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Agostina Páez deberá esperar para volver a Argentina hasta el fallo definitivo

La abogada de Santiago del Estero, condenada a 2 años de prisión en suspenso por injuria racial, deberá permanecer en Brasil al menos otros 15 días. Sus familiares se habían esperanzado con que regresara la próxima semana.

La abogada argentina Agostina Páez deberá esperar para volver a Argentina hasta que la Justicia brasileña dicte una resolución definitiva, tras condenarla a dos años de prisión suspendido por el delito de injuria racial.

La querella y el Ministerio Público Fiscal habían aceptado que la letrada retorne a la provincia de Santiago del Estero, donde iba a aguardar el fallo final del juez Guilherme Schilling Pollo Duarte, a cargo del Tribunal Penal número 37, quien mantuvo las restricciones sobre la implicada.

Páez permanecerá en el país limítrofe al menos otros 15 días hasta conocer la sentencia y será monitoreada con una tobillera electrónica.

Hasta el momento, se desconoce de la caución que deberá pagar la joven de 29 años y las tareas comunitarias.

Gobierno nacional apelará el fallo que ordenó aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad

La administración nacional recurrirá la decisión de un juzgado federal que dejó sin efecto la paralización de la norma sancionada por el Congreso.

El Gobierno nacional confirmó que apelará el fallo judicial que dejó sin efecto el artículo central del Decreto 681/2025 y ordenó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso el año pasado.

La presentación será elevada ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.

La decisión busca revertir la resolución del Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, que declaró inválida la suspensión de la norma y dispuso su plena vigencia. Desde el Poder Ejecutivo sostienen que el fallo implica una intromisión en atribuciones propias del Ejecutivo, especialmente en lo referido a la administración del gasto público y la elaboración del presupuesto.

En la Casa Rosada remarcan que la ley fue aprobada sin detallar las fuentes de financiamiento, un punto que, según argumentaron, vuelve inviable su implementación en los términos ordenados por la Justicia.

En ese sentido, advierten que cumplir con la norma podría poner en riesgo el equilibrio fiscal, uno de los ejes centrales del programa económico oficial.

La Ley de Emergencia en Discapacidad declara la emergencia del sector hasta el 31 de diciembre de 2027.

Si bien fue promulgada, el Ejecutivo dispuso luego su suspensión mediante el Decreto 681/2025, al considerar que el Congreso no había establecido cómo afrontar el costo de las medidas previstas.

Esa decisión generó fuertes reclamos de familias, organizaciones y prestadores, que denunciaron el impacto directo en tratamientos y servicios.

Tras un amparo presentado por dos familias con hijos con Certificado Único de Discapacidad, la Justicia ordenó la aplicación inmediata de la ley y sostuvo que los derechos a la salud, la educación y la rehabilitación deben prevalecer por sobre las restricciones presupuestarias.

Ahora, la Cámara Federal de San Martín deberá definir si mantiene ese criterio o si avala la postura del Gobierno respecto del financiamiento y las competencias entre poderes.

Este martes se conocerá el fallo del juicio por la desaparición de Tellechea

A 21 años de la desaparición forzada del ingeniero Raúl Tellechea, hecho que sucedió en San Juan durante el Gobierno peronista de José Luis Gioja, este martes 21 de octubre, a las 12.30 horas, se conocerá la sentencia del Juicio Oral y Público. El fallo será leído en el Juzgado Federal, ubicado en Mitre y avenida Rioja.

El Juzgado Federal informó que se dictará el veredicto en el juicio por la desaparición forzada de Tellechea, ocurrida el 28 de septiembre de 2004.

Luego de una lucha infatigable, donde algunos periodistas y medios jugaron en favor del encubrimiento del caso, y optaron por cubrir Gioja, ya que tres funcionarios de su gobierno están imputados en la causa, hubo cuestionamientos de la familia del desaparecido hacia la Justicia local, es por ello que el juicio se trasladó al fuero federal en el año 2022.

Los imputados son: Alberto Flores, Mario León, Miguel González, Luis Alonso, Juan Marcelo Cachi, Eduardo Oro, Miguel del Castillo, Luis Moyano y Aurora Ahumada.

La Causa Tellechea

Es preciso recordar que el abogado de la familia Tellechea, Conrado Juárez Jofré, solicitó la pena de prisión perpetua para 7 de los 10 imputados.

