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Caso Franco: la exesposa le informó a la Justicia que ya se realizó la IVE

Este martes hizo una presentación en la Cámara Civil que el fin de semana falló en su contra para hacerle saber de esta situación.

El 2 de abril se conoció que la Sala III de la Cámara de Apelaciones de San Juan falló a favor de Franco, quien fue a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja manifestando que quiere hacerse cargo del bebé. 

Este martes a través de su abogado, Reinaldo Bedini, la mujer le comunicó a la Justicia que ya se practicó la IVE. 

Bedini presentó este martes un recurso de reposición con el objetivo de que la autoridad reconsidere el dictamen que favoreció al presunto progenitor. El profesional dijo que lo sucedido se encuadra en lo que entiende como "violencia sexual" por parte de Franco hacia su expareja.

Durante la tarde del 1 de mayo, los jueces Noguera, Pérez y Rodríguez notificaron a los progenitores del niño por nacer la resolución emitida desde esa cámara, donde hacían lugar a la cautelar solicitada por los abogados Mónica Lobos y Marcelo Zuleta, desde la que pretenden evitar que el bebé en gestación sea abortado.

"Habiendo sido notificado de la cautelar dictada, viene por el presente a denunciar el cumplimiento imposible de la medida, toda vez que se practicó la interrupción voluntaria de su embarazo. Asimismo, solicita sea revocada la misma por contrario imperio por resultar manifiestamente lesiva para la presentante", expresa en el documento presentado Bedini. 

"El embarazo forzado que el actor pretendía asegurar mediante resolución judicial, ya fue interrumpido, conforme habilita la ley vigente. De esta forma, la pretensión del actor ha devenido abstracta la propia sentencia de la Cámara fue dictada en abstracto", agrega.

"Las medidas cautelares exigen como condición sine qua non que exista verosimilitud en el derecho que se pretende proteger mediante una orden judicial provisoria. En la sentencia bajo examen, este requisito constitucional fue obviado sin más", explica el abogado.

Por otro lado, el abogado explica que "la Cámara entendió que en el caso existía verosimilitud del derecho del actor. Sin embargo, lo cierto es que la verosimilitud del derecho no está dada por cuestiones fácticas, como la existencia o no de un embarazo en curso, ni tampoco por el hecho de si está acreditada o no la voluntad de la persona gestante de interrumpir ese embarazo conforme le permite la ley".

"Por el contrario, refiere a si el cónyuge, en este caso el actor, tiene o no un fundamento jurídico para ejercer un derecho a impedir que otra persona ejerza los derechos que le confiere la ley 27.610", continua.

Qué dice la ley

De acuerdo con la Ley de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, el aborto es de acceso libre hasta la semana 14, con el solo consentimiento de la persona lo vaya a realizar. Una vez pasado ese plazo, la práctica solo es legal en caso de que haya un peligro para la salud de la persona gestante, o ante un caso de violación.

Según el procedimiento formal, es posible acceder a ese derecho ante los servicios del sistema de salud público y privado, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento.

El funcionario público o personal de la salud que dilate, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados podrá ser sancionado penalmente e inhabilitado para el ejercicio de la profesión.

La base para acceder a la IVE es la red de 600 servicios de salud distribuidos irregularmente entre las provincias y unos 200 servicios que ofrecen consejería. Y pese a que la nueva ley marca que ante la objeción de conciencia, se debe garantizar la derivación de la paciente.

Sin embargo, hay trabas para proceder en el acceso, además de los planteos jurídicos y la militancia activa de los grupos Pro Vida. En la práctica, en la línea telefónica del ministerio de Salud de la Nación se reciben quejas porque algunos prestadores privados, las sindicales y mutuas privadas, no garantizan la IVE.

Desde el ministerio de Salud todavía no se ha podido establecer la cantidad de prácticas de aborto se realizan en el marco de la nueva legislación. Lo que sí se registró es un aumento de más del 50% en la cantidad de llamadas a la línea oficial, al punto que se ha decidido fortalecer el servicio "saturado" agregando un correo electrónico, según indicó la agencia EFE.

Los jueces Noguera Ramos, Pérez y Rodríguez hicieron lugar a la cautelar que pidió Franco para evitar el aborto de su hijo

Durante la tarde del 1 de mayo, los jueces Noguera, Pérez y Rodríguez notificaron a los progenitores del niño por nacer la resolución emitida desde esa cámara, donde hacen lugar a la cautelar solicitada por los abogados Mónica Lobos y Marcelo Zuleta, desde la que pretenden evitar que el bebé en gestación sea abortado.

