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ARCA postergó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

El organismo extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas y pagar las obligaciones tributarias del periodo fiscal 2024.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales relativos al período fiscal 2024.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución General 5702/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, dando un margen extra a los contribuyentes para cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes a los mencionados tributos.

La prórroga estableció que para realizar la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales habrá tiempo hasta el 23 de junio de 2025, mientras que la fecha límite para abonar el saldo pasó a ser el 24 de junio de 2025.

De esta manera, quedan sin vigencia las fechas originalmente previstas en la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias, que regulaban los vencimientos en función de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, de los contribuyentes.

Al argumentar la medida, el organismo explicó en el texto oficial que "diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas".

Ante dicho pedido, consideró que "razones de administración tributaria tornan aconsejable hacer lugar a las solicitudes de las entidades mencionadas, extendiendo el plazo para la presentación de las citadas declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante, con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias".

Francos aseguró que el Gobierno buscará presentar un proyecto para reducir el periodo de prescripción

El jefe de Gabinete aseguró que "va a ser algo realmente revolucionario" y destacó el diálogo con los gobernadores provinciales.

El Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, dejó en claro que el objetivo de la gestión es facilitar el uso de ahorros y asegurar que la información sobre el patrimonio de los ciudadanos se revise de forma exhaustiva en el futuro.

De esta manera, planean presentar un proyecto de ley ante el Congreso para reducir el periodo de prescripción de cinco a dos años.

"Va a constar de pocos artículos y tiende a elevar los montos de la información que va a demandar y requerir ARCA y a garantizar que la información que se suministre en cuanto al patrimonio no va a ser revisada, y bajar los periodos de prescripción a dos años", detalló.

También señaló que "va a ser algo realmente revolucionario. Hay mucha gente que quiere entrar a un crédito hipotecario y no tienen ese monto inicial para comenzar y poder así adquirir un departamento en blanco".

Además, destacó la reunión virtual que mantuvo con gobernadores: "Fue muy buena, muy positiva, creo que hay un interés general de esto por parte de todos los gobernadores de adherirse a este sistema".

En ese sentido, continuó: "Nosotros quisimos anunciarlo en líneas generales primero y la conversación con los gobernadores fue para que todos los gobiernos provinciales adhieran en el sistema por el que después nosotros, lo que se genera como exteriorización del dinero, a través de compras con un tope que se ha puesto, ellos no recarguen esos bienes con ingresos brutos, porque si no se pierde todo el sentido".

"Con este movimiento extra que se va a generar en la economía ellos van a percibir también los impuestos que genera este incremento. Es un win-win para todos", concluyó.

Dólares del colchón: ARCA exigió adhesión provincial y amenazó con cortar información fiscal

El organismo nacional advirtió que las jurisdicciones que no se adhieran perderán el acceso a la información de facturación y consumos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero avanzó con la instrumentación de las medidas anunciadas en el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos e instó a las provincias a adherirse advirtiendo que de lo contrario dejarán de contar con acceso a la información fiscal recabada a nivel nacional.

El organismo recaudador convocó a cada una de las provincias a la firma de un nuevo convenio de intercambio de información con el objetivo de "garantizar las condiciones establecidas en el nuevo Régimen Simplificado de Ganancias, preservando la información de los consumos personales como así también el incremento patrimonial de los ciudadanos en cada una de las 24 jurisdicciones".

En este marco, anticipó que "aquellas provincias que no adhieran al mencionado Régimen perderán el acceso a la información de facturación de personas y/o empresas, así como la relativa a los consumos que se den por encima de los umbrales fijados por ARCA, $50.000.000".

Con esta postura, que busca asegurar el acompañamiento provincial, desde el ente nacional consideran que "el Gobierno avanza y garantiza la decisión histórica de devolverle a los argentinos la libertad de usar su dinero como quieran, convocando a los gobernadores a ser parte de esta nueva era donde los ciudadanos son inocentes hasta que ARCA demuestre lo contrario".

La ofensiva de la administración de Javier Milei se da luego de que el Gobierno de Axel Kicillof cuestione el plan oficial para facilitar el uso de los dólares del colchón calificándolo como un "blanqueo encubierto" y ratifique la continuidad de sus controles tributarios.

