Se trata de la presentación de las declaraciones juradas y el pago para el caso de las personas humanas. Alivio para el trabajo de los asesores tributarios.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modificó el calendario de vencimientos para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas en el territorio nacional.
El objetivo de la Agencia es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Tras la decisión de ARCA, el cronograma del tributo para el período fiscal 2024 queda de la siguiente manera:
- CUIT terminados en 0-1-2-3: tendrán tiempo para presentar las DD.JJ. hasta el 11 de junio de 2025 y de efectuar el pago correspondiente hasta el 12 de junio de 2025.
- CUIT terminados en 4-5-6: deberán cargar la documentación correspondiente antes del 12 de junio de 2025 y de abonar el monto que corresponde antes del 13 de junio de 2025.
- CUIT terminados en 7-8-9: podrán subir las declaraciones juradas hasta el 13 de junio de 2025 mientras que el pago se extiende hasta el 17 de junio de 2025.
Al mismo tiempo, el cambio de la calendarización de la presentación y el pago de las obligaciones implica una mayor concordancia con las fechas establecidas para cargar toda la documentación correspondiente al impuesto sobre los Bienes Personales.
ARCA definió las nuevas escalas de Ganancias
A finales de enero de 2025, la agencia impositiva aplicó una actualización de 11,78% las escalas del impuesto a las Ganancias que regirán hasta junio del año corriente. Cabe destacar que el gobierno de Javier Milei restituyó la cuarta categoría del tributo y volvieron a pagarlo unas 550.000 personas en 2024.
Con el ajuste de la entidad presidida por Juan Pazo, un trabajador soltero sin cargas familiares, comenzará a pagar el gravamen a partir de los $2.280.647 brutos, equivalente a un salario neto, o en mano, de $1.892.937.
En el caso de que el contribuyente deduzca a su cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el descuento se aplicará desde un salario bruto de $3.024.494, es decir, un ingreso de bolsillo de $2.516.337.
Si el empleado deduce solamente a dos hijos menores, el monto bruto mínimo trepará a $2.654.165, lo que equivale a una remuneración neta de $2.202.957. Por su parte, los jubilados que registran ingresos equivalentes a 8 haberes mínimos comenzarán a sufrir descuentos desde los $2.127.256.
En cuanto a los trabajadores autónomos, las deducciones se ajustaron en base a un aumento de 11,78%. El ingreso mensual promedio quedó en $1.468.658 para la categoría general y de $1.631.843 millones para profesionales y emprendedores.
El régimen actual de Ganancias tiene una actualización de escalas en enero y otra en junio en relación con la inflación acumulada del semestre, de acuerdo con las modificaciones realizadas el año pasado.
En este caso, como hubo un ajuste extraordinario en septiembre, se tomó octubre, noviembre y diciembre.
Al trasladar el vencimiento al mes de junio, "se alinea con los plazos para la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales", simplificando el proceso para aquellos contribuyentes que deben cumplir con ambos impuestos.
El texto oficial explicó que se recibieron planteos, solicitudes o reclamos, de entidades profesionales para ampliar el plazo de presentación de la declaración jurada.
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