Así lo informó el periodista Osvaldo Benmuyal en la portada de Estación Claridad. El conductor del programa más escuchado de la mañana sanjuanina dijo que "el caso se conoció luego de la nota que Estación Claridad realizara a Franco, el padre reclamante de su paternidad al enterarse que su exmujer deseaba practicarse un aborto amparándose en la IVE, ley que rige en ésta materia".

Se trata de un caso que cobró trascendencia nacional luego de que el periodista Benmuyal abriera el debate entrevistando al padre de la criatura en su programa Con Alma y Vida.

Franco fue a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja. Manifestó que quiere hacerse cargo del bebé.

El caso fue derivado ahora a los miembros de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería y en poco más de 24 horas emitió un fallo que, sin dudas tendrá repercusión en todo el ámbito de las leyes en el país.

Recordamos que anteriormente las magistradas Marianela López y Amanda Días habían desistido de emitir fallo alguno, desde sus juzgados de Familia y Civil respectivamente.

Según explicó Benmuyal, "se supo también que los magistrados al hablar con el padre reclamante le solicitaron expresamente que apoye a su exmujer y si aún no abortó, que acompañe lo que resta de la gestación".

Sin dudas que para los integrantes de la Cámara es muy significativo haber sacado esta sentencia, que se espera tenga un resultado favorable en favor de la vida y en resguardo de todas las partes.

En el fallo se protege a los tres protagonistas y se reconoce al bebé en gestación como merecedor de vida, al hacer lugar a la medida solicitada. el texto de la resolución es el siguiente:

LOS SEÑORES. JUECES DRES. JUAN CARLOS NOGUERA RAMOS, SERGIO ORLANDO RODRÍGUEZ Y JUAN CARLOS PÉREZ, Resuelven:

I – Hacer lugar al recurso de apelación deducido por F.A.S., en consecuencia, revocar la resolución dictada el 26/04/2021 en las hojas 48/51.Espacio de anunciante.

II – Ordenar, como medida cautelar de no innovar, a M.G.T.B. se abstenga de realizar cualquier práctica que tienda a interrumpir el embarazo hasta tanto la cuestión de fondo sea resuelta.

III – Fijar como contracautela la caución personal de F.A.S., en los términos expresados en el considerando correspondiente, quien deberá concurrir a la sede de este Tribunal a dicho fin.

IV – Intimar a F.A.S. para que, en el término de tres (3) días a partir de la notificación de la presente, interponga la demanda correspondiente al proceso principal, bajo pena de caducidad de la medida cautelar decretada.

V – Habilitar días y horas inhábiles a los efectos de la tramitación del procedimiento cautelar.

VI- Oficiar por secretaría del Tribunal a la D.O.S. y al Ministerio de Salud Pública de la Provincia a fin de que tomen conocimiento de la presente resolución.

            Protocolícese, hágase saber y dése copia autorizada, bajen los autos.

Fdo. DRES. JUAN CARLOS NOGUERA RAMOS, SERGIO ORLANDO RODRÍGUEZ Y JUAN CARLOS PÉREZ- Secretaria- Dra. MARIANA ZAPATA.

De ésta manera se expidieron los  jueces, primó la Vida y la garantía de los derechos esenciales. Se concedió la medida cautelar en el caso Franco, un papá que pide protección por los derechos de su hijo y su propio ejercicio de la responsabilidad parental.

Fuente: Estación Claridad

La Jueza Días rechazó la medida cautelar que presentó Franco para evitar el aborto de su hijo

La Jueza Amanda Rosa Días resolvió "rechazar la medida cautelar" presentada por un hombre que pedía que su expareja no se practicara la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Se trata de un caso que cobró trascendencia nacional. Franco acudió a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja. Manifestó que quiere hacerse cargo del bebé.

"Me di cuenta que los trámites los estaba haciendo a espaldas mía", aseveró el joven padre al referirse a su expareja, quien tramitó todo en la obra social para practicarse una interrupción voluntaria del embarazo.

"Sé de los derechos de quien era mi pareja, pero solo le pido que lo tenga y que me lo dé, yo no le voy a hacer faltar nada", dijo Franco, el papá de la criatura en gestación.

Este lunes 26 de abril, la Jueza Rosa Amanda Días, titular del Juzgado Civil Nº 11, resolvió "rechazar la medida cautelar" solicitada por un hombre el jueves pasado, con el objeto de la "protección de la vida de la persona por nacer".

