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ARCA exigirá más información a los bancos sobre las compras con tarjetas en el exterior

El organismo modificó el régimen de información de la actividad financiera.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero empezará a exigir, desde julio del 2025, más información a los bancos sobre las compras realizadas con tarjetas de crédito y débito de los argentinos en el exterior.

La decisión se dio mediante la modificación del régimen de información de la actividad financiera, en su apartado "detalles de la información a suministrar" por las entidades administradoras de tarjetas, a través de la Resolución General 5662/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

A partir de su aplicación en los vencimientos que operen desde el 1 de julio de este año, las entidades emisoras de tarjetas deberán brindar una serie de datos adicionales para garantizar la correcta fiscalización y control por parte del organismo.

Entre los nuevos requisitos, se establece la obligación de comenzar a informar la marca de la tarjeta, la Clave Única de Identificación Tributaria de la entidad emisora, la identificación de la moneda de origen y del número del comercio donde se realizó la operación.

Con las modificaciones implementadas, las entidades bancarias deberán detallar la siguiente información sobre las operaciones en el exterior correspondiente a tarjetas de titulares emitidas en el país:

  • Número y marca de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.
  • Clave Única de Identificación Tributaria de la entidad emisora.
  • Fecha de la operación.
  • Identificación del país y de la moneda de origen. 
  • Monto de la operación en moneda extranjera y en pesos.
  • Nombre del comercio, junto con su código de rubro y número de identificación.

Asimismo, el organismo precisó que requerirá, con los cambios dispuestos, la misma información para consumos efectuados por titulares adicionales y beneficiarios de extensiones de las tarjetas emitidas en el país.

En este marco, aclaró que "los códigos de rubros a informar son aquéllos previstos en el Merchant Category Code utilizado por las entidades administradoras de tarjetas de crédito en base a los códigos de la Organización Internacional de Normalización, códigos de Clasificación Industrial Estándar y/o sus equivalentes o los que los reemplacen en el futuro".

En la normativa, ARCA consideró necesarias las adecuaciones llevadas a cabo "en virtud de la experiencia recogida durante la aplicación del mencionado régimen y con el fin de facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, como así también dotar al Organismo de información relevante a los fines de ejercer sus funciones de control".

Aduana: ARCA estableció cambios claves para el ingreso y salida de dinero en efectivo de los viajeros

A partir de ahora, los viajeros deberán completar una declaración jurada si superan los U$S10.000. Cuáles son los otros cambios que se establecen.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó y unificó las regulaciones sobre el ingreso y egreso de efectivo, además de metales preciosos, en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.

Argentina, es miembro del GAFI desde el 2000 y debe cumplir con sus estándares, incluyendo la Recomendación N° 32, que exige mecanismos para detectar y sancionar el transporte transfronterizo de estos activos cuando estén vinculados a delitos financieros.

Actualmente, la exportación de moneda extranjera y metales preciosos está restringida por el Decreto N° 1.570/2001, permitiéndose solo bajo ciertas condiciones.

Cuáles son los cambios que estableció ARCA para los viajeros

La resolución establece que los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes que ingresen al territorio argentino, ya sea como equipaje o pacotilla, deben declarar ante el servicio aduanero el dinero en efectivo, los instrumentos negociables al portador, en moneda nacional o extranjera, y/o los metales preciosos amonedados, si su valor total es igual o superior a U$S10.000 o su equivalente en otras monedas.

Esta declaración se realizará mediante el formulario OM 2249-A, el cual será completado y emitido por el servicio aduanero y firmado por el declarante, según lo dispuesto en la reglamentación disponible en el sitio web de la agencia.

Por otro lado, se aclara que se considerará el tipo de cambio comprador al cierre del día hábil anterior al ingreso del país, según lo comunicado por el Banco de la Nación Argentina.

