digitales seguras donde los ciudadanos hayan constituido su domicilio electrónico".
"Es condición de validez de las notificaciones por los medios indicados, que se constate debidamente por actuario lo siguiente: autorización a la notificación la identidad de las personas a notificar, fecha y hora del acto de la comunicación, la comprensión por parte de los destinatarios del acto o resolución objeto de notificación, y la puesta a disposición del destinatario de las copias en formato digital con firma digital o electrónica", detalló el comunicado emitido por la Corte de Justicia.
Indicaron además que "en un esfuerzo por garantizar un servicio adecuado al usuario y ampliar el acceso a la Justicia, la Corte viene implementado una serie de proyectos innovadores, como el expediente electrónico, la firma digital y electrónica, y las audiencias orales con grabación, entre otros".
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