Al respecto, el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Cristian Girard, aseguró que "ARBA sigue trabajando con normalidad, aplicando los mismos criterios de control", aclarando que "los impuestos provinciales, como Ingresos Brutos o el Inmobiliario, no se ven afectados por estos anuncios. Y la fiscalización sigue firme, porque la obligación de tributar según la capacidad contributiva no cambió".

En ese sentido, remarcó que "desde Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires vamos a seguir garantizando el cumplimiento tributario con las herramientas que nos otorga la ley", afirmando que "nuestra tarea es asegurar que quienes tienen mayor capacidad económica tributen lo que corresponde", al señalar que "esa es la única forma de construir un sistema justo y de recaudar con equidad para sostener políticas públicas que beneficien al conjunto de la sociedad".

ARCA: los comercios ya no deberán pedir el DNI a clientes en compras menores a $10.000.000

Desde junio, solo se deberá identificar al comprador cuando supere los $10.000.000. Se eliminan varios regímenes informativos y se elevan los umbrales de control sobre cuentas, inversiones y transferencias.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero avanzó un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves.

Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos regímenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.

Este martes, se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI, en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte.

En paralelo, también se amplía a $500.000 el monto de operaciones que pueden documentarse mediante el sistema simplificado del Facturador.

ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones

Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:

  • Transferencias/acreditaciones: $50.000.000, personas físicas, y $30.000.000, jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos.
  • Saldos bancarios: $50.000.000, físicas, y $30.000.000, jurídicas.
  • Plazos fijos: $100.000.000, físicas, y $30.000.000, jurídicas.
  • Billeteras virtuales: $50.000.000, físicas, y $30.000.000, jurídicas.
  • Sociedades de bolsa: $100.000.000, físicas, y $30.000.000, jurídicas.
  • Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 sin identificación ni reporte.

A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:

  • Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales.
  • El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10.000.000.
  • Informes de compra y venta de vehículos usados
  • Reporte de expensas desde $32.000
  • Declaración del Código de Oferta y Transparencia de Inmuebles al publicar inmuebles en venta

Estas modificaciones forman parte de una política de desburocratización del control fiscal sobre consumos y transacciones de personas físicas, que ahora contarán con mayor privacidad en sus operaciones.

El Titular de ARCA, Juan Pazo, explicó que con la implementación del nuevo régimen se busca un cambio de paradigma.

"Aumentar los umbrales significa que hasta $50.000.000 vas a poder operar sin que ARCA tenga información previa. Lo mismo va a aplicar para billeteras virtuales y tarjetas de crédito o débito. Vas a poder comprarte un auto o un departamento con ahorro bien habido, sin necesidad de justificarlo", sostuvo.

Pazo remarcó que el objetivo es "invitar a la gente a que facture por las buenas razones, porque el sistema te lo va a premiar".

En esa línea, defendió la idea de construir confianza en el sistema formal: “"u número de seguridad social y tu historia crediticia son lo más importante que podés tener, porque son la llave para acceder al sistema".

ARCA facilitó la gestión para importar autos eléctricos con arancel 0%

La iniciativa apunta a promover la oferta y variedad en el mercado automóvil local, promoviendo además la modernización del parque automotor.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el mecanismo que permitirá importar vehículos eléctricos, híbridos y a hidrógeno sin pagar el Derecho de Importación Extrazona, que actualmente es del 35%.

La medida se formalizó a través de la Resolución General 5691/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, y se enmarca en el Decreto 49/2025 y la Resolución N.º 29 de la Secretaría de Industria y Comercio.

El régimen tendrá una vigencia de 5 años y regirá exclusivamente para vehículos cuyo valor Free On Board, sin incluir flete ni seguro, no supere los 16.000 dólares. En esos casos, la alícuota del Derecho de Importación Extrazona será del 0%, lo que busca fomentar la movilidad sustentable y mejorar el acceso a tecnologías limpias en el país.

Un cupo de hasta 50.000 unidades por año

El régimen estableció un cupo anual de 50.000 unidades, equivalente al 20% del promedio de ventas de autos livianos en Argentina.

Ese cupo se dividirá en partes iguales: 25.000 unidades para terminales automotrices con producción local, y otras 25.000 para personas físicas o jurídicas que importen vehículos para su comercialización como proveedores.