En cuanto al egreso, los viajeros y tripulantes solo podrán retirar dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador en moneda extranjera o metales preciosos amonedados si su valor es inferior a u$s10.000 o su equivalente en otras monedas, y deberán considerar el tipo de cambio vendedor al cierre del día hábil anterior al egreso, según lo indicado por el Banco de la Nación Argentina.

Si el valor total supera esta cantidad, solo podrán realizar el egreso de moneda extranjera y de instrumentos negociables al portador a través de entidades autorizadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.

En el caso de la moneda nacional de curso legal y los instrumentos negociables en esta moneda, podrán hacer el egreso mediante una declaración ante el servicio aduanero, utilizando el formulario OM 2250-B.

El formulario OM 2250-B será completado y emitido por el servicio aduanero y firmado por el declarante, de acuerdo con la reglamentación disponible en el sitio web de la agencia.

Aclaraciones importantes de ARCA

  • Los importes establecidos en los artículos 1° y 2° se aplican a mayores de 16 años, adultos emancipados, y a menores de 16 años no emancipados, quienes tendrán un límite del 50% de los valores establecidos para los adultos.
  • Los datos declarados por cada viajero o tripulante serán registrados en el Sistema Ingreso y Egreso de Valores por el servicio aduanero y se proporcionarán a la Unidad de Información Financiera. En caso de incumplimiento de las disposiciones, se impondrán sanciones y medidas cautelares conforme al Código Aduanero.
  • Los viajeros en tránsito no estarán sujetos a las restricciones mencionadas si han declarado correctamente el dinero o instrumentos al ingresar, y deberán incluir la palabra Tránsito en la declaración.
  • La resolución también establece que el organismo informará a la Unidad de Información Financiera sobre cualquier conducta relacionada con el lavado de activos o financiación del terrorismo.
  • Finalmente, la resolución entrará en vigencia 10 días hábiles después de su publicación.

ARCA repuso un beneficio tributario en IVA y Ganancias para operaciones de importación

Repusieron la posibilidad de solicitar el "certificado de exclusión". Se buscará abaratar el ingreso de la mercadería.

El Gobierno nacional rehabilitó el certificado de exclusión e IVA e impuesto a las Ganancias para importaciones, lo cual apunta a fomentar una baja en los precios.

Mediante la Resolución General 5.655/2025 la Agencia de Recaudación y Control Aduanero eliminó la suspensión de los certificados de exclusión del impuesto a las ganancias y al valor agregado para las operaciones de importación.

El certificado de exclusión es un documento emitido ARCA que permite a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas.

En este caso, evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones, cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.

La medida generará "un efecto financiero positivo para la economía, ya significará una reducción en la carga tributaria para quienes importen insumos y productos", señaló ARCA.

"De esta manera, aquellas empresas que con sus percepciones de IVA y ganancias generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el certificado de exclusión", explicó el organismo tributario.

La norma deroga una serie de resoluciones que habían suspendido esta posibilidad para que las operaciones de importación que cumplieran con los requisitos.

Desde ese entonces, las empresas tenían que hacer frente a una percepción que podía alcanzar hasta el 20% en IVA y 6% en Ganancias, lo que implicaba un incremento significativo en la carga impositiva de sus operaciones.

Estos regímenes fueron creados entre 2007 y 2010 y son aplicables a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas.

Estas normas establecían percepciones del 20% en el IVA y del 6% por Ganancias, aunque al mismo tiempo contemplaban certificados de exclusión para casos particulares.

Ganancias: ARCA prorrogó el plazo para presentar declaraciones juradas

Se trata de la presentación de las declaraciones juradas y el pago para el caso de las personas humanas. Alivio para el trabajo de los asesores tributarios.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modificó el calendario de vencimientos para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas en el territorio nacional.

El objetivo de la Agencia es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.

