Etiqueta: Juicio

La Corte Suprema rechazó el per sáltum de Google en el caso con Cristina

El máximo tribunal lo declaró inadmisible luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones declaró inapelable la medida presentada por la vicepresidenta Cristina Kirchner.

Los jueces de la Corte Suprema rechazaron por unanimidad el per sáltum que el gigante tecnológico Google presentó en el caso donde Cristina Kirchner demandó a la empresa por información sobre su persona que apareció en los buscadores.

El máximo tribunal, por unanimidad, declaró "inadmisible" el recurso extraordinario por salto de instancia interpuesto por Google, que pretendía frenar una pericia informática.

"Dicho recurso fue dirigido contra la resolución de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, que declaró inapelable la medida de prueba anticipada requerida por Cristina Elisabet Fernández de Kirchner contra Google", expresó la Corte Suprema de Justicia.

Sobre la base de sus precedentes, el alto tribunal señaló que "resulta inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia cuando, como en el caso, se promueve contra una sentencia dictada por el superior tribunal de la causa".

Los abogados de la vicepresidenta pidieron conservar todos los datos asociados a su nombre desde el 17 de mayo de 2020 hasta el día en que se realice una pericia informática luego de que figurara en los buscadores como "Ladrona de la Nación Argentina".

Charlie Hebdo volvió a publicar caricaturas de Mahoma

La revista francesa explicó que le dedica la tapa al profeta árabe en el inicio del juicio contra los atacantes. "Todo eso por esto", titula la portada. Habrá 14 personas sentadas en el banquillo.

La revista satírica francesa Charlie Hebdo volvió a publicar los dibujos del profeta Mahoma, caricaturas que en 2015 motivaron un brutal ataque terrorista a sus oficinas, hace cinco años.

La republicación llega un día antes del inicio del juicio a 14 personas acusadas de ayudar a los dos atacantes islamistas que realizaron la masacre el 7 de enero de 2015 en París.

En el atentado murieron 12 personas, incluidos varios de los caricaturistas más conocidos de Charlie Hebdo. Otras 5 personas murieron en ataques relacionados en la capital francesa días después.

En la portada de su más reciente edición vienen las 12 caricaturas originales del profeta Mahoma que fueron publicadas en un periódico danés antes de aparecer en Charlie Hebdo.

El titular de la edición dice: "Tout ça pour ça" ("Todo eso por esto"). En el editorial de este número, la revista dice que desde los atentados de 2015 a menudo se le ha pedido que continúe imprimiendo caricaturas del profeta.

"Siempre nos hemos negado a hacerlo, no porque esté prohibido, la ley nos lo permite, sino porque se necesitaba una buena razón para hacerlo, una razón que tenga sentido y que aporte algo al debate", señala.

"Reproducir estas caricaturas en la semana en que se abre el juicio a los ataques terroristas de enero de 2015 nos pareció esencial", añade.

Cómo fue el atentado

Los hermanos Said y Cherif Kouachi irrumpieron el 7 de enero de 2015 en las oficinas de Charlie Hebdo y abrieron fuego indiscriminadamente.

Esto causó la muerte del editor Stéphane Charbonnier, conocido como Charb, otros cuatro dibujantes, entre ellos Cabu, además de dos columnistas, un editor de textos, un invitado que asistía a la reunión y un conserje. También murieron el guardaespaldas del editor y un policía.

Mientras la Policía buscaba a los dos hermanos, que finalmente fueron abatidos, comenzó otro asedio en el este de París: Amedy Coulibaly, que era una conocida de los hermanos Kouachi, mató a una mujer policía antes de tomar como rehenes a varias personas en un supermercado judío.

Mató a cuatro hombres el 9 de enero antes de ser asesinada a tiros en un enfrentamiento con la Policía. En una grabación de video, Coulibaly dijo que los ataques se llevaron a cabo en nombre del autodenominado Estado Islámico.

Tras el ataque, miles de personas salieron a las calles en protesta y el hashtag #JeSuisCharlie (Yo Soy Charlie) comenzó a ser tendencia en todo el mundo.

