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Monotributistas: AFIP empezará a devolver el 35% de recargo al dólar ahorro

Estarán alcanzados unos 150.000 monotributistas que tienen sus trámites aprobados desde agosto pasado.

La AFIP empezará a devolver el 35% de retención a cuenta de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales por la compra de dólar ahorro a unos 150.000 monotributistas que tienen sus trámites aprobados desde agosto pasado.

Serán unos $1.900 millones que retuvo la agencia de recaudación como resultado de operaciones cambiarias para atesoramiento o consumos en moneda extranjera con tarjeta.

La devolución se realizará durante los próximos diez días hábiles, y se va a acreditar a través de transferencias en las cuentas bancarias que los beneficiarios tienen informadas ante el organismo.

Para cobrar las devoluciones están habilitados todos los contribuyentes del régimen simplificado que no paguen Ganancias ni Bienes Personales. Aunque hay excepciones.

"Las transferencias a las cuentas bancarias de contribuyentes que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales se inician tras la realización de chequeos y verificaciones tendientes a detectar inconsistencias y desarticular maniobras irregulares", señaló el ente recaudador a través de un comunicado.

De esta forma, por ejemplo, están observadas las solicitudes de devolución de contribuyentes que mantengan deudas con la AFIP o no presentaron una declaración jurada. Dos situaciones que se pueden subsanar en la página web del organismo.

La devolución a monotributistas se suma a los $4.900 millones que fueron reintegrados en abril a 366 mil trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia.

Así, la AFIP habrá concretado la devolución al 83,5% del universo total de contribuyentes que solicitaron el reintegro de las percepciones previstas en la Resolución General 4815.

El ente recaudador continuará procesando solicitudes que se presenten así como aquellas que fueron observadas por presentar distintas inconsistencias donde las y los contribuyentes hayan subsanado los problemas identificados en los chequeos y verificaciones.

Flexibilizaron los requisitos para que más monotributistas accedan a créditos a tasa cero

Entre otras medidas se suprimió el impedimento que regía sobre los sujetos que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal. 

El Ministerio de Desarrollo Productivo flexibilizó los requisitos para acceder al programa Crédito a Tasa Cero 2021, para que una mayor cantidad de monotributistas puedan convertirse en beneficiarios, a través de la resolución 626/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La misma determinó que "atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios".

Así se dejó sin efecto el requisito establecido en los casos de solicitantes que registran factura electrónica, por sus operaciones de venta, locación o prestación de servicios, quienes podían acceder al crédito cuando, considerando el promedio mensual de facturación electrónica del primer semestre de 2021, se verificaba que su facturación no era superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

También se eliminó la condición para aquellos que no registran factura electrónica, quienes podían acceder cuando ese mismo promedio, que surgía de la facturación electrónica como compradores, prestatarios o locatarios, era inferior al 80% de la suma que resultaba de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

En ambos casos, para los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A, se tomaba como límite la suma de $20.800.

Por otra parte, se suprimió también el impedimento que regía sobre los sujetos que prestaban servicios al sector público nacional, provincial o municipal.

En tanto se incorporó como nuevo requisito que no serán elegibles los solicitantes que hubieran aumentado la categoría en la que se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al momento de la solicitud, respecto de la categoría del solicitante vigente al 30 de junio de este año.

"Garantizamos que más monotributistas puedan acceder a los Créditos a Tasa Cero", afirmó la subdirectora general de Servicios al Contribuyente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Patricia Vaca Narvaja.

La funcionaria del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont precisó a radio Nacional que "con el objetivo de garantizar que más personas puedan obtener el financiamiento e impulsar la demanda interna, se eliminaron algunas condiciones que habían sido establecidas".

Más de 210.000 personas obtuvieron un Crédito a Tasa Cero a través de la página web de la AFIP, y el monto total de los préstamos otorgados que son adjudicados por los distintos bancos públicos y privados superó los $24.000 millones.

Los monotributistas que hayan estado inscriptos al 31 de mayo de este año serán elegibles para acceder a los Créditos a Tasa Cero, que se tramitan a través de la página web de la AFIP y las entidades financieras los acreditan en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada pequeño contribuyente.

El monto del préstamo al que podrá acceder cada pequeño contribuyente dependerá de la categoría de su monotributo previa a la recategorización, es decir, la que se encontraba vigente al 30 de junio.