Tras la decisión de ARCA, el cronograma del tributo para el período fiscal 2024 queda de la siguiente manera:

  • CUIT terminados en 0-1-2-3: tendrán tiempo para presentar las DD.JJ. hasta el 11 de junio de 2025 y de efectuar el pago correspondiente hasta el 12 de junio de 2025.
  • CUIT terminados en 4-5-6: deberán cargar la documentación correspondiente antes del 12 de junio de 2025 y de abonar el monto que corresponde antes del 13 de junio de 2025.
  • CUIT terminados en 7-8-9: podrán subir las declaraciones juradas hasta el 13 de junio de 2025 mientras que el pago se extiende hasta el 17 de junio de 2025.

Al mismo tiempo, el cambio de la calendarización de la presentación y el pago de las obligaciones implica una mayor concordancia con las fechas establecidas para cargar toda la documentación correspondiente al impuesto sobre los Bienes Personales.

ARCA definió las nuevas escalas de Ganancias

A finales de enero de 2025, la agencia impositiva aplicó una actualización de 11,78% las escalas del impuesto a las Ganancias que regirán hasta junio del año corriente. Cabe destacar que el gobierno de Javier Milei restituyó la cuarta categoría del tributo y volvieron a pagarlo unas 550.000 personas en 2024.

Con el ajuste de la entidad presidida por Juan Pazo, un trabajador soltero sin cargas familiares, comenzará a pagar el gravamen a partir de los $2.280.647 brutos, equivalente a un salario neto, o en mano, de $1.892.937.

En el caso de que el contribuyente deduzca a su cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el descuento se aplicará desde un salario bruto de $3.024.494, es decir, un ingreso de bolsillo de $2.516.337.

Si el empleado deduce solamente a dos hijos menores, el monto bruto mínimo trepará a $2.654.165, lo que equivale a una remuneración neta de $2.202.957. Por su parte, los jubilados que registran ingresos equivalentes a 8 haberes mínimos comenzarán a sufrir descuentos desde los $2.127.256.

En cuanto a los trabajadores autónomos, las deducciones se ajustaron en base a un aumento de 11,78%. El ingreso mensual promedio quedó en $1.468.658 para la categoría general y de $1.631.843 millones para profesionales y emprendedores.

El régimen actual de Ganancias tiene una actualización de escalas en enero y otra en junio en relación con la inflación acumulada del semestre, de acuerdo con las modificaciones realizadas el año pasado.

En este caso, como hubo un ajuste extraordinario en septiembre, se tomó octubre, noviembre y diciembre.

Al trasladar el vencimiento al mes de junio, "se alinea con los plazos para la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales", simplificando el proceso para aquellos contribuyentes que deben cumplir con ambos impuestos.

El texto oficial explicó que se recibieron planteos, solicitudes o reclamos, de entidades profesionales para ampliar el plazo de presentación de la declaración jurada.

La recaudación tributaria de enero creció un 6% real y superó los $15 billones

Se debe más que nada a la fuerte mejora de los ingresos del Impuesto a las Ganancias, y la recuperación de los tributos a los Combustibles.

La recaudación fiscal de enero registró una mejora real del orden del 6% respecto de igual mes del año pasado, al totalizar algo más de $15 billones.

En términos nominales, los ingresos crecieron 95,2%, según informó este lunes la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

Se trata del primer mes del año en el que ya dejó de computar ingresos del Impuesto PAIS. De hecho, solo anotó $964 millones residuales, cuando el año pasado había recaudado $470.000 millones.

La merma de recursos se pudo compensar en mayor medida por una mejora del Impuesto a las Ganancias del orden del 37% real.

La merma de recursos por la caída del impuesto a la venta de dólares, como por el lado de los "extra" que generaron el año pasado la moratoria y el blanqueo se presentan este año como el principal desafío del Gobierno, que tiene que recuperar unos 2 puntos del PBI en recaudación.

En el caso del Impuesto a las Ganancias, en enero tuvo ingresos por $2.500 billones con una suba nominal de 151,5% nominal. Esto representó un incremento de casi el 37%.