El juicio

Las 14 personas que van desde este miércoles a juicio están acusadas de obtener armas y brindar apoyo logístico a los atacantes de las oficinas de Charlie Hebdo en París, así como de los posteriores ataques a un supermercado judío y a un agente de la policía.

De ese grupo, tres personas están siendo juzgadas en rebeldía, ya que se cree que huyeron al norte de Siria o Irak.

Prohibieron acercarse a su esposa al astrónomo Hugo Levato

Tras el funesto episodio de hace unos días, donde el prestigioso doctor en Astronomía fue detenido tras golpear a su esposa, se realizó este viernes la audiencia de Flagrancia.

Este viernes 21 de agosto fue la audiencia de Hugo Levato, quien quedó hace días por golpear y amenazar a su esposa, Patricia Coria.

Luego de la audiencia de flagrancia, el Juez Eduardo Raed determinó para Hugo Levato "arresto domiciliario, exclusión de hogar, prohibición acercamiento y de todo tipo de contacto" con la víctima, quien fuera golpeada en la vía pública.

Por su parte autorizaron al acusado a sacar sus elementos personales de la casa que compartía con su esposa, situada en la ciudad de San Juan.

Para retirar sus objetos, deberá estar presente un agente policial comunicando una hora antes el día y hora en que realizará el retiro.

Los abogados defensores del astrónomo Levato son Adriana Cabrera y Guillermo Schiavi.

Habrá que esperar la sentencia del juez que interviene en la causa.

Detalles de un hecho lamentable

Es preciso recordar que en un ataque de iracundia, el prestigioso astrónomo, le pegó a su pareja dejándole lesiones graves y amenazó con matarla. Se trató sin dudas de un caso de violencia de género.

Quedó detenido bajo la calificación legal provisoria de "lesiones agravadas por el vínculo y desobediencia de una orden judicial" (artículo 89 en función del 80 Inc. 1 y 11 del Código Penal).

Durante el día 19 de agosto, cerca de las 23 horas, en circunstancias que la damnificada se dirigió hasta la farmacia San Martín de avenida Libertador y Salta, a dos cuadras de su domicilio, fue que su esposo, el imputado Hugo Levato la fue a buscar y le manifestó que fuera caminando por calle San Luis y Salta, donde estaba todo totalmente oscuro, a lo que la damnificada accedió.

Llegando a la intersección de calle San Luis, Levato la empezó a seguir, luego comenzó a correr hasta alcanzarla, previo haberla insultado, insultándola y amenazándola de manera virulenta.

Finalmente al ser alcanzada, la víctima trató de resguardarse, oportunidad en la que Levato le dio un golpe de puño en su brazo derecho, provocándole una lesión.

En esa situación llegó un móvil de la Policía de San Juan. El que auxilió a la víctima, saliendo en persecución del agresor, el que fue detenido a pocas cuadras del lugar y fue trasladado a sede de Comisaria Segunda, y a la víctima a sede de Comisaria para la Mujer, lugar en el que bajo asistencia psicológica se le recibió la respectiva denuncia penal.

Conforme lo expresado, se requirió la presencia del Ayudante Fiscal en turno, quien se constituyó en dicha escena impartiendo las directivas propias del caso a los fines de su respectiva investigación.

San Luis: críticas a Rodríguez Saá por impulsar un juicio contra un periodista

El Gobernador de San Luis atacó al periodista que mostró a la exministra de Educación admitiendo que había consumido marihuana en Ámsterdam. Hubo fuerte cuestionamiento de Fopea.

En medio de críticas al feudalismo de San Luis, este jueves se conocerá el veredicto del juicio contra el periodista Diego Masci, quien fue denunciado por haber difundido un video de la entonces ministra de Educación de San Luis, donde la funcionaria admitía haber consumido marihuana en Ámsterdam.

Como el material era parte de un mensaje privado a sus amigos en el cual relataba anécdotas de su luna de miel, Natalia Spinuzza denunció al director del portal Zbol por "violación de secretos y privacidad", aunque posteriormente reconoció que una hora antes de su publicación el video ya se había viralizado en las redes.