Así, para la categoría A, el límite máximo es de $90.000; para la B, de $120.000; y para el resto, de $150.000.

El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal, y al acceder los monotributistas deben cliquear en la solapa Crédito Tasa Cero donde pueden ver el monto que corresponde de acuerdo a su categoría. Los interesados deben seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite.

Los fondos se acreditarán en esa tarjeta en un solo desembolso, y quienes no posean tarjeta de crédito deben seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación.

Cuando la o el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Más de 155.000 monotributistas ya accedieron a los créditos a tasa cero

El crédito por hasta $150.000, al que pueden acceder 1.500.000 monotributistas, se acredita en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada contribuyente a través de las entidades bancarias seleccionadas.

Más de 155.000 monotributistas ya accedieron a créditos a tasa cero, por unos $18.000 millones, se informó este miércoles tras la reunión de Gabinete económico.

En el encuentro se compartió esa información enviada por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Encabezada por el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, participaron los Ministros de Economía, Martín Guzmán; Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; Trabajo, Claudio Moroni; junto al Presidente del Banco Central, Miguel Pesce; la Vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco; la Jefa de gabinete del Ministerio de Economía, Melina Mallamace y los Secretarios de Finanzas, Rafael Brigo, y Hacienda, Raúl Rigo.

Kulfas dijo que están muy satisfechos con la ejecución de esta línea para monotributistas y sostuvo que es una "herramienta importante para dinamizar la economía en sectores que generan más consumo y trabajo".

El crédito por hasta $150.000, al que pueden acceder 1.500.000 monotributistas, se acredita en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada contribuyente a través de las entidades bancarias seleccionadas.

Estos préstamos tienen 6 meses de gracia y su devolución se realiza en 12 cuotas fijas, sin intereses, luego de cumplido el período de gracia.

En cuanto a los indicadores de la construcción y la industria publicados por el INDEC, el ministro de Desarrollo Productivo destacó que "los datos de la construcción y la industria que se dieron a conocer ratifican el muy buen escenario productivo que tiene la Argentina".

Subrayó que la industria nacional está "mostrando niveles de producción arriba del 2019".

Créditos para monotributistas a tasa cero 2021: los nuevos detalles que brindó AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos informó el mecanismo para que los monotributistas interesados en sacar los créditos a tasa cero puedan registrarse e ingresar sus datos.

AFIP estableció este viernes el mecanismo para que los monotributistas que desean solicitar un crédito a tasa cero se registren, ingresen los datos necesarios y los bancos procedan a otorgarles un préstamo de hasta $150.000.

La administración oficializó el procedimiento en la Resolución General 5058/2021, publicada este 27 de agosto en el Boletín Oficial.

Tal como se dispuso, los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deberán utilizar el servicio web denominado "Crédito Tasa Cero", ingresando al portal de la AFIP con Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2, como mínimo.

Un requisito fundamental para acceder al sistema es poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

Cuáles son los requisitos para solicitar los Créditos a Tasa Cero 2021

Los pequeños contribuyentes que estén en condiciones de obtener los "Crédito a Tasa Cero 2021" deberán seguir los siguientes pasos.

  • Ingresar hasta el 31 de diciembre de 2021 al servicio "web" "Crédito Tasa Cero".
  • Ingresar el importe del crédito que solicita. El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado, en función de la categoría en la que el pequeño contribuyente se encontraba encuadrado al 30 de junio de 2021.
  • Informar una dirección de correo electrónico de contacto.
  • Seleccionar la entidad bancaria a ser utilizada para la tramitación del crédito solicitado.

Posteriormente, la AFIP va a verificar las condiciones de elegibilidad y comprobar que no se trata de un sujeto excluido.

En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

Plazos para solicitar el crédito a tasa cero

Los monotributistas podrán tramitar la solicitud del crédito ante la entidad bancaria seleccionada hasta el 20 de enero de 2022, inclusive, indicó el ente recaudador.

Y explicó que en caso que el solicitante sea un beneficiario de un "Crédito a Tasa Cero" en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción y que se encuentre en mora respecto de la restitución del beneficio, el sistema indicará la entidad bancaria otorgante del préstamo, así como el importe total adeudado en función de la información proporcionada a la Administración Federal por parte de la entidad BICE Fideicomisos SA.