El reporte de ARCA explica que la mejora se debió al "incremento de las retenciones de los empleados en relación de dependencia y jubilados".

"Esto obedece a una menor base de comparación debido a que en enero 2024 impactaron los parámetros aplicados desde el devengado octubre 2023 donde no pagaban el impuesto aquellos sujetos con una remuneración bruta mensual inferior a $ 1.980.000", señala el informe oficial.

Además que estaba en vigencia e Impuesto cedular para las remuneraciones abonadas en la primera quincena de 2024, que establecía un mínimo no imponible equivalente a 15 salarios mínimos vitales y móviles, $2.340.000, y una nueva escala para las remuneraciones alcanzadas.

"Asimismo, incide el aumento de las remuneraciones" de los trabajadores en relación a enero del año pasado.

Por otro, el Impuesto al Valor Agregado que es el impuesto coparticipable más importante, alcanzó los $5.300 billones, lo que marcó un incremento nominal del 87% y una mejora real del orden del 1,7%, algo mejor a lo que se suponía.

En las mediciones previas se estimaba una caída marginal.

Entre los elementos que jugaron a favor ARCA señala que hubo "una mayor distribución de facilidades de pago favorecida por la recaudación de la moratoria".

"Si bien la fecha límite de adhesión fue el 13 de diciembre de 2024, durante enero 2025 se distribuyeron cuotas", explica el organismo.

Señala también que las prórrogas en los vencimientos implementadas en el año 2023 para los contribuyentes adheridos al Acuerdo de Precios para el Mercado Local y para determinados contribuyentes Autónomos por el período devengado diciembre 2023, impactaron en enero de 2024.

En el Impuesto a los Créditos y Débitos se alcanzaron $1.070 billones, con un incremento interanual de 130,5% y un incremento real del 25%.

"Este mes comenzaron a realizarse las devoluciones del Impuesto PAÍS por los saldos a favor de determinados agentes de percepción, mediante el mecanismo de compensación con los importes devengados del Impuesto a los Créditos y Débitos, conforme lo estipulado por la R.G. 5.638/2025", informó ARCA.

En cuanto a la Seguridad Social, el organismo recaudador reportó una mejora del 159,4% nominal, hasta los $4.300 billones.

Eso implica una mejora del 29% respecto de enero del 2024, mientras que el Impuesto a los Combustibles dejó $262.914 millones, lo que marcó un incremento nominal de 470% y uno real de 209%.

Entre los impuestos que registraron bajas figuran el Impuesto PAÍS que perdió casi el 100% porque se dejó de cobrar en diciembre de 2024.

Además resultaron perdedores las retenciones a las exportaciones, con una caída del 3,6% con $544.857 millones y los aranceles y tasas de estadística, con una merma del 3,3% real, $497.996 millones.

Además de ello, el Impuesto a los Bienes Personales registró ingresos por $47.955 millones, lo que marcó una caída de 0,3% real o 20% en términos nominales

"Pese a la eliminación del Impuesto PAÍS, el año arrancó con suba real interanual de la recaudación tributaria nacional", afirmó el Instituto Argentino de Análisis Fiscal.

El informe indica que "al excluir la recaudación por tributos vinculados al comercio exterior, la variación real interanual es de 21%".

Gobierno reestructuró ARCA para achicar gastos y redujo un 80% el sueldo de cargos jerárquicos

El recorte de gastos implica reducción de sueldos, presupuesto y esquema organizativo.

El Gobierno puso en marcha la reestructuración de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para achicar el gasto reduciendo un 80% el sueldo de los cargos jerárquicos y recortando el presupuesto y el esquema organizativo.

La decisión, que había sido anticipada en la noche del lunes por el vocero presidencial, Manuel Adorni, fue implementada mediante el Decreto 13/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos y los ministros de Economía y de Desregulación, Luis Caputo y Federico Sturzenegger.

