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Flexibilizan en todo el país las restricciones por el coronavirus

Lo dispuso el Gobierno nacional por medio de un DNU que estará vigente hasta el 31 de diciembre próximo. De todas maneras, se aclaró que otras actividades se podrán ir sumando si así lo dispone el Ejecutivo nacional.

El Gobierno nacional emitió este jueves un Decreto de Necesidad y Urgencia para disponer medidas preventivas generales y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario contra el Covid-19 desde este viernes y hasta el 31 de diciembre próximo.

En ese sentido, sigue vigente la necesidad de mantener distancia social de al menos dos metros entre las personas y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas.

En ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de "caso confirmado", "caso sospechoso" o "contacto estrecho" de Covid-19.

Se autorizará la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario que deberán cumplir, además de los protocolos de las autoridades sanitarias, con ciertas condiciones.

Los viajes grupales de egresados, de estudiantes o similares deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia. Todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar. Al regreso, deberán realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte de regreso.

En caso de resultar positivo alguno de los test, se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los casos y sus contactos estrechos.

Además, aquellas personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje deberán realizar un aislamiento de siete días y, por su cuenta, un nuevo testeo que deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia por el laboratorio.

En los viajes grupales de jubilados, todo el contingente deberá presentar esquema de vacunación completo ocurrido por lo menos 14 días previos al inicio del viaje.

Las actividades en discotecas, locales bailables o similares, que se realicen en espacios cerrados, podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada. Además, deberán requerir a quienes concurran esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes.

En el caso de los salones de fiestas, alternativamente al esquema de vacunación, podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.

Los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. Si el evento se realiza al aire libre, deberán requerir a las personas concurrentes mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.

Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

Sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores y las trabajadoras a los que comprende el artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, es decir, personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Se establece la presencialidad en el trabajo para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional.

Sin perjuicio del citado decreto, se podrán establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el objeto de implementar actividades que se encuentren autorizadas o para las que requieran autorización los gobernadores o las gobernadoras o el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para ello, las autoridades locales deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cumplir las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse.

A partir del 1 de noviembre de 2021, se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro.

El jefe de Gabinete de Ministros puede suspender o modificar las normas previstas, de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario y del avance de la vacunación contra la Covid-19, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.

Sin tiempo para aprobar la ley, el Presidente Fernández avanza con la prórroga del DNU

El Senado recién le daría media sanción el jueves a la propuesta oficial para administrar las restricciones por la pandemia, mientras que el viernes vence el actual decreto con restricciones.

No hay aún agenda del presidente con Larreta y Kicillof. En provincia de Buenos Aires descartan ahora un regreso a las clases presenciales.

Alberto Fernández decidió buscar más medidas restrictivas. Sin la ley que le otorgaba poderes especiales para imponer medidas de pandemia, el presidente avanza en soledad en una nueva prórroga del DNU con restricciones en el AMBA que vencen este viernes.

En el mejor de los escenarios, recién un día antes, el jueves, el Senado le daría media sanción al proyecto oficial, que sufrirá cambios en su texto para negociar su tratamiento en Diputados, un recinto donde necesitan votos aliados, la próxima semana.

Una de las concesiones: que su vigencia no esté atada a la emergencia sanitaria, que hoy vence el 31 de diciembre pero que podría ser, otra vez, prorrogada.

El poder de vetar la presencialidad de las clases en las zonas declaradas en alerta epidemiológica no está en la mesa.

Es justo ese punto el que desató la resistencia porteña y generó las fricciones. En la provincia de Buenos Aires analizaban la semana pasada un pronto regreso a las aulas en el conurbano, lo que hubiera mancomunado la estrategia en el AMBA.

Con el Congreso en debate, la única salida para Fernández es volver a estirar el DNU vigente en la actualidad. La única duda es por cuánto tiempo hacerlo.

Mendoza: analizan nuevas restricciones de circulación

La idea sería hacer más estricta una de las medidas que ya rigen en el territorio provincial.