Una vez efectuado el otorgamiento del "Crédito a Tasa Cero 2021" por parte de la entidad bancaria, ésta realizará, en el mismo momento del desembolso del importe del crédito, la cancelación del monto adeudado por el beneficio en nombre del contribuyente, quien podrá gozar libremente del saldo remanente, en caso de existir.

Estos créditos buscan "promover la reactivación económica del sector productivo", ya que "si bien se observa una recuperación parcial y heterogénea de la actividad económica, aún no se han alcanzado los niveles de producción observados con anterioridad a la irrupción de la pandemia".

Para la categoría A del monotributo, el préstamo es de hasta $90.000; para la categoría B, hasta $120.000 y el resto de las categorías tienen un tope máximo de $150.000.

Monotributo: cuáles son los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero

El Gobierno oficializó el lanzamiento de créditos a tasa cero para monotributistas y detalló cuáles son las condiciones para obtenerlos, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en el Boletín Oficial.

Los préstamos serán de hasta $150.000, con un subsidio estatal del 100% del costo financiero total.

"Créase el Programa Crédito a Tasa Cero 2021 con el objeto de asistir a trabajadores y trabajadoras adheridos y adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con el fin de acompañar el proceso de recuperación productiva", según el texto oficial.

No se encuentran comprendidos en el Programa los sujetos adheridos al Régimen Simplificado que perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino como trabajadores autónomos.

Según lo dispuesto, los créditos consistirán en una financiación cuyo importe, según cada categoría, no podrá exceder de: Categoría A, un límite máximo de $90.000; Categoría B, máximo de $120.000, y demás categorías, $150.000.

Los préstamos serán instrumentados y acreditados de acuerdo con el procedimiento y en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central.

Además, los beneficiarios del Programa, hasta la cancelación total de la financiación, no podrán acceder al Mercado Único y Libre de Cambios para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos.

Tampoco podrán concertar ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o canjes de títulos valores por otros activos externos, o transferencias de esos papeles a entidades depositarias del exterior.

En tanto, quienes recibieron un Crédito a Tasa Cero en el marco del Programa ATP en 2020 y al momento de solicitar nuevo financiamiento se encontrasen en mora, "deberán destinar el monto del nuevo crédito a cancelar la totalidad del monto adeudado y podrán gozar libremente del saldo, si quedara remanente", aclaró el DNU.

Para acceder al Programa, hay que ingresar a la página web de la AFIP, que a la vez proporcionará a las entidades financieras, a través del Banco Central, la lista de los sujetos elegibles para los Créditos a Tasa Cero.

Según el decreto, el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo podrá bonificar hasta el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen estos créditos.

Por su parte, el Fondo de Garantías Argentino podrá avalar hasta el 100% de los préstamos, sin exigir contragarantías.

El Poder Ejecutivo justificó el lanzamiento del este Programa al señalar que "se observa una recuperación parcial y heterogénea de la actividad económica, sin que aún se hayan podido alcanzar los niveles de producción observados con anterioridad a la irrupción de la pandemia".

"En la actual coyuntura de reactivación económica del sector productivo, corresponde que el Gobierno nacional adopte medidas tendientes a acompañar la misma e incentivar el consumo, en el contexto de recuperación y reconstrucción productiva de nuestro país", añadió.

Gobierno relanzó créditos a tasa 0% para monotributistas y prestarán hasta $150.000

Podrán devolver el dinero en 12 cuotas. Habrá tres categorías que dependerán de la escala de cada inscripto al régimen simplificado. Quienes fueron beneficiarios de un crédito similar el año pasado podrán volver a pedirlo.

El Gobierno nacional anunció la puesta en marcha de una nueva línea de créditos por hasta $150.000 para más de 1 millón de monotributistas de todo el país, que estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

El anuncio fue realizado por la Vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, y la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, tras la reunión de gabinete económico.

A diferencia de los créditos a tasa 0% del año pasado implementados como parte del programa ATP durante al pandemia, los préstamos se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada monotributista. Contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas.

"La idea es colaborar con los trabajadores independientes monotributistas, la experiencia del año pasado fue buena. Es un conjunto de personas que dio batalla durante todo este tiempo", dijo la Vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, durante la presentación oficial de los nuevos créditos tras las reunión de gabinete económico.

La reunión del gabinete económico

El Presidente Alberto Fernández encabezó en Casa de Gobierno la reunión semanal del gabinete económico, informaron fuentes oficiales.

