Distintas entidades bancarias consultadas por este diario confirmaron que estaban adecuando sus sistemas al nuevo escenario, y que la operación volverá a estar habilitada en el transcurso de esta semana.
Desde que rigen las nuevas medidas dictadas por el Banco Central de la República Argentina, es el cuarto día en que los bancos siguen con sus operaciones de compra y venta de dólares suspendidas.
Esto se debe a la necesidad de ajustar sus sistemas a las nuevas normativas. Desde el sector bancario señalan que se irá normalizando durante esta semana.
La norma precisa que "las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta de Bienes Personales para los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y que no resultan responsables de Ganancias".
La percepción se calcula sobre el monto en moneda extranjera de la operación, sin contar el Impuesto PAIS. Cuando los anticipos realizados por un individuo superen el monto correspondiente a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado.
El Central dispuso que "los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones, que no sean contribuyentes de Ganancias o, en su caso, de Bienes Personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción".
La resolución puntualiza que "no se encuentran sujetas al presente régimen de percepción las operaciones de gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos".
Tampoco se encuentran alcanzados "los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la ciudad de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino".
Del mismo modo, quedan exentas las operaciones de "adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población".
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