El avance de la causa despertó una gran polémica en el distrito cuyano por el trasfondo político que acompaña el episodio.

Lo curioso es que a pesar de que muchos otros medios locales y nacionales replicaron el contenido, sólo Masci fue llevado a juicio.

Es preciso recordar que los hermanos Rodríguez Saá tienen un triste historial de ataques a la prensa, que tuvo en los noventa un pico cuando propiciaron el encarcelamiento del maestro ajedrecista y periodista Jaime Emma.

En la provincia sostienen que hubo un ensañamiento por parte del Gobierno de Alberto Rodriguéz Saá por la conocida militancia política del periodista en el espacio del Senador opositor Claudio Poggi.

Masci fue repudiado públicamente por distintas autoridades gubernamentales en más de una ocasión, mientras que Spinuzza no abandonó el Gabinete, sino que simplemente pasó de la cartera de Educación a Medio Ambiente.

De hecho, el propio gobernador salió como testigo de la causa junto a una serie de funcionarios como la Ministra de Salud y la reemplazante de Spinuzza en Educación.

En diálogo con el sitio La Política Online, el periodista denunciado subrayó la participación del Gobierno provincial a partir de un dato que dio a conocer Alberto Rodríguez Saa en un acto donde compara a la ministra saliente con el prócer Domingo Faustino Sarmiento.

"Yo termino la nota 17.10, la publico a las 17.22 y las dos horas me hackean el sitio. Cuatro días después, el gobernador dice que la nota fue publicada a las 17.10 y los únicos que podían saber eso era yo y quien me hackeó. Claramente me hackearon desde el Gobierno y a los pocos días me iniciaron el juicio" cuenta.

"Es un caso típico donde el poder trata de disciplinar a la prensa. No es la secretaria de Ambiente la que me está llevando a juicio, es el Gobierno. No es casual lo que está pasando, esto es un pase de facturas. Yo tengo un sitio muy pequeño, pero he publicado cosas que han molestado como el giro de 80 millones de pesos a una fundación inexistente", añadió.

San Juan: se fijó fecha para el juicio contra el Juez Flores

El Tribunal de Enjuiciamiento resolvió que el juicio se realice los días 25, 26 y 27 de agosto de este año, en la sede del Concejo Deliberante de Capital.

El Tribunal de Enjuiciamiento, presidido por el Ministro de la Corte de Justicia, Daniel Olivares Yapur, e integrado por los diputados provinciales Juan Carlos Abarca y Fernanda Paredes, y los abogados Marcelo Navas y Lidia Reverendo, por el Foro de Abogados, sesionó este lunes 3 de agosto.

Juez Pablo Flores, a punto de ser removido de su cargo.

Allí dispusieron realizar el juicio oral y público contra Pablo Flores, Juez del Segundo Juzgado de Instrucción, los días 25, 26 y 27 de agosto.

Se llevará a cabo en la sede del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Ciudad de San Juan, a partir de las 15 horas.

También, durante le sesión, se proveyó la prueba informativa documental y testimonial ofrecida por las partes.

El debate se desarrollará con estricto cumplimiento de las normas sanitarias vigentes dispuestas por el Comité Covid-19.

El Fiscal General de apelaciones rechazó el pedido de nulidad que hizo la defensa del Rector Nasisi

Recientemente se conoció la notificación del dictamen del Fiscal federal ante la Cámara de Apelaciones, Dante Vega. En el texto se trata el planteo de nulidad que hicieron los abogados del procesado Oscar Nasisi, Rector de la Universidad Nacional de San Juan.

El Fiscal Vega rechazó el pedido de la defensa de Nasisi por varios motivos: uno por extemporáneo, ya que es una nulidad presentada 2 meses después de notificada la sentencia.

Además, porque en la causa no acreditó que (daño) gravamen hizo la sentencia de rechazo de darle curso a la Casación penal.

Por su parte, el auto de procesamiento no habilita el recurso de Casación.

Por estas razones, la sentencia debería salir dentro del próximo mes ya que la defensa de Oscar Nasisi acumula en esta causa siete pronunciamientos en contra por retener bienes personales y intelectuales de dos ingenieros.