La jueza sostuvo que "conforme lo expuesto, y atento que la prueba rendida en la causa, resulta prima facie insuficiente para decretar la medida peticionada, y ante la falta de cumplimiento de los presupuestos exigidos por el CPC (Código Procesal Civil), corresponde en este estado procesal rechazar la prohibición de innovar solicitada. Asimismo, se aclara que no corresponde en esta etapa expedirse sobre el fondo del asunto. Por todo ello, atento la falta de cumplimiento de lo dispuesto por el art. 197, 231, ss y cc del CPC".

Concretamente la jueza rechazó el pedido del padre del bebé en gestación porque en ningún momento plantearon en la presentación acerca de la inconstitucionalidad de la ley de IVE; por lo tanto, la magistrada no puede interceder en el conflicto.

Es preciso señalar que el artículo 197 del Código Procesal Civil, Comercial y Minería de San Juan dice lo siguiente: "Las medidas cautelares podrán ser solicitadas antes o después de deducida la demanda, a menos que de la ley resulte que ésta debe entablarse previamente. El escrito deberá expresar el derecho que se pretende asegurar, la medida que se pide, la disposición de la ley en que se funde y el cumplimiento de los requisitos que corresponden, en particular, a la medida requerida".

El mismo Código cita la prohibición de innovar en el artículo 231: "Podrá decretarse la prohibición de innovar en toda clase de juicio, siempre que:

1) El derecho sea verosímil.

2) Exista el peligro de que si se altera la situación de hecho o derecho, la modificación pueda influir en la sentencia o convierta su ejecución en ineficaz o imposible.

3) La cautela no pudiere obtenerse por medio de otra medida precautoria".

La Jueza Días citó en su resolución numerosos argumentos para rechazar la medida cautelar que la llevaron a concluir que "el Sr. F. S. no acreditó prima facie la voluntad de la Sra. T. B. de practicar una interrupción voluntaria de su supuesto embarazo, como así tampoco el peligro en la demora y/o la urgencia que justifica el dictado de una medida cautelar. Tampoco cumplió con el recaudo procesal de indicar por qué se debería impedir a su esposa de ejercer el derecho concedido por la Ley Argentina".

Qué dice la resolución de la Jueza Días

Entre los puntos más importantes de la resolución emitida, la Jueza Días asevera que "a mayor abundamiento, se observa que el presentante no cuestionó en forma precisa la constitucionalidad y/o aplicación al caso concreto de la ley nacional Nº 27.610. Por lo que resulta, conforme lo presentado y peticionado, totalmente infundado y ajeno a derecho privar en esta instancia a cualquier persona gestante de la posibilidad de ejercer su derecho conforme la norma antes citada".

Asegura además que "finalmente corresponde destacar la pasividad procesal que ha mantenido el actor junto con sus letrados con relación a la medida para mejor resolver dictada el día que ingresó el expediente a este Juzgado".

Agrega que "el día viernes 23 del corriente mes y año se ordenó, como medida para mejor resolver, el pedido de informe a distintas instituciones. A tales efectos, se confeccionaron y suscribieron los oficios correspondientes. Tal como lo certifica el actuario, luego de concederle la suscripta una audiencia en el momento a los Dres. Zuleta y Lobos y de anoticiarlos de lo dispuesto en autos, llamó poderosamente la atención de que ninguno de los profesionales quisiera retirar los respectivos instrumentos para diligenciarlos en las oficinas correspondientes. Máxime cuando se ordenó, tal como ellos lo solicitaran a fs. 38, habilitación de día y hora inhábil. Si bien éstos fueron diligenciados electrónicamente por el Juzgado, no puede pasarse por alto esta conducta relajada del accionante con respecto a la carga de urgir toda medida tendiente a obtener una resolución favorable. Su accionar resulta totalmente contradictorio a la supuesta urgencia e imperiosa necesidad por él mismo alegada, y exigida por el ordenamiento procesal".

Concluye que "por todos estos motivos, se concluye que el Sr. F. S no acreditó prima facie la voluntad de la Sra. T. B. de practicar una interrupción voluntaria de su supuesto embarazo, como así tampoco el peligro en la demora y/o la urgencia que justifica el dictado de una medida cautelar.

Tampoco cumplió con el recaudo procesal de indicar por qué se debería impedir a su esposa de ejercer el derecho concedido por la Ley Argentina.

Conforme lo expuesto, y atento que la prueba rendida en la causa resulta prima facie insuficiente para decretar la medida peticionada, y ante la falta de cumplimiento de los presupuestos exigidos por el CPC, corresponde en este estado procesal rechazar la prohibición de innovar solicitada.