En el gobierno de Mendoza analizan la posibilidad de avanzar con una nueva medida para limitar la circulación del virus en la que no descartan ampliar la restricción de las compras por DNI a toda la semana.

Actualmente, está estipulado que los días lunes y miércoles puedan hacer compras las personas con DNI terminado en 1, 2, 3, 4 y 5 mientras que martes y jueves es el turno de quienes tienen documento finalizado en 6, 7, 8, 9 y 0. Sin embargo, eso podría cambiar en las próximas horas.

Específicamente, se escucharía uno de los reclamos que han expresado algunos intendentes y las compras por DNI se extenderían también al resto de los días de la semana. Es decir, viernes, sábados y domingos también regiría la restricción.

En el gobierno entienden que sería una medida que ayudaría a bajar un poco más la circulación sin afectar las actividades económicas y está siendo analizada.

Una por una las nuevas restricciones que dispuso el Gobierno de San Juan

La provincia de San Juan adhirió al DNU 0235-2021, dictado por el Presidente Fernández, y adoptó adicionalmente algunas medidas, teniendo en cuenta lo acordado en la reunión extraordinaria del Acuerdo San Juan.

Las medidas entrarán en vigencia a las 00 horas de este sábado 10 de abril de 2021 y tienen por objeto cuidar la salud de sanjuaninos y sanjuaninas, como así también proteger la economía provincial.

1. Fortalecer el control: del estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones del Comité Covid San Juan, debiéndose atender las siguientes reglas de conducta personal:

  • Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de dos (2) metros.
  • Utilizar tapabocas en espacios compartidos de manera correcta y permanente.
  • Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
  • Higienizarse asiduamente las manos y usar alcohol.
  • Toser o estornudar en el pliegue del codo.
  • Evitar aglomeraciones.
  • Evitar espacios cerrados sin ventilación.
  • Cumplir el aislamiento de los casos positivos y contactos estrechos.

2. Restricción nocturna: restringir los horarios de funcionamiento para bares, restaurantes, cines y teatros, los que de domingo a jueves deberán cerrar sus puertas a las 00 horas, debiendo quedar los locales vacíos desde las 01 hasta las 06 horas.

Los días viernes y sábado el horario de cierre será a la 01, debiendo quedar los locales vacíos desde las 02 hasta las 06 horas.

3. Actividades y reuniones en domicilios particulares quedan limitadas a 10 personas, con el debido cumplimiento de los protocolos vigentes.

4. Circulación de personas: se restringe la circulación de personas de 01 a 06 de la mañana de domingo a jueves y de 02 a 06 de la mañana los días viernes y sábado.

Los trabajadores esenciales quedan exceptuados de esta medida.

5. Movilidad y transporte: se escalonará la movilidad de la población para evitar que se genere aglomeración de trabajadores, estudiantes, docentes y ciudadanos, estableciéndose franjas horarias para el comercio y la administración pública.

  • Comercio: desde las 9 hasta las 20 horas.
  • Administración Pública: desde 08 hasta las 19 horas, salvo trabajadores esenciales.

6. Desdoblamiento de horarios: el Poder Ejecutivo promoverá el desdoblamiento de horarios para evitar aglomeraciones en lugares cerrados y saturación en el transporte público de pasajeros. Se invita a acompañar la medida a los Poderes Legislativo, Judicial y a los municipios.

7. Fiscalización, inspecciones y controles: se van a reforzar los controles en el espacio público, en las zonas comerciales y gastronómicas y en el transporte público para garantizar el cumplimiento de los protocolos y que las distintas actividades puedan seguir funcionando de manera segura. Siendo solidariamente responsables todos los actores de cada uno de los sectores.

8. Ocupación de las superficies cerradas: se reduce a un máximo del 40% en relación con la capacidad habilitada, en todos los espacios cerrados, con la debida ventilación.