La perpetua se solicitó para Luis Moyano, Miguel del Castillo, Luis Alonso y Eduardo Oro, exdirectivos de la Mutual de la UNSJ, donde Raúl Tellechea trabajaba.

Se sospecha, según testimonios de la familia del desaparecido, que Tellechea tuvo un conflicto previo con los imputados de la exmutual.

Además, se pidió la pena máxima para el expolicía Alberto Lali Flores, señalado como apretador de testigos y por haber brindado sus servicios para la desaparición.

El exjefe de Policía, Miguel González, y el exjefe del área Seguridad Personal de la Policía, Mario León, también imputados en la causa, están señalados de usar sus influencias como autoridades de jerarquía dentro de la Policía de San Juan para desviar la investigación judicial durante el Gobierno del peronista Gioja.

También está implicada la exempleada de la Mutual de la UNSJ, Isabel Ahumada, sindicada presuntamente de desviar la investigación penal, sembrando pistas falsas y afirmando que Tellechea no había desaparecido, sino que se había fugado por una supuesta defraudación. Para esta mujer, el abogado querellante pidió 10 años de prisión efectiva.

Respecto del resto de los acusados, el abogado Suárez Jofré no avanzó en la acusación del arrepentido Sebastián Cortez Paéz y del exsecretario del Consejo Superior de la UNSJ, Juan Marcelo Cachi.

Cortez Paéz había declarado durante la investigación que Tellechea falleció mientras lo tenían en cautiverio, y que fue enterrado en las playas del Dique de Ullum, versión que no se pudo confirmar nunca.

El otro, Cachi, habría incurrido en lo mismo que la empleada de la Mutual, Isabel Ahumada, sembrando pistas falsas.

Gobierno nacional apeló el fallo por la reimpresión de boletas en provincia de Buenos Aires

El Gobierno de Javier Milei apeló formalmente el fallo de la Justicia Electoral, luego de que esta rechazara la solicitud de reimpresión de las Boletas Únicas de Papel. "Candidaturas verdaderas y no ficticias", argumentaron.

El Gobierno de Javier Milei finalmente apeló de manera formal el fallo de la Justicia Electoral, la cual rechazó la solicitud de reimpresión de las Boletas Únicas de Papel para las Elecciones 2025 en provincia de Buenos Aires, que tendrán lugar el domingo 26 de octubre en todo el país.

Fue ante la Cámara Nacional Electoral donde se llevó a cabo el pedido y, ahora, el tribunal deberá definir si prevalece la integridad operativa del cronograma electoral o el principio de representación efectiva de los candidatos.

El principal argumento que se utilizó para poder llevar adelante esta presentación, a la espera de una resolución favorable, es que se buscan "candidaturas verdaderas y no ficticias".

En este sentido, el escrito presentado sostiene que existen precedentes de jurisprudencia y recursos técnicos que harían viable la reimpresión, incluso con los plazos ajustados.

En esta sintonía, desmintió que el operativo logístico resulte imposible si las autoridades gestionan las partidas presupuestarias disponibles.

Además, advirtió que la falta de actualización lesiona la representación democrática y puede inducir a error a miles de bonaerenses que votarán con boletas que ya no reflejan la situación real de los partidos.

Cómo fue el pedido de reimpresión de boletas únicas

Vale aclarar que este reclamo de La Libertad Avanza surgió a raíz de la renuncia y baja de José Luis Espert como cabeza de la lista. Su salida se dio luego de una acusación e investigación por su relación con un empresario investigado por narcotráfico y lavado de activos. 

En cuanto a lo sucedido en las boletas, el tribunal bonaerense rechazó el pedido en primera instancia y argumentó que esta reimpresión masiva era "material, temporal y jurídicamente inviable".

El fallo fue firmado por los Jueces Jorge Eduardo Di Lorenzo, Hilda Kogan y Alejo Ramos Padilla.

Informes del Ministerio del Interior estimaron que el costo de la eventual reimpresión sería de $12.169.655.000, además del gasto, el proceso demoraría no menos de nueve días, generando un riesgo para la correcta celebración de los comicios y el principio de igualdad entre las fuerzas.


La Justicia falló a favor de Icardi en la causa por violencia infantil

El futbolista celebró la decisión del juez y apuntó contra su expareja, Wanda Nara.

La Justicia argentina falló a favor de Mauro Icardi en la causa por violencia infantil a uno de los hijos de Wanda Nara y Maxi López, tras señalar que no existen suficientes pruebas para condenarlo.

