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Diputados aprobó el alivio fiscal a monotributistas y cambios en Ganancias y Bienes Personales

El proyecto que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes logró 233 votos afirmativos y dos abstenciones. 

La Cámara de Diputados aprobó en general y en particular esta madrugada el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes que busca aliviar la carga fiscal de los monotributistas y que beneficiará a más de 3,5 millones de trabajadores.

El general cosechó 233 votos a favor y dos abstenciones en una maratónica sesión. La iniciativa logró votos aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y de Unidad Federal para el Desarrollo, el Movimiento Popular Neuquino, Acción Federal, mientras que dos legisladores de izquierda se abstuvieron.

También se aprobó por 227 votos a favor y 3 en contra un proyecto de reforma de los Impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales para fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los impuestos referidos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, señaló que ambos proyectos tienen beneficios para la ciudadanía, y al respecto expresó que "todo lo que hemos hecho en esta modificación de la llamada Ley de Monotributo, está basado en ese criterio".

"Hemos dispuesto que el sostenimiento de los valores de las cuotas que se pagan hasta junio a los que había hasta diciembre del 20", agregó. Destacó que "es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia para los que tenían deudas".

Recordó que "se ha dispuesto un plan de 60 cuotas mensuales para poder regularizar las deudas a los monotributistas" y explicó que se establece "la liberación de multas cometidas hasta el 30 de junio".

Por su parte, la Legisladora del Frente de Todos, Alicia Aparicio, señaló que "este proyecto no solo busca asistir a los sectores golpeados, también puede inscribirse en un programa mayor que tiene como objetivo lograr el crecimiento mejorando la equidad del sistema".

El Diputado de Juntos por el Cambio Luciano Laspina sostuvo en tanto que "la ley que hoy vamos a votar no debe ser vista como un acto de reivindicación. Tiene que ser reconocida como un error administrativo injustificable del Ministerio de Hacienda, que no implica un alivio tributario para contribuyentes".

Hugo Romero del radicalismo cordobés aseveró que "esta ley que estamos tratando hoy no genera alivio para las y los monotributistas porque posterga el debate profundo que tenemos que tener, y porque seguimos sosteniendo la incertidumbre".

La iniciativa, que lleva la firma del titular de la Cámara baja, Sergio Massa y del Jefe de la bancada del Frente de Todos, Máximo Kirchner, establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.

La iniciativa complementa el reciente Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, impulsado por el Gobierno, y hace hincapié en las categorías más bajas, dado que dos de cada tres inscriptos al Monotributo están en las escalas A y B.

El proyecto plantea el sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar: el valor de las cuotas de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.

Además, establece un esquema progresivo de actualización de escalas, duplicando para las categorías más bajas el incremento del 35% de este año (el aumento de la categoría A es del 77% respecto de diciembre 2020). Se fijan a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar el valor mensual de la categoría del Monotributo.

También instaura un programa específico de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, consistente en complementar, con un mecanismo simple, el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Este nuevo esquema permitirá que los contribuyentes se puedan mantener en el monotributo a pesar de haberse excedido en la facturación.

Para dotar a la propuesta de progresividad y llegar con el programa a los contribuyentes que realmente necesitan el alivio fiscal, evitando que el mismo beneficie a contribuyentes que utilizan el régimen simplificado de manera abusiva, se establece que podrán acceder quienes registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría K ($5.550.000 anuales) y cuando el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.

Asimismo, los monotributistas de las categorías más altas (de la E a la K) deberán pagar una cuota especial "por única vez" para poder mantenerse en el régimen.

El proyecto aclara que en caso de no acceder a los beneficios los contribuyentes se considerarán excluidos del régimen desde las 0 horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad.

Por último, establece un régimen de regularización para deudas de monotributistas que permita a las y los contribuyentes adheridos al régimen regularizar su situación fiscal, permitiéndoles generar un esquema de previsibilidad económica y financiera.

El nuevo régimen condonará intereses y multas y permitirá cancelar la deuda en hasta 60 cuotas mensuales y con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

Cambios en Ganancias y Bienes Personales

Además, se incluyó en el temario un proyecto para ampliar las exenciones en los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

El objetivo de la iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo en octubre de 2020, es establecer medidas de incentivo de carácter tributario, a los fines de fomentar la inversión en instrumentos financieros emitidos en moneda nacional.

El proyecto plantea la exención del impuesto a las Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste, por ejemplo, plazos fijos UVAs, y del rendimiento de las colocaciones en instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

En cuanto a los Bienes Personales, plantea la exención para instrumentos como las obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva y la participación en fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un 75%.

El proyecto preveía una "Cláusula antielusión", que establecía un tiempo de permanencia mínima de los activos para poder acceder a las exenciones de al menos 274 días. Sin embargo, este artículo fue eliminado del proyecto, según anunció el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, en conferencia de prensa desde el Salón de los Pasos Perdidos.