Junto al presidente participaron el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; la Vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca; y los Ministros de Economía, Martín Guzmán; de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y de Trabajo, Claudio Moroni.

Además, estuvieron presentes el Presidente del Banco Central, Miguel Pesce; y la Directora de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marcó del Pont.

Tras la reunión, Todesca y del Pont brindarán una rueda de prensa en la Sala de Conferencias de Casa de Gobierno.

El Senado convirtió en ley el alivio fiscal a monotributistas

Por unanimidad, el Senado convirtió este jueves a la noche en ley el proyecto de "alivio fiscal" para monotributistas.

Entre sus puntos salientes retrotrae los valores de las cuotas a diciembre del 2020 para cada una de las categorías.

La ley elimina las deudas que hubieran surgido, entre enero y junio de este año, producto de la actualización retroactiva de las nuevas escalas.

Con 60 votos afirmativos, el Senado ratificó el "Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes", que amplía las escalas a partir de julio de este año de manera tal que, en los hechos, eleva entre el 35% y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías.

La medida prevé que la cuota mensual entre enero y junio de 2021 se pagará tomando el valor vigente a diciembre de 2020 y actualiza las escalas del sistema de monotributo, ampliando las escalas de facturación para cada categoría a partir de julio del 2021, sin aumentarse el valor de la cuota mensual.

Con los cambios introducidos en el nuevo proyecto, el tope de Ingresos Brutos de la categoría A, la más baja de todas, que tenía que pasar de $208.739 a $282.424, quedará en $370.000.

También se incorporan beneficios para aquellos contribuyentes que facturaron por encima del tope de su categoría.

La propuesta complementa el incremento del 35% de principio de año y propone incrementar el tope de Ingresos Brutos para cada categoría, llevándolo, en la categoría A, de $208.739 a $370.000. En la categoría B, de $313.109 a $550.000. En la categoría C, de $417.479 a $770.000, y así sucesivamente hasta la categoría K, que pasa de $2.609.241 a $3.700.000, el valor máximo de facturación anual para estar incluido en el monotributo.

Los monotributistas que hayan excedido el límite superior de facturación mantendrán la condición, siempre que sus ingresos brutos no hubieran excedido los nuevos montos para cada categoría.

Asimismo, entre sus principales beneficios, el proyecto propone un amplio plan de pagos de hasta 60 cuotas para aquellos que necesiten regularizar su deuda, con la condonación total de las multas percibidas.

En la misma votación, también quedó aprobado y convertido en ley el proyecto que busca alentar la inversión y ahorro en activos en moneda local, incorporando exenciones sobre los rendimientos financieros en pesos en el impuesto a las Ganancias y en Bienes Personales.

La ley contempla la exención en el impuesto a las ganancias para los intereses de depósitos de plazos fijos en pesos, la exención en bienes personales para depósitos de plazos fijos y cajas de ahorro en cualquier moneda, y la exención en este mismo tributo de las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional y en otros instrumentos destinados a fomentar la inversión productiva, incluidos fondos comunes de inversión.

"Estas excepciones en el impuesto a las ganancias y eximiciones en los bienes personales van a facilitar la inversión y el ahorro en pesos y el proyecto de pequeños contribuyentes viene a reparar y corregir un error de la AFIP", destacó el senador por el Chaco Víctor Zimmermann, de la UCR.

Por su parte, el riojano Ricardo Guerra, del Frente de Todos, resaltó que "el proyecto para promover la inversión en moneda nacional tiene un fin destacable, buscando promover las inversiones en pesos a través de exenciones en el impuesto a las ganancias y en el impuesto a bienes personales".

Diputados aprobó el alivio fiscal a monotributistas y cambios en Ganancias y Bienes Personales

El proyecto que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes logró 233 votos afirmativos y dos abstenciones. 

La Cámara de Diputados aprobó en general y en particular esta madrugada el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes que busca aliviar la carga fiscal de los monotributistas y que beneficiará a más de 3,5 millones de trabajadores.

El general cosechó 233 votos a favor y dos abstenciones en una maratónica sesión. La iniciativa logró votos aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y de Unidad Federal para el Desarrollo, el Movimiento Popular Neuquino, Acción Federal, mientras que dos legisladores de izquierda se abstuvieron.