La asignación de los cupos se realizará de acuerdo con el orden de nacionalización de las unidades y el menor precio Free On Board ofrecido.

Tramitación digital y control en línea

Las empresas y particulares interesados deberán gestionar su solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino y el sistema de Trámites a Distancia.

El procedimiento, validado electrónicamente a través del Sistema Informático Malvina, está detallado en el anexo técnico de la resolución, así como en el manual de usuario disponible en el sitio web oficial de ARCA.

La nueva normativa digitaliza y centraliza los trámites de importación, lo que busca reducir tiempos, mejorar los controles y garantizar la transparencia en la asignación de los beneficios fiscales.

Con esta medida, el Gobierno avanza en su estrategia para ampliar la disponibilidad de vehículos sustentables en el mercado argentino.

Ganancias: ARCA lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para contribuyentes

La medida, oficializada mediante la Resolución General 5.688/25, busca regularizar el saldo del Impuesto a las Ganancias para quienes hayan declarado incorrectamente pérdidas de ejercicios anteriores.

La Administración Federal de Recursos de Argentina habilitó un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a regularizar deudas del Impuesto a las Ganancias originadas por errores en el cómputo o actualización de quebrantos.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5.688/25.

Los contribuyentes interesados deberán ingresar al sistema Mis Facilidades con Clave Fiscal, seleccionando la opción RG 5684 - Plan de facilidades de pago Ganancias - Quebrantos, disponible en la web oficial de ARCA.

Al adherirse al régimen, el contribuyente deberá renunciar a cualquier reclamo judicial, administrativo o de repetición relacionado con los montos y períodos incluidos en el plan.

En caso de que la deuda se encuentre en discusión administrativa o judicial, deberán cumplirse los requisitos del Capítulo J de la Resolución General 5.321.

ARCA: condiciones del plan

El nuevo plan contempla las siguientes condiciones:

  • No hay límite en la cantidad de planes que pueden presentarse, pero cada período fiscal solo puede regularizarse una vez.
  • No se contemplan reducciones de intereses ni condonación de sanciones.
  • Es obligatorio haber rectificado las declaraciones juradas anteriores para corregir los quebrantos mal computados.
  • Debe haberse presentado la declaración jurada del ejercicio fiscal cerrado entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, computando los quebrantos a valores históricos.

El esquema de pagos se organiza bajo los siguientes parámetros:

  • Pago a cuenta inicial del 3% de la deuda consolidada.
  • Hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
  • Tasa de financiación: 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la consolidación.
  • Monto mínimo tanto para el pago a cuenta como para las cuotas: $50.000.
  • El plan se consolida al momento de cancelar el pago a cuenta, lo que también activa automáticamente la solicitud.
  • La presentación será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Los intereses resarcitorios y punitorios calculados por el sistema no pueden ser modificados por el contribuyente.

Ganancias: plazo para adherirse y causales de caducidad

El plazo para adherirse al régimen estará abierto hasta el 31 de julio de 2025. Una vez enviada la solicitud y generado el acuse de recibo, no se podrá modificar.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos implicará el rechazo del plan, sin posibilidad de imputar los pagos realizados a otros conceptos.

El plan caducará automáticamente si se incurre en alguna de las siguientes situaciones:

  • Falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas, pasados 60 días desde el vencimiento de la segunda.
  • Falta de pago de una cuota única, pasados 60 días desde el vencimiento de la última cuota del plan.

La recaudación tributaria subió 7% en términos reales en abril

Alcanzó los $13.681.771 millones de pesos en el cuarto mes del año

La recaudación de Recursos Tributarios de abril alcanzó $13.681.771 millones, con una variación interanual de 57,9%, informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

En términos reales, la recaudación tributaria de abril habría ascendido un 7% real interanual, mientras que al excluir la recaudación por tributos vinculados al comercio exterior, la variación real interanual sería del 12%, analizó el presidente del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, Nadin Argañaraz.

En la red social X, dijo que "analizando por tributo, la recaudación que más caería, sin tener en cuenta la eliminación del impuesto PAIS, sería la de Bienes Personales, que lo habría hecho en un 50% real interanual".

"Los tributos de mayor aumento real interanual serían combustibles líquidos con 44,5%, seguido por derechos de exportación con 41% y Ganancias con 33%", agregó.