Es preciso recordar que la Cámara Federal de Mendoza había confirmado el procesamiento de Oscar Herminio Nasisi y de Pedro Edgardo Sarquis, dispuesto por el Juez de primera instancia, Miguel Gálvez. El juicio, que tiene como protagonista al rector de la UNSJ, es por no devolver bienes retenidos a los ingenieros demandantes: Rudolph y Matar.

Al parecer el 2020 no será un gran año para el kirchnerista Oscar Nasisi, quien enfrenta este juicio desde hace tiempo. Se lo acusa de incumplimiento de los deberes de funcionario público por no haber sido diligente en la devolución de los bienes, siendo que los ingenieros lo habían reclamado por diversos medios y siempre obstruyó la devolución de los mismos.

Recientemente, la Cámara Federal de Mendoza, más precisamente la Sala A, dispuso hacer lugar a la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal. Este recurso de casación deducido por la querella había devuelto las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia para su sustanciación.

Vale decir que la Cámara de Federal de Mendoza ya confirmó todo lo actuado por el Juez Gálvez.

La causa involucra al rector de la UNSJ y se desprende del expediente conocido como el Caso Rudolph y Matar. Se trata de dos ingenieros que en 1989 fueron apartados y denunciados por el entonces rector, Tulio Del Bono, por malversación de fondos. Luego de varios años, la Justicia los declaró inocentes. Tras esa situación, ambos profesionales demandaron a la UNSJ e intentaron recuperar los elementos de su propiedad que habían quedado bajo la custodia de la Facultad de Ingeniería. Pero Nasisi impidió que esto sucediera y el juicio comenzó a complicarse más aún.

La Cámara Federal de Mendoza, a instancias del abogado querellante, Miguel Arancibia, quien representa en esta causa a las familias Rudolph y Matar, resolvió "devolver las actuaciones al Juzgado de primera instancia", a cargo del Juez federal Miguel Gálvez.

El magistrado local deberá clausurar la etapa y elevar a Juicio Oral, atento que Nasisi ya no tiene otros recursos legales que presentar en esta causa.

Este penoso episodio provocado por rectores de la UNSJ sería elevado muy pronto al Tribunal Oral Federal de la provincia de San Juan.

Según indica la sentencia de la Cámara de apelaciones de Mendoza, se confirmaría todo lo actuado por el Juez de Instrucción, Miguel Galvez, que encuadró la conducta del Rector Oscar Nasisi en las figuras de "defraudación por retención indebida e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 173, inc. 2º y 249 del C.P.)".

La sentencia indica que durante el "proceso quedó demostrado que Nasisi ha retardado voluntariamente la devolución de los bienes", y que no "cumplió con los actos propios que le corresponden como funcionario público por lo que también se lo procesó por incumplimiento de los deberes de funcionario público en orden a obstaculizar la pronta devolución de los bienes reclamados utilizando el cargo que detenta, por lo que le es atribuible los delitos por los que está procesado".

Se abre la posibilidad de un juicio oral para el Rector Nasisi

La sentencia destaca que "esta alzada aprecia que existen en autos elementos de convicción suficientes para establecer que existiría hecho delictuoso, y que los imputados serían prima facie responsables del mismo. No obstante lo expuesto será, eventualmente, el Juicio Oral el ámbito propicio para desplegar plenamente los argumentos defensivos concretos respecto de todas y cada una de las pruebas existentes".

En otras palabras, el ámbito natural de controversia y examen pleno de los hechos y la prueba no es otro que el del debate, según los principios de oralidad, inmediatez y contradicción.

Cómo se generó el Caso Rudolph y Matar 

Los ingenieros Rudolph y Matar fueron acusados de peculado de servicio cuando Tulio del Bono era rector de la UNSJ. Lo que hicieron sus abogados, una vez que se concretó esta acusación, fue aclarar que ellos nunca dispusieron de plata ni firmaron un sólo cheque. La defensa sostuvo siempre que era imposible que los denunciaran por malversación de fondos cuando nunca manejaron cash ni cheques. Finalmente la Justicia falló a favor de los dos investigadores y resultaron absueltos.