Así lo informó Naiara Vecchio en La Posta del Espectáculo, de la TV Pública, quien leyó en vivo el reciente fallo y destacó el término "inexistencia de delito".

"El fiscal de Género de Tigre archivó la causa donde estaba la denuncia de Maxi López y Wanda Nara contra Mauro Icardi, por violencia contra uno de sus hijos, por falta de mérito", indicó.

"Dispongo proceder al archivo de las presentes actuaciones hasta que se recopile nuevos fundamentos", justificó el juez.

El supuesto hecho de violencia hacia el hijo de Nara y López se dio a conocer a razón de una entrevista del menor con la psicóloga del colegio donde asiste, en la cual habría confesado que su padrastro en ocasiones ejercía violencia física cuando su madre no estaba presente.

A partir de eso, la institución presentó la denuncia correspondiente con el apoyo de los padres, Wanda Nara y Maxi López. Finalmente, quedó archivada.

La reacción del futbolista ante el fallo a su favor

A pesar de haber dejado su vida mediática detrás, Mauro Icardi volvió a publicar uno de sus descargos a penas se enteró del fallo.

Con una imagen de una "causa penal" archivada, el futbolista aprovechó la oportunidad para volver a remarcar las "falsas denuncias" de parte de su expareja.

"Me dicen que cucaracha que la causa fue archivada. Les sorprende? A mi no!!! Otro invento, otra mentira, otra falsa denuncia", dijo el futbolista.

Si bien celebró que la Justicia desestime la denuncia, lamentó que su expareja busque perjudicarlo utilizando a sus hijos.

"¿Cuál será la próxima? Lo único que espero es que no sigan usando a 5 menores porque el daño es irreparable. Se siguen cayendo las caretas poco a poco! Les mando un beso", continuó.

Juicio por YPF: un grupo de países respaldó a Argentina en el rechazo al fallo que obliga a entregar acciones

Ecuador, Chile, Uruguay, Italia, Ucrania y Rumania buscan evitar que la Corte de Apelaciones ratifique el fallo de Loretta Preska, que obliga al país entregar el 51% de la participación estatal en la petrolera.

Ecuador, Chile, Uruguay, Italia, Ucrania y Rumania se sumaron a la defensa de Argentina en el juicio por YPF.

El respaldo llegó mientras la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos decide si ratifica el fallo de la Jueza, Loretta Preska, que le ordena al Estado argentino entregar el 51% de las acciones de la petrolera.

Según el especialista de Latam Advisor, Sebastián Maril, estos países "se han presentado para apoyar a la Rep. Argentina en su defensa para evitar que la Corte de Apelaciones ratifique el fallo de la Jueza Loretta Preska que obliga al país entregar las acciones de YPF a los beneficiarios del fallo".

De esta manera, se refuerza la estrategia argentina basada en que la ejecución de la sentencia afectaría su soberanía económica.

Torres, Cornejo y Vidal pidieron ser querellantes

El pasado lunes 29 de septiembre, los gobernadores de Chubut, Ignacio Nacho Torres; de Mendoza, Alfredo Cornejo, y de Santa Cruz, Claudio Vidal, se presentaron en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°4 de Comodoro Py para constituirse como querellantes en la causa que investiga supuestas irregularidades en el ingreso de la familia Eskenazi a YPF en 2007.

"Las provincias productoras somos accionistas de YPF y vamos a agotar todos los recursos para defender lo que nos pertenece", afirmó Torres, quien advirtió que, de ser necesario, acudirán también al Departamento de Justicia de Estados Unidos para pedir la suspensión de la acción civil hasta tanto se resuelva la causa penal.

El mandatario chubutense subrayó que "ir contra esa operación podría modificar todo lo que siguió", en alusión al fallo de la Jueza neoyorkina Loretta Preska que ordenó a la Argentina pagar más de 16.000 millones de dólares y entregar el 51% de las acciones de YPF a los fondos Burford y Eton Park.

Torres recordó que el Grupo Petersen se hizo del 25% de YPF apalancado en dividendos futuros y que, tras la expropiación del 51% en 2012, transfirió su reclamo al fondo Burford Capital, que llevó adelante la demanda contra el Estado argentino en Nueva York.

"El 49% de esas acciones expropiadas pertenecen a las provincias productoras de petróleo", advirtió.

Argentina inició la apelación del fallo por las acciones de YPF

Buscará revocar el fallo que obliga al país a pagar con acciones de la petrolera.