A modo de adelanto, Adorni comunicó mediante su cuenta de X que "se terminan los privilegios y el gasto desenfrenado en ARCA", señalando que "el presidente de la Nación acaba de firmar el decreto que determina que desde hoy se reduce el sueldo del Director Ejecutivo y los directores generales en un 80%".

Además, puntualizó que "se dispuso una reducción del presupuesto del ARCA destinado a la cuenta de jerarquización del 0,65% al 0,60%, generando un ahorro de $121.000 millones correspondientes a sueldos de funcionarios durante este 2025".

En la misma línea, también precisó que "el Poder Ejecutivo instó a las autoridades del ARCA a que avancen con una reducción de la estructura inferior, estimando que ésta debe situarse en torno al 45%".

La reducción de los salarios en el organismo equiparó el sueldo del director Ejecutivo con el de un ministro y el de los directores generales de la Dirección General Impositiva y la Dirección General de Aduanas, con la misma remuneración que los secretarios de Estado.

De esta manera se dejó sin efecto la Cuenta de Jerarquización para los altos cargos, lo que permitía que se reparta entre los salarios de los trabajadores hasta el 0,65% de la recaudación, elevando considerablemente el sueldo.

Ahora, el salario del titular de ARCA, Juan Pazo bajaría de $32.000.000 mensuales a $4.000.000.

En cuanto a la disminución del personal de la agencia tributaria, se dispuso al mismo tiempo la creación de un Sistema de Retiro Anticipado para los trabajadores de la planta permanente, mediante la Disposición 3/2025.

El nuevo sistema es de carácter voluntario y tiene un tope máximo de 1.500 vacantes, buscando permitir "adelantar la indemnización que a modo de reconocimiento por los servicios prestados por los agentes, se encuentra contemplada en los convenios colectivos de trabajo vigentes para el personal del Organismo".

La nueva estructura organizativa que abarca hasta el nivel de Subdirección General inclusive se aprobó con el "objeto de eficientizar los aspectos vinculados con la aplicación y fiscalización del régimen impositivo, aduanero y de la seguridad social".

La reestructuración del organismo se dio bajo el paraguas de la Ley Bases, que declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año y delegó en el Ejecutivo facultades de administración y emergencia.

En el texto oficial, se explicó que el objetivo de esa delegación es "mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común; reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas y asegurar el efectivo control interno de la Administración Pública Nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la administración de las finanzas públicas".

ARCA controlará transferencias en billeteras virtuales: cuál es el monto mínimo alcanzado

A partir de este jueves comenzaron a regir las nuevas cifras actualizadas por inflación.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. La medida no afecta a los consumidores.

Esta actualización semestral se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor del Indec.

Desde el 1° de enero deben informarse las siguientes operaciones solo si superan los siguientes importes:

Ingresos de $600.000

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

Ingresos de $1.000.000

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

Ingresos de $2.000.000

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
  • La medida no afecta a los consumidores ya que es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

ARCA: qué productos no se podrán ingresar a Argentina desde enero de 2025

Personal de la Aduana corroborará que los viajeros no tengan una serie de productos. De cuánto es la franquicia por persona y qué se puede traer del exterior.

Falta muy poco para la llegada del Año Nuevo y muchos argentinos miran el calendario de feriados o comienzan a planificar sus vacaciones de verano.

Para los que planeen viajar al exterior, y en especial a quienes realicen compras, deberán conocer las disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

A raíz de la diferencia de precios en rubros como indumentaria o tecnología, decenas de miles de argentinos eligen comprar los productos en el exterior. Ahora bien, más allá de la conveniencia económica, existen restricciones impuestas por la ARCA: hay determinados ítems que no se pueden ingresar a la República Argentina.

Tanto al salir como al ingresar al país, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deben pasar por el control de la Aduana.

Allí, los funcionarios buscan evitar el ingreso de los productos expresamente prohibidos por la ARCA.