9. Personas en situación de mayor riesgo: continúa la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo, para las personas alcanzadas por los términos de la Resolución N° 207/20 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, sus normas complementarias, modificatorias y las que en lo sucesivo se dicten.

10. Teletrabajo: se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad. Se busca reducir al máximo posible la cantidad de personas en los lugares cerrados.

11. Campaña de prevención masiva: se fortalecerán las acciones de prevención involucrando a todos los sectores y ámbitos, tanto públicos como privados. Los controles se realizarán con la colaboración y compromiso de las asociaciones e instituciones.

12. Revisión de protocolos existentes: se dispone la revisión de todos los protocolos existentes bajo el criterio de disminuir la circulación y las aglomeraciones de personas, y con el objetivo de disminuir la transmisión del virus, evitar la saturación del sistema de salud, preservar la presencialidad de la educación y proteger la economía.

13. Brigadas Covid municipales: se solicita a los municipios el fortalecimiento y despliegue de las brigadas Covid municipales a fin de incrementar los controles preventivos.

14. Actividades suspendidas: quedan suspendidas las actividades masivas, los espectáculos masivos y las reuniones sociales masivas. También se suspenden los viajes grupales de todo tipo.

Preocupación del sector gastronómico ante las nuevas restricciones

Las pizzerías, casas de empanadas, hoteles, bares, restaurantes, heladerías, franquicias, y cadenas de comidas rápidas manifiestan su preocupación por la situación del sector gastronómico y el impacto de las nuevas restricciones.

Distintas asociaciones del sector gastronómico manifestaron su preocupación por las nuevas restricciones comunicadas por las autoridades nacionales.

"Con un nivel de ventas que aún no logra superar el 50% de la situación prepandemia, la nueva restricción pondría en peligro las fuentes de trabajo y la sustentabilidad de todo el sector", explicaron.

"Durante 2020, el Gobierno Nacional ha instrumentado una serie de herramientas de ayuda que han logrado sostener miles de puestos de trabajo, mientras que muchas otras empresas han cerrado sus puertas, dejando al sector en una situación de precariedad y emergencia económica. Los gastronómicos todavía atraviesan una profunda crisis", argumentaron desde el sector.

Una fracción del sector de la gastronomía comprende la necesidad de hacer efectivas las medidas impulsadas por el Gobierno nacional frente al incremento abrupto de casos positivos de coronavirus y la consecuente entrada en la segunda ola, pero exigen que estas sean acompañadas de políticas de apoyo para el sostén del sector.

"El mensaje anunciado por el gobierno no beneficia a las pizzerías y casas de empanadas, ya que el 70% de la facturación de nuestro sector se da por la noche. Sabemos que el aumento de casos obligó a tomar medidas drásticas como sucede en distintos países del mundo y acompañaremos las mismas", dijo Lorena Fernández, al frente de la Asociación de Propietarios de Pizzerías, Casas de Empanadas y Actividades Afines.

En esta línea, Susana Perrotta, titular de Asociación Argentina de Marcas y Franquicias, agregó que "nos preocupa mucho el impacto que tendrá sobre un sector que ya está en estado crítico y que resultó uno de los rubros que más pérdidas sufrió tras un año de pandemia. Esperamos que, así como sucedió durante el cierre de más de 150 días en 2020, las autoridades acompañen con medidas que aminoren el impacto".

También, hay quienes no están de acuerdo con las nuevas restricciones. Uno de ellos es Gabriel Famá, presidente de la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados.

Al igual que sus colegas, Famá sostiene que "la situación del rubro es delicada y la pandemia aceleró en muchos casos el cierre de los locales que ya venían golpeados por los avatares de la economía del país". "Dependiendo la zona, tuvimos entre un 20% y 40% de menores ingresos, además que la materia prima se encareció muchísimo en este último tiempo", aseguró.