Argentina inició el proceso de apelación del fallo que la obliga a pagar con acciones de YPF la sentencia condenatoria por U$S16.000 millones por la nacionalización de la empresa.

Según el especialista Sebastián Maril, la presentación ante la Cámara de Apelaciones se centra en cuatro puntos.

  1. La justicia Estados Unidos no puede obligar a un país soberano repatriar sus activos ubicados en el exterior.
  2. La Juez Loretta Preska aplicó erróneamente la Ley del Estado de Nueva York, CPLR 5.225, sobre el trato de estos activos ubicados en el exterior.
  3. Utiliza la Ley de Inmunidad Soberana como protección para que el país no se vea obligado a entregar las acciones de YPF.
  4. Invoca las relaciones diplomáticas entre dos naciones amigas y las consecuencias diplomáticas de obligar al país entregar sus activos.

Se estima que la definición de este proceso podría darse en el primer trimestre de 2026.

En esta causa, el gobierno de los Estados Unidos se presentó como amicus curiae de Argentina y argumentó que la orden del tribunal de transferir acciones de YPF por parte del Estado argentino, aún cuando esas acciones estén fuera del territorio estadounidense, podría vulnerar los límites legales de ejecución de bienes de estados extranjeros que estableció la Foreign Sovereign Immunities Act.

Además, consideró que ese tipo de decisiones podrían tener ramificaciones negativas en las relaciones exteriores de Estados Unidos y afectar el trato recíproco de sus bienes o activos ante cortes en otros países.

Asimismo, añadió que, si Argentina cumple la orden de entregar las acciones sin que la apelación del fallo primario esté decidida, podría sufrir un daño irreparable: incluso si luego consigue un fallo favorable, podría perder la posibilidad de recuperar esas acciones entregadas.

Adorni sobre el fallo de YPF: "Décadas de gestiones decadentes nos trajeron hasta acá, nunca más"

La Justicia de Estados Unidos suspendió la entrega de acciones de YPF. 

El Vocero Presidencial, Manuel Adorni, celebró la decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York de mantener en suspenso la entrega de acciones de YPF, y cargó contra el kirchnerismo por sus "gestiones decadentes" y su "intervencionismo".

"Día clave en el juicio YPF. La Corte de Apelaciones de NY otorgó la suspensión en la entrega del 51%. Décadas de intervencionismo y gestiones decadentes nos trajeron hasta acá: nunca más. Fin", manifestó en sus redes.

De esta manera, el funcionario cargó contra el segundo mandato de la expresidenta Cristina Kirchner, en donde se realizó la expropiación de la petrolera y, en 2012, se embargó el 51% de las acciones de YPF que estaban en manos de Repsol.

La Corte de Apelaciones de Nueva York, en Estados Unidos, resolvió mantener en suspenso la orden de la Jueza Loretta Preska de entregar las acciones de la empresa petrolera como pago, en el juicio por la estatización del 51% de la empresa petrolera.

Así lo informaron las autoridades de esa corte neoyorquina este viernes.

Causa YPF: la Justicia de Estados Unidos pidió los celulares de Luis Caputo y Sergio Massa

La Jueza Preska ordenó entregar los chats de funcionarios y exfuncionarios.

La batalla judicial por la expropiación de YPF en los tribunales de Nueva York sumó un nuevo capítulo de máxima tensión: mientras Argentina presentaba sus argumentos para evitar la entrega de acciones de la petrolera, la Jueza Loretta Preska ordenó al país entregar el contenido de las comunicaciones de WhatsApp de funcionarios y exfuncionarios, incluyendo al actual Ministro de Economía, Luis Caputo, y a su antecesor, Sergio Massa.

Según supo Noticias Argentinas, la orden se conoció después de que los abogados del Estado argentino presentaban un escrito ante la Corte de Apelaciones para sostener la suspensión del fallo de Preska que obliga a ceder el control de YPF.

En su presentación ante la Cámara de Apelaciones, Argentina advirtió que ejecutar la orden de entrega de las acciones de YPF "causaría un daño irreparable a la República" y "podría desatar un conflicto diplomático significativo" con Estados Unidos.

El escrito, al que tuvo acceso el experto Sebastián Maril, sostiene que la orden de Preska "vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero" y contradice la ley estadounidense, ya que las acciones de YPF se encuentran en territorio argentino.