También se aprobó por 227 votos a favor y 3 en contra un proyecto de reforma de los Impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales para fomentar el ahorro en pesos destinado a ampliar las exenciones en los impuestos referidos para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, señaló que ambos proyectos tienen beneficios para la ciudadanía, y al respecto expresó que "todo lo que hemos hecho en esta modificación de la llamada Ley de Monotributo, está basado en ese criterio".

"Hemos dispuesto que el sostenimiento de los valores de las cuotas que se pagan hasta junio a los que había hasta diciembre del 20", agregó. Destacó que "es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia para los que tenían deudas".

Recordó que "se ha dispuesto un plan de 60 cuotas mensuales para poder regularizar las deudas a los monotributistas" y explicó que se establece "la liberación de multas cometidas hasta el 30 de junio".

Por su parte, la Legisladora del Frente de Todos, Alicia Aparicio, señaló que "este proyecto no solo busca asistir a los sectores golpeados, también puede inscribirse en un programa mayor que tiene como objetivo lograr el crecimiento mejorando la equidad del sistema".

El Diputado de Juntos por el Cambio Luciano Laspina sostuvo en tanto que "la ley que hoy vamos a votar no debe ser vista como un acto de reivindicación. Tiene que ser reconocida como un error administrativo injustificable del Ministerio de Hacienda, que no implica un alivio tributario para contribuyentes".

Hugo Romero del radicalismo cordobés aseveró que "esta ley que estamos tratando hoy no genera alivio para las y los monotributistas porque posterga el debate profundo que tenemos que tener, y porque seguimos sosteniendo la incertidumbre".

La iniciativa, que lleva la firma del titular de la Cámara baja, Sergio Massa y del Jefe de la bancada del Frente de Todos, Máximo Kirchner, establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.

La iniciativa complementa el reciente Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, impulsado por el Gobierno, y hace hincapié en las categorías más bajas, dado que dos de cada tres inscriptos al Monotributo están en las escalas A y B.

El proyecto plantea el sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar: el valor de las cuotas de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.

Además, establece un esquema progresivo de actualización de escalas, duplicando para las categorías más bajas el incremento del 35% de este año (el aumento de la categoría A es del 77% respecto de diciembre 2020). Se fijan a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar el valor mensual de la categoría del Monotributo.

También instaura un programa específico de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, consistente en complementar, con un mecanismo simple, el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes. Este nuevo esquema permitirá que los contribuyentes se puedan mantener en el monotributo a pesar de haberse excedido en la facturación.

Para dotar a la propuesta de progresividad y llegar con el programa a los contribuyentes que realmente necesitan el alivio fiscal, evitando que el mismo beneficie a contribuyentes que utilizan el régimen simplificado de manera abusiva, se establece que podrán acceder quienes registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría K ($5.550.000 anuales) y cuando el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.

Asimismo, los monotributistas de las categorías más altas (de la E a la K) deberán pagar una cuota especial "por única vez" para poder mantenerse en el régimen.

El proyecto aclara que en caso de no acceder a los beneficios los contribuyentes se considerarán excluidos del régimen desde las 0 horas del día en que se haya excedido el límite superior de ingresos brutos de la máxima categoría que correspondió a la actividad.

Por último, establece un régimen de regularización para deudas de monotributistas que permita a las y los contribuyentes adheridos al régimen regularizar su situación fiscal, permitiéndoles generar un esquema de previsibilidad económica y financiera.

El nuevo régimen condonará intereses y multas y permitirá cancelar la deuda en hasta 60 cuotas mensuales y con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

Cambios en Ganancias y Bienes Personales

Además, se incluyó en el temario un proyecto para ampliar las exenciones en los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para los activos de inversiones financieras en moneda nacional.

El objetivo de la iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo en octubre de 2020, es establecer medidas de incentivo de carácter tributario, a los fines de fomentar la inversión en instrumentos financieros emitidos en moneda nacional.

El proyecto plantea la exención del impuesto a las Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste, por ejemplo, plazos fijos UVAs, y del rendimiento de las colocaciones en instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva.

En cuanto a los Bienes Personales, plantea la exención para instrumentos como las obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva y la participación en fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, cuyo activo subyacente principal esté integrado, como mínimo, en un 75%.

El proyecto preveía una "Cláusula antielusión", que establecía un tiempo de permanencia mínima de los activos para poder acceder a las exenciones de al menos 274 días. Sin embargo, este artículo fue eliminado del proyecto, según anunció el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, en conferencia de prensa desde el Salón de los Pasos Perdidos.