Señaló que "el principal impuesto, el IVA, habría descendido un 0,7% real durante el mes de abril de 2025. Resulta importante destacar que incidió negativamente en la recaudación del tributo la suspensión de la derogación de los certificados de exclusión de la percepción aduanera".

Respecto del primer cuatrimestre, Argañaraz dijo que la recaudación habría aumentado un 7,5% real interanual. Al excluir los tributos vinculados a comercio exterior, la suba sería de 18% real.

Según ARCA, durante abril la recaudación se vio afectada por:

Los vencimientos y pagos en abril 2024 de los impuestos prorrogados en el marco de las Medidas de Alivio Fiscal implementadas en el año 2023. En especial en IVA y Contribuciones de la Seguridad Social.

Las modificaciones en el esquema cambiario que tuvieron lugar desde el 14 de abril, las cuales incluyeron la eliminación de las restricciones de acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera de personas humanas residentes, la flexibilización de acceso al mismo para operaciones de comercio exterior, y el régimen de flotación cambiaria dentro de bandas.

La eliminación del Impuesto PAIS, el año pasado se habían recaudado $510.247 millones.

La disminución de los aranceles a los Derechos de Exportación, para aquellos exportadores que cumplan con el plazo establecido para la liquidación de divisas, conforme lo estipulado por el Decreto 38/2025.

La derogación a partir de marzo 2025 de la suspensión de los certificados de exclusión, lo que incidió negativamente en la recaudación de las percepciones aduaneras en IVA y Ganancias.

ARCA eliminó las percepciones para compra de dólares mediante cuentas bancarias

La medida se formalizó a través de la Resolución General 5672/25 publicada en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero anunció este lunes la eliminación del régimen de percepciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales sobre la compra de moneda extranjera.

La medida, dispuesta por el Gobierno nacional, se formalizó a través de la Resolución General 5672/25, publicada en el Boletín Oficial.

Según el comunicado de ARCA, esta modificación aplica para la "compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento o destino específico".

De esta manera, "ya no se aplicará el cobro a cuenta del 30% de impuestos sobre la compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento, pudiendo acceder a través de las entidades habilitadas por el Banco Central a la compra de divisas sin ningún tipo de restricción ni retención por parte de ARCA".

Sin embargo, ARCA aclaró que las compras en dólares en el exterior continúan alcanzadas por la percepción del impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales, dependiendo del tipo de contribuyente y la operación.

Esto incluye:

  • Compras con tarjeta de crédito, débito u otros medios de pago equivalentes en el exterior.
  • Adquisición de servicios prestados por no residentes.
  • Contratación de servicios turísticos o de transporte con destino fuera del país.
  • ARCA especificó que estas operaciones en el exterior "continuarán sujetas al régimen de percepción de la Resolución General 5.617".

Finalmente, la Agencia informó que "las disposiciones entran en vigencia a partir de hoy y serán aplicables a las operaciones de cambio realizadas desde el día de la fecha".

ARCA estableció nuevos criterios para la clasificación de grandes contribuyentes

La medida se dio a conocer este lunes mediante el Boletín Oficial. A través de la Resolución general 5670/2025, el organismo de recaudación detalló cómo serán las acciones de fiscalización, percepción y aplicación de tributos interiores y recursos de la seguridad social para un segmento específico de contribuyentes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció los nuevos criterios y procedimientos para la clasificación de grandes contribuyentes.

Dicha medida se concretó a través de la Resolución General 5670/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

De este modo la Dirección General Impositiva, uno de los organismos que integra la Agencia, se ocupará de coordinar las acciones de fiscalización, percepción y aplicación de tributos interiores y recursos de la seguridad social para un segmento específico de contribuyentes, según criterios objetivos previamente definidos.

La decisión se encuadra bajo la jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la Dirección General Impositiva.

En este contexto, la Dirección General Impositiva se ocupará de coordinar las acciones de fiscalización, percepción y aplicación de tributos interiores y recursos de la seguridad social para un segmento específico de contribuyentes, según criterios objetivos previamente definidos.

De esta manera, el artículo primero de la Resolución General 5670/2025 estableció que dicha área "será la encargada de determinar la nómina de contribuyentes y responsables comprendidos en el ámbito de actuación" considerando los parámetros de segmentación por importancia, sector económico u otras condiciones específicas que se establezcan.