El texto establecía que para tener el beneficio de la exención los bienes o depósitos debían permanecer en su patrimonio, como mínimo, el 75% de los días "contados en forma continua o discontinua" del año calendario correspondiente al período fiscal por el que se declaran.

"Vamos a eliminar el artículo 3 en el tratamiento de lo que es el Régimen de Promoción del Ahorro en Pesos en la Argentina precisamente para evitar que se generen suspicacias respecto a los plazos fijos, el período y todas esas cuestiones, a los efectos de que las medidas de alivio que hoy toma el Gobierno para aquellos que deseen ahorrar en pesos en la Argentina no se presten a ninguna discusión", aclaró Massa.

Con lo dispuesto por Massa, los plazos fijos seguirán exentos en el impuesto sobre los bienes personales sin ningún tipo de limitación.

Con anterioridad a estos proyectos, los diputados dieron media sanción al nuevo régimen de biocombustibles y a un proyecto que modifica la ley de contracepción quirúrgica para extender a las personas con discapacidad el derecho de expresar su voluntad para acceder a la realización de las prácticas denominadas "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía".

Oficializan la extensión de plazos para presentar declaraciones de Ganancias y Bienes Personales

Serán, en base a la terminación del CUIT, entre el 10 y el 12 de agosto y el 11 al 13 de agosto, respectivamente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la extensión del plazo para presentar las declaraciones juradas e ingresar los saldos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular, correspondientes al período fiscal 2020.

Con la resolución general 5019/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, también entran en vigencia las nuevas fechas para ingresar el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2021.

La decisión de la AFIP busca posibilitar que los contribuyentes dispongan de más tiempo para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar los pagos que correspondan.

Fechas de los nuevos plazos según CUIT

Los nuevos plazos que define la normativa para las presentaciones de declaraciones juradas y pagos correspondientes al período fiscal 2020 son los siguientes:

  • CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: la presentación deberá hacerse el 10 de agosto próximo, y el pago, el 11 del mismo mes.
  • CUIT finalizados en 4, 5 y 6, la presentación es el 11 de agosto y el pago, el 12.
  • CUIT terminados en 7, 8 y 9, las fechas son el 12 para la presentación y el 13 para el pago.

Por su parte, para el pago del primer anticipo de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2021 las nuevas fechas de pago son las siguientes:

  • CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3 el 24 de agosto.
  • CUIT terminados en 4, 5 y 6 el 25 de agosto.
  • CUIT terminados en 7, 8 y 9 el 26 de agosto.

AFIP prorrogó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

En esta nota acercamos al lector el nuevo calendario para cumplir con las obligaciones tributarias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó nuevamente en más de 15 días vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pagos de los saldos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La medida también incluye al vencimiento del impuesto Cedular.

De esta forma, el organismo busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco de las medidas de aislamiento social. La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante de ambos impuestos, estaba prevista originalmente para mediados de junio.

Así, se concreta una segunda prórroga de los vencimientos, la cual beneficia a 2 millones de contribuyentes. Las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se establecieron y que se establecieron.

Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales

Según terminación del CUIT corresponde una fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada:

0, 1, 2, 3: 10/08/2020, inclusive. Ingreso saldo resultante: 11/08/2020, inclusive.

4, 5, 6: 11/08/2020, inclusive. Ingreso saldo resultante: 12/08/2020, inclusive.

7, 8, 9: 12/08/2020, inclusive. Ingreso saldo resultante: 13/08/2020, inclusive.

Impuesto Cedular

Según terminación del CUIT corresponde una fecha de presentación y pago:

0, 1, 2, 3: 11/08/2020, inclusive.

4, 5, 6: 12/08/2020, inclusive.

7, 8, 9: 13/08/2020, inclusive.

Esta prórroga forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en un contexto de crisis económica por la pandemia del coronavirus.

Con ese objetivo el organismo también definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales.

Esta resolución fue acompañada por el incremento de 1.500.000 a 2.000.000 de pesos del umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar una declaración jurada informativa.

AFIP extendió el plazo para pagar deudas de Benes Personales y Ganancias

La regularización se podrá realizar hasta en tres cuotas.

Este lunes fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 4758/2020, mediante la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos extiende el plazo de los pagos por deudas del impuesto a las ganancias y bienes personales hasta el 31 de agosto inclusive.

En la resolución se detalla que dicha regularización se podrá realizar hasta en tres cuotas, con un pago a cuenta del 25%.

El texto lleva la firma de la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, y en sus considerandos explica que AFIP "adoptó medidas tendientes a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con el objeto de amortiguar el impacto negativo".

Originalmente, la excepción regía hasta el 30 de junio, y se extendió "nuevamente hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive para la regularización de las personas humanas y sucesiones indivisas de sus obligaciones en los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019".