Y agregó que "si bien la asistencia del Gobierno nacional con los ATP y el porteño con la exención del pago de ingresos brutos fue una ayuda, desde la Asociación manifestamos la necesidad de poder trabajar sin nuevas restricciones y cumpliendo, como siempre, con todas las medidas de prevención y protocolos vigentes. Si no trabajamos de noche será inviable que nuestras heladerías y fuerza laboral subsista".

Las entidades que hicieron circular su preocupación ante las restricciones para el sector gastronómino son La Asociación de Propietarios de Pizzerías y Casas de Empanadas, Asociación Fabricantes Artesanales de Helados, la Cámara de Servicios Rápidos de Comida, Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés y la Asociación Argentina de Marcas y Franquicias.

El Gobierno publicó el DNU con las nuevas restricciones ante la segunda ola de coronavirus

Establece las "medidas generales de prevención y las disposiciones locales y focalizadas de contención". Rigen a partir de este jueves a la medianoche.

El Gobierno nacional publicó el DNU que establece las nuevas restricciones para contener los contagios en la segunda ola de coronavirus. Las medidas regirán desde este viernes a las 00 horas en toda Argentina y como principal punto está la prohibición de circular entre la medianoche y las 6 horas.

Se aplicarán las siguientes medidas en la Ciudad de Buenos Aires, el Conurbano bonaerense y otros distritos del país que tengan de alto riesgo epidemiológico por Covid-19.

  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
  • Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.
  • Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  • Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23.00 horas.
  • Se prohíbe la circulación entre las 00 y las 6 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
  • Específicamente, en el AMBA solo podrán usar el transporte público de pasajeros trabajadores considerados esenciales, toda la comunidad educativa y aquellos que ya fueron expresamente autorizados.
  • Estas medidas de cuidado estarán vigentes desde las 0 horas de este viernes 9 de abril hasta el 30 de abril.
  • Quedan suspendidos en todo el país los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.

El DNU, que tiene una extensión de 18 páginas, establece en las zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23.00 y se prohíbe la circulación entre las 00 y las 6 de la mañana de cada día, período en el que solo podrán estar en la calle los trabajadores esenciales.

Reunión en Seguridad para diagramar los controles sobre las restricciones

Este jueves, la Ministra de Seguridad Sabina Frederic mantuvo una reunión con los jefes de las cuatro fuerzas federales (Policía Federal, Gendarmería, Prefectura y Policía de Seguridad Aeroportuaria) con el propósito de definir operativos de control sobre la circulación nocturna, el transporte y los argentinos que lleguen desde el exterior. 

Otra de las medidas trascendentes es la prohibición de las actividades sociales en domicilios particulares del AMBA y zonas de alto riesgo epidemiológico.

"Muchos de los contagios se producen en reuniones dentro de las casas, donde la gente se relaja y el Estado no puede llegar con protocolos", precisó Vilma Ibarra, secretaria Legal y Técnica de la Nación.

Las reuniones sociales solo podrán realizarse en espacios abiertos, con un máximo de 20 personas. Los habitantes del AMBA y zonas en rojo podrán reunirse también en bares y restaurantes con aforo del 30% hasta las 23 horas, hora en que deberán cerrar, de acuerdo con lo establecido en el DNU.

En tanto, en las zonas que no se encuentren dentro de los parámetros para ser consideradas de alto riesgo epidemiológico, se permiten las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de hasta de diez personas.

El aforo del 30% incluirá también a los eventos culturales, sociales, religiosos, y a los encuentros en cines, teatros y clubes.

A través del documento, quedan suspendidos para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

Además, se suspenden las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.

"Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, según corresponda", aclara el DNU.

En el artículo 10, se indica que "se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico".

"Los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, podrán suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarlas, conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente", señala el texto.

Por otra parte, indica que "se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad".

Respecto del traslado de trabajadores en el AMBA, establece que "siempre que la presencialidad sea requerida por el empleador o la empleadora, este o esta deberá garantizar el traslado de los trabajadores y de las trabajadoras sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros", excepto en personal esencial y quienes se desarrollan en la actividad educativa.