Asimismo, se aclara que no corresponde en esta etapa expedirse sobre el fondo del asunto. Por todo ello, atento la falta de cumplimiento de lo dispuesto por el art. 197, 231, ss y cc del CPC".

Y resuelve: "1- Rechazar la medida cautelar solicitada por el Sr. F. S. costas al actor vencido.

2- Regular los honorarios de los Doctores Zuleta y Lobos, por su actuación profesional en carácter simple, como vencidos y en forma conjunta, en la suma de pesos diez mil ($ 10.000)".

San Juan: "Todos con Franco", la marcha en apoyo al papá que intenta evitar que aborten su bebé


El viernes por la tarde se llevó a cabo en el centro de San Juan una manifestación en apoyo a Franco, el padre que acudió a la Justicia para evitar que su exesposa aborte el bebé de ambos.

Se trata de un caso que cobró trascendencia nacional. Franco fue a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja. Manifestó que quiere hacerse cargo del bebé.

Se destacó en la marcha la participación encendida del Diputado nacional Eduardo Cáceres, quien apoyó al papá sanjuanino que pide ante la Justicia que reconozcan su derecho a tener su hijo.

Cáceres ofreció un breve discurso en el que reclamó que el Congreso de la Nación trate el proyecto de Ley Alejo, de su autoría, "que busca la igualdad entre hombres y mujeres y pone fin a la guerra entre sexos", según expresó el legislador.

Durante la manifestación realizada el viernes en Plaza 25 de Mayo, el diputado del PRO señaló que en el proyecto de Ley Alejo, que impulsa en el Congreso, incluyó la tipificación de "violencia sexual" como cualquier acción que implique la vulneración en el hombre del derecho a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva.

Al parecer, no sólo contempló el caso de Franco, por su derecho parental, sino también por ejemplo los casos de mujeres que, sin el consentimiento de su pareja, se han implantado óvulos.

En un tramo de su intenso discurso, Cáceres aseguró que "los hombres también sufrimos violencia, pero al Estado pareciera que no le importa y se busca generar una visión ideológica enfrentando a la sociedad de manera totalitaria, a contramano de una sociedad evolucionada que proclama la igualdad".

Este flagelo cotidiano, que afecta a miles de familias, porque no solo lo sufre el varón sino también las madres, abuelas, hermanas y nuevas parejas de las víctimas y, por sobre todo, los niños, a quienes se les deja secuelas irreparables, quedó reflejado en la nutrida marcha que se llevó a cabo esta tarde en la Plaza 25 de Mayo, que concentró a un centenar de sanjuaninos.

Es preciso puntualizar que en San Juan los datos oficiales muestran que en 2018 hubo 145 hombres maltratados que solicitaron protección y asistencia, según datos de la Dirección de la Mujer.

En 2019 fueron 260, mientras que en el 2020 la cantidad alcanzó los 283, y en lo que va del año ya son más de 130 los sanjuaninos. Estas cifras arrojan un promedio de 1,3 víctimas masculinas por día.

Entre las premisas que se pudieron apreciar durante la manifestación, se destacó un llamado a la Justicia para que cuando un hombre sea denunciado se lo investigue buscando la verdad y no se vulnere la presunción de inocencia por ser varón, o porque el juez tenga miedo a ser escrachado.

Según el estudio realizado por las investigadoras del Conicet Antonella Bobbio y Karin Arbach, en promedio el 34% de las mujeres y el 22% de los varones habían agredido físicamente a sus parejas en el último año de relación.

A esto se suma el aporte de Marta Albarracín, exdirectora de proyectos de ese mismo organismo, que resaltó que en el marco de los conflictos posdivorcios, 2 de cada 3 denuncias contra padres por abuso sexual resultan falsas, mientras que la investigación Partner Abuse State of Knowledge Project demostró también que existe paridad en las tasas para hombres y mujeres tanto como agente activo como pasivo del abuso, y por eso se recomienda reconocer también a las víctimas masculinas.

Frente a esta situación, Cáceres impulsó el proyecto Ley Alejo, que ya cuenta con el apoyo de más de 50 ONGs de todo el país y que busca cerrar la grieta de géneros y abordar la problemática desde la concientización para fomentar las relaciones saludables.

Habló Franco, el hombre que acudió a la Justicia para evitar un aborto de su expareja

El padre del bebé en gestación fue entrevistado por Osvaldo Benmuyal y María Silvia Martín en el programa Pensar San Juan, que se emite por Canal 8.