El texto establecía que para tener el beneficio de la exención los bienes o depósitos debían permanecer en su patrimonio, como mínimo, el 75% de los días "contados en forma continua o discontinua" del año calendario correspondiente al período fiscal por el que se declaran.

"Vamos a eliminar el artículo 3 en el tratamiento de lo que es el Régimen de Promoción del Ahorro en Pesos en la Argentina precisamente para evitar que se generen suspicacias respecto a los plazos fijos, el período y todas esas cuestiones, a los efectos de que las medidas de alivio que hoy toma el Gobierno para aquellos que deseen ahorrar en pesos en la Argentina no se presten a ninguna discusión", aclaró Massa.

Con lo dispuesto por Massa, los plazos fijos seguirán exentos en el impuesto sobre los bienes personales sin ningún tipo de limitación.

Con anterioridad a estos proyectos, los diputados dieron media sanción al nuevo régimen de biocombustibles y a un proyecto que modifica la ley de contracepción quirúrgica para extender a las personas con discapacidad el derecho de expresar su voluntad para acceder a la realización de las prácticas denominadas "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía".

Gobierno de ladrones: AFIP estafó a monotributistas con una deuda retroactiva inventada

Tras la reglamentación de AFIP, los pequeños contribuyentes que quedaron encuadrados en la misma categoría se encontraron con deudas equivalentes al 140% de lo que pagaron en mayo.

El caso es inédito y podría tratarse de una estafa legal, impulsada desde el Estado para sacarle plata a los que trabajan con sumo sacrificio y en pandemia. Desde el 1 de julio AFIP habilitará un plan de facilidades por 20 cuotas mensuales.

No sorprende una medida así, ya que fue tomada en un Gobierno integrado por una Banda de Ladrones públicos, herederos de la escuela de Cristina Kirchner que saqueó al país durante 8 años.

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitará a los monotributistas, que por su recategorización pasaron a tener una deuda por el aumento de las cuotas, a que paguen el saldo hasta en 20 cuotas.

Sucede que la ley que ajustó los montos de las escalas y las cuotas en un 35,3% fue reglamentada a fines de mayo, a pesar de que fue promulgada el 21 de abril, y la recategorización de oficio instrumentada por AFIP generó deudas considerables sobre los que quedaron en la misma categoría, dado que el incremento es retroactivo a la cuota de febrero.

La titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, es pieza fundamental en el armado de la ladrona Cristina Kirchner, y no sorprende que la medida implementada por este organismo meta la mano al bolsillo de trabajadores independientes, les robe plata, para luego ser usada para pagar planes y fomentar la vagancia en Argentina.

Con la medida avalada por los traidores del Congreso, que dieron la espalada al pueblo una vez más, se aplicó un aumento de las cuotas de febrero, marzo, abril y mayo, por lo que en total deben pagar el 140% de la cuota que abonaron en mayo.

Es decir, los monotributistas en esta situación deben pagar casi una cuota y media más aunque estén al día con AFIP. En tanto, los que bajaron de categoría, según el caso, pueden tener una deuda bastante menor o incluso un saldo a favor, algo que seguramente se dará en contadas excepciones, porque el Estado argentino siempre le saca al trabajador, nunca lo beneficia.

Esto representa un golpe ilegal al bolsillo de los independientes que pretenden trabajar dignamente con sus emprendimientos, y debido a la demora en la reglamentación, AFIP dispuso que los saldos en contra podrán abonarse hasta en 20 cuotas a través de un plan de facilidades. Una estafa que debería ser cuestionada por algún fiscal decente, lo cual es difícil encontrar.

El monto mínimo de cada cuota debe ser de 500 pesos y el plan de facilidades estará disponible desde el 1 de julio en el sitio del monotributo de AFIP.

Según la reglamentación, por este mes la cuota vencerá el 25, a diferencia de la fecha tradicional que es el 20 de cada mes. También hasta el 25 los contribuyentes pueden cambiar la categoría que AFIP les asignó de oficio.

Los argentinos y argentinas inscriptos como monotributistas deberán pagar ahora una deuda que no contrajeron, sino que fue inventada por AFIP y avalada por ese enorme aguantadero que es el Congreso argentino.

Así nos va.

Polémica por la recategorización de 4 millones de monotributistas

El Gobierno no definió las nuevas escalas del monotributo a inicios de 2021. En abril se aprobó la ley que marca incrementos de un 35,3% y en mayo se reglamentó.