Qué productos no se pueden ingresar al país

Al volver a la República Argentina, los pasajeros tendrán que pasar por el control de Aduana.

En esa inspección, los funcionarios revisarán que en el equipaje no cuenten con los siguientes productos:

  • Armas y explosivos, salvo con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados.
  • Estupefacientes.
  • Material arqueológico y cultural.
  • Mercadería con finalidad comercial o industrial.

Qué productos se pueden ingresar a Argentina sin pagar impuestos

Según se detalló en el apartado Ayuda sobre viajeros de la ARCA, las personas que regresen del exterior tendrán permitido ingresar un teléfono celular y una notebook o tablet por persona.

Conforme a la normativa vigente, también quedarán exentos los artículos declarados antes de la salida del país: indumentaria y objetos sin fines comerciales, de uso personal, entre otros.

Hasta qué valor puedo ingresar bienes sin pagar impuestos

De acuerdo con el medio de transporte elegido, el tope del valor a ingresar al país varía. También cambia el máximo permitido de acuerdo con la edad de los turistas. A saber:

  • Límite de U$S500 por vía aérea y marítima: franquicia extra de U$S500 para compras en free shop. Menores de 16 años no emancipados: U$S250.
  • Límite de U$S300 por vía terrestre y río: franquicia extra solo en Puerto Iguazú. Menores de 16 años no emancipados: U$S150.

Qué pasa si excedo el límite de la franquicia

Si al regresar al país, el valor del objeto supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo:

  • Valor del objeto comprado en el exterior: U$S400.
  • Franquicia permitida por vía terrestre: U$S300.
  • Excedente: U$S100.
  • Total a pagar: U$S50.

Dólar tarjeta: Gobierno definió cuál será su nuevo valor con el fin del Impuesto Pais

La ARCA oficializó los cambios en los gravámenes que encarecen el dólar oficial. A cuánto cotizará el tipo de cambio oficial más los impuestos.

El Impuesto Pais finalizará este 22 de diciembre. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero confirmó que el tributo no será reemplazado, aunque que el dólar tarjeta y el dólar solidario mantendrán un recargo del 30% en concepto de la percepción de Ganancias.

De esta manera, habrá una rebaja de 30% en las alícuotas que encarecen el tipo de cambio oficial destinado al ahorro y para los gastos en bienes y servicios en el exterior.

Así lo dispuso la resolución 5.617 de la ARCA, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

El Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria recarga hasta este 22 de diciembre con 30% el valor al que se accede al dólar oficial. Es un tributo no reintegrable.

A eso se sumarán las percepciones de Ganancias y Bienes Personales, por lo que juntas encarecen 60% al tipo de cambio.

La decisión de no remplazar el Impuesto Pais había sido adelantada por el Ministro de Economía, Luis Caputo, y por el Jefe del Banco Central, Santiago Bausili.

A cuánto cotizará el dólar tarjeta con el fin del Impuesto Pais

Con el fin del Impuesto Pais, la compra de dólar oficial para atesoramiento, dólar solidario, y gastos en el exterior, dólar tarjeta, será más accesible desde el 23 de diciembre.

Desde el lunes, el recargo total aplicado al dólar tarjeta disminuirá de 60% a 30% correspondiente únicamente a la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales.

El dólar solidario es la opción para acceder a divisas al valor oficial en Argentina con el cupo de U$S200 mensuales y por persona que tiene una docena de restricciones. Con los impuestos actuales, cotiza este jueves 19 de diciembre a $1.668.

El dólar tarjeta tiene el mismo recargo que el solidario. Es el tipo de cambio que rige para todas las transaccione, compra de bienes o servicios vía tarjeta de crédito o débito, en el exterior, incluidos servicios de streaming como Netflix o Spotify. Cotiza a $1.668 este 19 de diciembre.