Se trata de un caso que cobró trascendencia nacional. Franco fue a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja. Manifestó que quiere hacerse cargo del bebé.

"Me di cuenta que los trámites los estaba haciendo a espaldas mía", aseveró el joven padre al referirse a su expareja, que tramitó todo en la obra social para practicarse una interrupción voluntaria del embarazo.

"Sé de los derechos de quien era mi pareja, pero solo le pido que lo tenga y que me lo dé, yo no le voy a hacer faltar nada", dijo Franco, el papá de la criatura en gestación.

El suceso ha conmocionado a San Juan, donde amparada por la ley de interrupción voluntaria del embarazo, una mujer solicitó a su obra social que le practiquen un aborto en una clínica privada, sin embargo su expareja no está de acuerdo con la decisión y pidió a la Justicia vernácula que intervenga para que el bebé nazca.

Resolvió la jueza sobre el caso del hombre que acudió a la Justicia para frenar un aborto de su expareja

Se trata de un caso que cobró trascendencia nacional. Un hombre fue a la Justicia de San Juan para frenar el aborto solicitado por su expareja. El padre quiere hacerse cargo del bebé.

"Sé de los derechos de quien era mi pareja, pero solo le pido que lo tenga y que me lo dé, yo no le voy a hacer faltar nada", dijo Franco, el papá de la criatura en gestación.

Sucedió en San Juan, donde amparada por la ley de interrupción voluntaria del embarazo, una mujer solicitó a su obra social que le practiquen un aborto en una clínica privada, sin embargo su expareja no está de acuerdo con la decisión y pidió a la Justicia vernácula que intervenga para que el bebé nazca.

Resolución de la Jueza de Familia Marianela López

La doctora Marianela López se expidió sobre la medida cautelar de no innovar solicitada por un hombre, con el objeto de la "protección de la vida de la persona por nacer".

La Jueza del Primer Juzgado de Familia, Marianela López, resolvió a primera hora de este viernes 23 de abril sobre la medida cautelar de no innovar planteada el jueves 22 de abril por un hombre, con el objeto de la "protección de la vida de la persona por nacer".

La Jueza López argumentó que "entrando en el análisis de la medida cautelar de no innovar solicitada", cuyo objeto es la "protección de la vida de la persona por nacer, regulada en los artículos 19, 20 y 21, ss y cc del Código Civil y Comercial de la Nación, resulta que el mismo excede el ámbito de la competencia otorgada a los
Juzgados de Familia de la Provincia de San Juan, conforme a los art. 53 de la Ley
Orgánica de Tribunales (Ley 358-E), correspondiendo su tramitación por ante la
Justicia Civil Ordinaria".

A continuación, la Jueza López resolvió: "Atento a que la competencia en razón de la materia resulta improrrogable, artículo 1 del Código Procesal Civil de la Provincia de San Juan, declárome incompetente para entender en la presente causa, ordenándose la remisión inmediata, dada la urgencia de la cuestión planteada en los presentes autos a Mesa Única Receptora de Causas Civiles para su pertinente sorteo por ante Tribunal competente".

Recibida a las 10 de la mañana de este viernes, la resolución de la jueza López en la Oficina Receptora de Causas Civiles, Comerciales y de Familia, se realizó el sorteo y la medida cautelar de no innovar solicitada será ahora tramitada en el Juzgado Civil N.º 11, a cargo de la Jueza Amanda Díaz, quien definirá si es o no competente.

Murió Franco, el hermano de Pamela David

Franco David tenía 23 años y fue hallado sin vida en su departamento de Santiago del Estero. Lo trasladaron a un hospital donde no pudieron reanimarlo.

En la tarde del domingo se conoció la muerte de Franco, hermano de Pamela David, esposa de Daniel Vila. El chico murió en su casa de Santiago del Estero.

El joven de 23 años fue encontrado ahorcado del techo con una sábana en el patio de su domicilio del barrio Jorge Newbery de la ciudad provincial.

De inmediato fue trasladado al Hospital Regional donde los profesionales intentaron reanimarlo sin éxito.

La noticia fue confirmada por el carancho Mauro Viale, quien detalló que Franco sufría "un problema de adicciones que nunca pudo superar" y reveló que su colega "está preocupada por la salud de su padre que ahora se encuentra internado en un centro cardíaco".

Sin embargo aún no se confirmaron las causas que habrían llevado al joven a quitarse la vida.