Además, el Gobierno remarcó que el interés público se ve favorecido por la suspensión, ya que la ejecución del fallo afectaría a YPF, a sus accionistas y al pueblo argentino.

Ahora, la Corte de Apelaciones deberá decidir en los próximos días si mantiene la orden de Preska o si hace lugar al pedido argentino de suspenderla durante todo el proceso de apelación.

Caso YPF: Gobierno presentó los argumentos para evitar entregar el 51% de acciones

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York no tiene tiempos para decidir sobre la cuestión.

Argentina presentó ante la Corte del Segundo Circuito de Nueva York sus argumentos para que defina la suspensión de la entrega del 51% de las acciones que el Estado tiene en YPF.

Con la respuesta formal, el Gobierno tiene como objetivo suspender de forma definitiva y sin condiciones el fallo de primera instancia que en 2023 firmó la Jueza, Loretta Preska, en el que obliga a pagar una indemnización que supera los U$S16.000 millones.

El Estado argentino elevó sus escritos de réplica en respuesta a los presentados por los demandantes el pasado 17 de julio, en el marco de los casos Petersen/Eton Park y Bainbridge.

A partir de esta acción, se buscará que el tribunal superior extienda la suspensión de la entrega de acciones de YPF durante todo el tiempo que dure el proceso de apelación de fondo.

Actualmente la pausa estipulada para cumplir el dictamen se limita al lapso que dure las actuales presentaciones de las partes.

Este cambio de posicionamiento de los beneficiarios del juicio por la expropiación de YPF, que obliga a Argentina a pagar U$S16.100 millones, se da tras el apoyo legal del Gobierno estadounidense a la posición argentina mediante un amicus.

Argumentos de Argentina en la apelación por el caso YPF

Según pudo saber Ámbito, en el caso Petersen/Eton Park, la presentación de Argentina destaca los siguientes puntos:

  • Tal como lo ha reconocido el propio Gobierno de los Estados Unidos, la orden de entrega de las acciones de YPF vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero.
  • La orden contradice lo dispuesto por la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos, ya que las acciones de YPF: se encuentran en territorio argentino, no han sido utilizadas por la República para actividades comerciales en los Estados Unidos, ni han sido empleadas en la actividad comercial que sirve de base a la demanda.
  • La orden también vulnera principios de cortesía internacional, al exigir a la República que incumpla su propia legislación interna.
  • Los demandantes no lograron demostrar la existencia de un perjuicio en caso de que se suspenda la entrega de las acciones. La ley argentina prohíbe su venta sin la aprobación de dos tercios del Congreso Nacional, lo que impide cualquier riesgo de "disipación" de los activos.
  • Los demandantes tampoco demostraron que la República no sufriría un daño irreparable si la orden no se suspende. La transferencia de las acciones implicaría la pérdida del control estatal sobre la principal empresa energética del país. Si las acciones fueran vendidas, el perjuicio sería irreversible, incluso si Argentina resultara finalmente vencedora en la apelación.
  • El interés público se ve claramente favorecido por la suspensión de la medida. La ejecución de la orden afectaría a terceros, incluyendo a YPF, sus accionistas y al pueblo argentino, comprometería las relaciones bilaterales con Estados Unidos y podría generar represalias judiciales contra ese país en el extranjero, tal como advirtió el propio Gobierno estadounidense.

En tanto, en la presentación del caso Bainbridge, el Gobierno sostiene que:

  • La parte actora no logró justificar la necesidad de una garantía. La legislación argentina garantiza por sí misma el mantenimiento del statu quo, ya que, sin aprobación del Congreso, las acciones no pueden ser transferidas.
  • La actora no demostró que sufriría un perjuicio si se suspende la entrega de las acciones.
  • Tampoco acreditó que la República Argentina no enfrentaría un daño irreparable si la orden se ejecuta. La pérdida de las acciones de YPF implicaría un perjuicio irreversible para el país.

Estrategia del Gobierno para evitar el desacato

En caso de que el pedido judicial sea rechazado, la orden de Preska se reactivará, obligando a Argentina a cumplir para no enfrentar el riesgo de desacato que puede conllevar efectos negativos en los mercados internacionales.

La declaración de desacato en Estados Unidos hace referencia a la desobediencia de un fallo judicial y aunque no está previsto para un Estado, puede derivar en una multa y significar otro aliciente negativo que dañe la credibilidad en Argentina de la comunidad global y organismos crediticios, dificultando el acceso a los mercados internacionales.