La Administración Federal de Ingresos Públicos categorizó a más de 4 millones de monotributistas y aplicó los nuevos valores de los distintos componentes del régimen para los primeros cinco meses del año.

Además, el organismo recaudador asignó las nuevas categorías que corresponden a los contribuyentes. Los monotributistas se manifestaron en redes sociales.

La categorización se realizó de acuerdo con la escala en la que correspondía encontrarse encuadrado a partir de febrero de este año, en función de lo establecido por ley, y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio, informó el organismo.

"Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio y las escalas pueden consultarse en afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp", señaló el organismo en un comunicado.

En las redes estalló la indignación. "¿Cómo voy a tener que pagar algo que fue puro retraso del Gobierno?", se preguntaban los monotributistas en la red social Twitter después de ingresar a la web de la AFIP y verificar que tenían deudas para pagar correspondientes a los cuatro meses en los que no estuvieron vigentes las escalas para 2021.

En los últimos días, los más de 4 millones de monotributistas argentinos encontraron que, cuando entraban con usuario y clave a la web de la AFIP, les figuraba su nueva categoría, en caso de corresponder por haberse pasado del "límite", y una deuda o saldo a favor correspondiente a la diferencia que se generó en los cuatro meses en los que las escalas del monotributo deberían haberse actualizado.

La explicación oficial es que las nuevas escalas del monotributo se actualizan en enero de cada año y comienzan a regir desde febrero. La actualización se realiza sobre la base de la variación del haber jubilatorio mínimo garantizado, pero el año pasado la movilidad jubilatoria estuvo suspendida durante la segunda parte de 2020.

Por razones "pandémicas", la ley se retrasó, explican en off the record en el Gobierno. Sin embargo, los críticos alegan que el oficialismo ya sabía que la movilidad jubilatoria estaba suspendida hace tiempo, al menos el suficiente como para llegar a enero con una actualización ad hoc.

"En concreto, lo que está pasando es que hubo una demora legislativa y reglamentaria de varios meses que generó este problema. Es decir, muchos que pensaban que estaban al día, con la actualización de la tabla, se desayunaron que tienen deudas”, explica Ezequiel Passarelli, socio de SCI Group.

Sucede que, a diferencia de lo que pasa cada año, el Gobierno no definió las nuevas escalas y cuotas del monotributo a inicios de 2021, sino que la ley que las incrementó un 35,3% se aprobó en abril pasado y se reglamentó a fines de mayo.

"Todo esto debía actualizarse una vez al año porque así lo disponía la ley. Lo hicieron tarde y retroactivo. Resulta que aún pagando todo en tiempo y forma debés la diferencia", explica Fernanda Laiún, socia de Laiún, Fernández Sabella & Smudt.

Las sumas que se deben pueden ser chicas o cuantiosas, la tributarista explica que, por ejemplo, para la categoría más alta para servicios, la H, se pudo haber generado una deuda de hasta $2.500 por mes.

En los primeros días en los que se readecuó el sistema, explica el tributarista, se sumaron quejas de monotributistas que encontraron deuda retroactiva a enero y hasta intereses resarscitorios.

"La recomendación en ese momento fue esperar. Siempre cuando se actualizan los sistemas, hay desajustes. Finalmente, se corrigió y los intereses desaparecieron. Entonces, la deuda pasa a ser específicamente por la diferencia entre la tabla del 2020 y la del 2021, es decir, el capital solo", detalla.

De todos modos, y si bien hay casos de saldos a favor por recategorizaciones hacia abajo, algunos monotributistas deben cientos o miles de pesos a la AFIP.

Este viernes, el fisco informó que los pequeños contribuyentes pueden financiar en hasta en 20 cuotas la diferencia. "La adhesión a los planes de facilidades de pago para monotributistas estará disponible a partir del 1° de julio en el portal monotributo.afip.gob.ar. El monto mínimo a saldar en cada cuota es de 500 pesos", explicó el organismo recaudador.

La Ley 27.618 aprobada por el Congreso estableció que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización.

Para conocer las categorías asignadas, los contribuyentes deben "ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar", y señaló que tienen plazo hasta el 25 de junio para solicitar una eventual modificación de la categoría asignada.

Los monotributistas que estén adheridos al débito automático y quieran solicitar la modificación de la categoría asignada tienen tiempo hasta el 11 de junio.