A precio de este jueves del dólar oficial, el dólar solidario se reduciría a unos $1.355 con la eliminación del Impuesto Pais.

Esto significa un menor gasto para quienes realizan consumos en moneda extranjera, aunque seguiría siendo el tipo de cambio más caro del mercado.

Dólar solidario sin Impuesto Pais: quiénes no pueden acceder al cupo de U$S200

A pesar de la eliminación del Impuesto PAIS, sigue vigente el cupo para acceder al dólar oficial más impuestos.

Son U$S200 por persona y por mes. Para poder comprar, hay que sortear una docena de limitaciones. Hasta el momento, están impedidos de comprar dólar solidario:

  • Quienes compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días.
  • Quienes cobraron en 2020 salarios a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo.
  • Quienes cobran planes sociales o ayudas estatales como la Asigmación Universal por Hijo.
  • Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada.
  • Quienes no tienen sus ingresos declarados.
  • Cotitulares de cuentas bancarias.
  • Quienes gastaron con tarjeta su cupo de U$S200, incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares.
  • Aquellos que tienen un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito.
  • Quienes refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.
  • Beneficiarios del refuerzo de ingresos que se pagó en mayo y junio de 2022.
  • Desde septiembre de 2022, además, se suman aquellos que reciben los subsidios estatales para el pago de las tarifas de luz y gas.
  • Aquellas personas que ingresaron a la moratoria previsional para jubilarse sin contar con los 30 años de aportes obligatorios.

En tanto, para quienes no tienen limitaciones, el dólar solidario se puede conseguir a través del home banking o de las entidades financieras autorizadas en el mercado de cambios.

Impuesto Pais: prorrogaron la fecha para el ingreso de percepciones

A través de una Resolución, ARCA extendió el plazo para cumplir las obligaciones relacionadas con el tributo. Inicialmente, el plazo era hasta el 18 de diciembre.

A pocos días de la eliminación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, el Gobierno dispuso una prórroga para cumplir con las obligaciones relacionadas a este tributo.

A través de la Resolución General 5615/2024, publicada en el Boletín Oficial por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, se extendió hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para ingresar las percepciones correspondientes al Impuesto Pais realizadas entre el 8 y el 15 de diciembre, inclusive.

El objetivo de la medida es "facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para el ingreso de las percepciones del referido gravamen".

Inicialmente, el plazo para el ingreso de las percepciones estaba establecido para el miércoles 18 de diciembre de este año.

Sin embargo, tras la publicación de la resolución durante la madrugada de este lunes, la fecha límite se extendió hasta el jueves 26 de diciembre, dos días después de la fecha prevista para la eliminación del impuesto, según lo anunciado previamente por el Gobierno.

Eliminación del Impuesto Pais

El impacto del Impuesto Pais comenzará a disiparse a partir del 24 de diciembre.

Desde esa fecha, se eliminará el recargo del 30% asociado a este tributo, aunque continuará vigente el 30% de percepción para cuentas de Ganancias y Bienes Personales.

Como consecuencia de esta medida, los gastos realizados por argentinos en el exterior con tarjeta tendrán una significativa reducción de costos, especialmente desde inicios de 2025, coincidiendo con el comienzo de la temporada de vacaciones.

En este contexto, a finales de noviembre se formalizó la eliminación de la retención del 95% del impuesto, que la ARCA exigía como anticipo para acceder a divisas destinadas al pago de importaciones.

Dado que los pagos de importaciones se realizan a 30 días, periodo en el que el Banco Central habilita las divisas para concretar la operación, el anticipo perdió sentido desde el 25 de noviembre, ya que el impuesto dejaría de existir antes de que se completaran las transacciones.

Por último, la ARCA oficializó la medida mediante una norma publicada en el Boletín Oficial, estableciendo que, a partir de las 0 horas del día de la fecha, se eliminaba la obligación de realizar el pago a cuenta del 95% del Impuesto Pais para operaciones de importación.