Ambos ingenieros, luego que se determinara su inocencia, pidieron que se les devolvieran sus estudios de investigación y además que las autoridades de la UNSJ pidieran las pertinentes disculpas.

En la causa se acredita que los ingenieros Matar y Rudolph y la Asociación Cooperadora del Instituto de Investigaciones Mineras (ACIIM), desde el año 1989 están pidiendo la devolución de los bienes muebles y los proyectos que estaban trabajando tanto ACIIM con IDEMSA, mediante convenio con la UNSJ.

Estos proyectos, por orden del exrector Tulio Del Bono, fueron retenidos y hasta el día de hoy la UNSJ no los ha devuelto.

También en la causa queda taxativamente demostrada la displicencia del Rector Oscar Nasisi para tratar el conflicto. Argumentan burocracia innecesaria y falta de medidas internas para descubrir quienes violentaron los sellos que se pusieron en la cajas y robaron o sustrajeron los trabajos intelectuales de los ingenieros.

Del Bono: el origen del conflicto

El responsable de esta situación es el exrector Tulio Del Bono, que en 1989, sin orden judicial, decidió quedarse con todos los bienes y trabajos profesionales de Rudolph y Matar, y entre sus ordenes estuvo el secuestro de los bienes personales y de las herramientas de trabajo.

Esto no terminó ahí, la Universidad Nacional de San Juan sacó del laboratorio a estas dos eminencias, Rudolph y Matar, y los mandó a caminar Tribunales durante 20 años para defenderse.

Todavía, luego de 30 años, no logran recuperar sus trabajos intelectuales. El instructivo de la persecución fue ordenado en un escrito de puño y letra de Del Bono, documento reconocido por él mismo en el juicio civil de responsabilidad.

Hasta ahora ningún rector de la UNSJ pudo escapar a la influencia nefasta de Tulio Del Bono, quien fue premiado con la distinción del Honoris Causa por la Vicerrectora de la UNSJ, Mónica Coca, a pesar de que Del Bono metió a la UNSJ en un juicio millonario que pagarán todos los argentinos con dinero del Estado. Desde sus cargos ocupados en Ciencia y Técnica se encargó de que los rectores continuaran su persecución contra los dos brillantes ingenieros, Rudolph y Matar.

Una torpeza lamentable que cometió el destacado Honoris Causa de la UNSJ.

San Juan: condenaron a Isaías Brant por violar la cuarentena

Le aplicaron la pena de 8 meses de prisión condicional, 10.000 pesos de costas del juicio y 40.000 en elementos sanitarios.

Este jueves, el Juez Federico Rodríguez, del Procedimiento Especial de Flagrancia, homologó la condena de 8 meses de prisión condicional hacia el empresario Isaías Brant por el delito de violación del Artículo 205 del Código Penal que indica que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

Sucedió en San Juan, donde dos grandes empresarios tenían personas trabajando en condiciones inaceptables y violando el aislamiento obligatorio.

Mientras en la mañana de este martes 14 de abril medios locales daban a conocer el caso de la empresa Maxi Brant, la cual sufrió un allanamiento y se encontró a personas trabajando hacinadas y violando la cuarentena, a pocos metros y el mismo día hubo otro mega operativo y la empresa Soberano también tenía 21 personas trabajando aparentemente bajo candado.

En relación a la condena que se dictó este jueves para Isaías Brant, se sentenció la violación del Artículo 239 del Código Procesal, que indica que "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal", en concurso ideal.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el Fiscal Adrián Riveros y la defensa a cargo del Defensor Oficial Alejandro Martín García, quienes acordaron la pena para Brant.

En un juicio abreviado, el Juez Rodríguez homologó el acuerdo entre el Ministerio Público y la defensa condenando a Brant con 8 meses de prisión condicional.

Además, el juez resolvió que Brant realice el pago de 10.000 pesos por las costas del proceso del juicio y el pago de 40.000 pesos en concepto de donación destinados a elementos sanitarios del Hospital Rawson.