Con media sanción de Diputados, la Cámara alta iniciará el tratamiento de la iniciativa desde la comisión de Trabajo y Previsión Social que conduce el pampeano Daniel Lovera.
El Senado de la Nación debate este jueves la Ley de Teletrabajo, donde expone el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y representantes de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina y de la Central de Trabajadores de la Argentina.
La iniciativa, avalada por amplia mayoría por la Cámara de Diputados, establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.
La normativa comenzará a ser discutida a las 11 en la reunión de la comisión de Trabajo y Previsión Social, que conduce el senador por La Pampa Daniel Lovera, en la que no se descarta incluir modificaciones al texto aprobado por la Cámara de Diputados el 25 de junio pasado.
Claves del proyecto
Jornada laboral: en su artículo 4° se precisa que "la jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos".
Derecho a la desconexión digital: el artículo 5° marca que "la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias. No podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho".
Tareas de cuidados: el siguiente punto precisa que "las personas que trabajen bajo esta modalidad y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y a interrumpir la jornada".
Voluntariedad: se plantea que "el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito".
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