En cuanto a los criterios que se tendrán en cuenta se destacan la magnitud de las obligaciones tributarias activas, las declaraciones juradas presentadas y el volumen de ventas y exportaciones.

También se contemplarán la cantidad de empleados, los movimientos de fondos, las operaciones con divisas, las tenencias patrimoniales y las relaciones comerciales o societarias.

La metodología también contempla la capacidad operativa de las unidades administrativas a cargo de gestionar a los contribuyentes incluidos.

Las revisiones sobre dicho listado, considerado a partir del volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo o por control, se realizará en un periodo de dos años conforme lo establece el texto.

En ese sentido, la normativa señala que "la nómina de contribuyentes y responsables prevista en el artículo precedente se revisará con una periodicidad bienal".

ARCA simplificó medidas para el comercio exterior

Mediante dos resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, la Aduana flexibilizó el trámite para los exportadores. Alcanzarán al sector de cueros y afines.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero decidió exceptuar la participación de entidades privadas en la verificación aduanera de exportaciones de cueros y afines para consumo. Lo hizo a través de la Resolución General N° 5665/2025, publicada en el Boletín Oficial y que deroga la norma 1399/2002.

"La medida busca eliminar dilaciones innecesarias que afectaban negativamente la dinámica del comercio exterior y generaban costos logísticos adicionales para los exportadores", explicó la agencia en un comunicado.

"La decisión se enmarca en el objetivo de lograr una gestión pública más ágil, eficiente y eficaz, manteniendo intactos los mecanismos de control aduanero y la trazabilidad de las operaciones de exportación", agregó.

ARCA recordó que meses atrás eliminó el sistema mediante el cual las cámaras, federaciones y asociaciones representativas de las actividades sectoriales participaban, en carácter de observadoras, en la verificación física de las mercaderías con destinación de importación, cuando se les hubiera asignado canal rojo de selectividad.

En lo sucesivo, los controles aduaneros se realizarán exclusivamente por los equipos técnicos y operativos de la Dirección General de Aduanas, lo que se espera agilice los tiempos de despacho sin comprometer la trazabilidad ni la seguridad de las operaciones.

Declaración posembarque y trámites para exportadores

A través de la RG 5.666/25, la ARCA también eliminó la obligatoriedad de presentar esta declaración en una dependencia aduanera, permitiendo que el trámite se realice de manera digital a través del Sistema Informático Malvina.

Esta medida busca reducir costos operativos y tiempos administrativos, favoreciendo la competitividad del sector exportador.

Se trata del trámite aduanero que permite a los exportadores modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación, cuando la efectivamente embarcada resultara menor de lo declarado en un primer momento, o mayor, dentro de las tolerancias permitidas por la normativa vigente.

Cuáles son los principales cambios que introduce la norma

Declaración posembarque digitalizada: los exportadores podrán modificar la cantidad de mercadería declarada en la destinación de exportación cuando la efectivamente embarcada resulte menor a la informada inicialmente, o mayor, dentro de los márgenes permitidos por la normativa vigente, sin necesidad de presentarse en forma presencial ante la Aduana.

Diferencia en la cantidad de unidades: si la cantidad de unidades embarcadas es menor a la declarada, el declarante dispone de cinco 5 días hábiles para registrar la declaración post-embarque en el Sistema Informático Malvina y ratificarla mediante el servicio web Ratificación de la Declaración Post-Embarque.

Anteriormente, si la operación cursaba por canal naranja o rojo, el trámite debía realizarse en una dependencia aduanera.

Diferencia en la cantidad de bultos: en caso de que el servicio aduanero detecte diferencias en la cantidad de bultos pero no en la cantidad de unidades, el Sistema Informático Malvina procederá automáticamente con el registro y ratificación de la declaración post-embarque.

Antes de esta resolución, los exportadores con operaciones en canal naranja o rojo debían presentarse personalmente para completar el trámite.

El comunicado de ARCA concluye que "a través de la Aduana, continuará con las tareas de revisión normativa a los fines de eliminar códigos aduaneros en desuso, ineficientes u obsoletos relacionados con la intervención de las entidades en verificaciones de mercaderías pertenecientes a distintos rubros de la economía".