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Juicio por Lesa Humanidad en San Juan: 7 condenados a perpetua y 9 con penas menores

Entre quienes recibieron perpetua, se encuentran el exfiscal federal, Juan Carlos Yanello, y el represor Jorge Antonio Olivera.

Este viernes 7 de julio, se dio a conocer la sentencia para los 24 imputados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar ocurrida en Argentina.

Hubo 8 absueltos, 7 fueron condenados a prisión perpetua y el resto recibió una condena temporal.

Es necesario detallar que la audiencia final del megajuicio en San Juan comenzó a las 14.30 horas, y sobre las 17.30 estaba pautada la lectura de la sentencia a cargo del Tribunal Oral Federal, integrado por los jueces Paula Marisi, Alberto Carelli y Gretel Diamante.

Pasadas las 19 horas, dieron comienzo con la lectura del fallo ante la atenta mirada de los imputados.

Prisión perpetua

Jorge Antonio Olivera: prisión perpetua 

Daniel Rolando Gómez: prisión perpetua 

Eduardo Daniel Cardozo: prisión perpetua

Juan Francisco Del Torchio: prisión perpetua 

Miguel Ángel Nicolás Mejías: prisión perpetua

Juan Carlos Coronel: prisión perpetua 

Juan Carlos Yanelo: prisión perpetua

Condenas temporales

Eusebio Jurczyszyn: 12 años de prisión

Marcelo Edgardo López: 10 años de prisión

Felipe Pedro Molina: 10 años de prisión

Andrés Walter Alderete: 8 años y 6 meses de prisión 

Rubén José Mondaca: 7 años de prisión

Araldo Alfredo Medina: 7 años de prisión

Eduardo Ernesto Traverso: 6 años y 6 meses de prisión

Juan Carlos Turón: 4 años de prisión

Absueltos

Carlos Alberto Olha

Nolberto José Trigo

Miguel Ángel Bergouninan

Carlos Ángel Castro

Horacio Antonio Estrada

Gustavo Adolfo La Fuente

Ricardo Claudio Kalisinsky

Carlos Antonio Saavedra

Un nuevo fallo benefició a Darthés en la denuncia que había iniciado en su contra Thelma Fardin

Se trata de una instancia previa a la apelación de la sentencia. En el sistema judicial de Brasil se denomina “embargo”, donde se le solicitan explicaciones al juez a cargo de la causa.

“Quedan dudas sobre la forma en que sucedieron los hechos descritos en la denuncia. Entiendo que debe mantenerse la absolución del imputado”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae, en respuesta a planteos de aclaratoria por parte de la Fiscalía, ya que la sentencia no había abordado la acusación del acceso carnal. El juez Fernando Toledo Carneiro había considerado que el abuso estaba prescripto.

Hace dos semanas, la Justicia de Brasil absolvió en primera instancia al actor Juan Darthés por la denuncia de Thelma Fardin a raíz los hechos que sucedieron el 17 de mayo de 2009 durante la gira de la obra Patito Feo en Nicaragua.

En ese momento, la actriz tenía 16 años y el acusado 45. Pero tanto la fiscalía como la defensa hicieron planteos contra esa sentencia y volvieron a tener respuesta.

Después de la sentencia, en el sistema judicial brasileño hay una primera instancia donde se le solicita una revisión y explicaciones de su fallo al juez, recurso que se denomina embargo, y que es previo a la apelación.

En ese contexto, la fiscalía planteó un error material y una "omisión" en la sentencia diciendo que el fallo no había analizado el acceso carnal denunciado por Telma porque el hecho estaba prescrito, según la fecha del momento de los hechos.

La defensa también se quejó, pero diciendo que se debió haber dictado la absolución porque en ningún momento se configuró violencia física.

"Reconozco la existencia de un error material en la sentencia dictada y, en consecuencia, una omisión en el análisis de los actos libidos por lo que es necesario abordar el tema", señaló el juez.

Tras repasar los dichos de Thelma y otros testigos, el juez subrayó: "Los informes presentados por la víctima y los testigos sobre actos libidinosos distintos de la conjunción carnal, aún no son suficientes para acreditar la ocurrencia de los hechos, tal como se describen en la denuncia, para autorizar un decreto condenatorio".

"El hecho aquí analizado es la ocurrencia o no de violación el 17 de mayo de 2009, en Managua, Nicaragua, dentro de una de las habitaciones del hotel donde la víctima y los acusados se alojaban. Para la condena que pretende la acusación, es necesaria prueba sólida que acredite la existencia del delito y su autor", sostuvo.

Asimismo, el fallo advirtió: "Si bien la víctima describió actos libidinosos distintos de la conjunción carnal con mayor confianza en comparación con la conjunción carnal, todavía la única prueba concluyente sobre la ocurrencia del delito es su informe, que a lo largo de los años ha sido compartido con los testigos escuchados en juicio y lo cual resultó ser creíble a los ojos de los profesionales que posteriormente la examinaron, según los informes psicológicos adjuntos al expediente".

“Sin embargo, sigue presente la duda inculcada en esta sentencia respecto de qué sucedió exactamente hace aproximadamente 14 años en el interior de la referida habitación de hotel. Por lo tanto, observo que el cambio en la versión presentada por la víctima, en particular con respecto a las relaciones carnales, no fue el único elemento que condujo a la absolución del acusado”, aseveró el juez.

El fallo recordó que "el examen del cuerpo del crimen resultó inútil en el presente proceso, ya que se realizó más de nueve años después de la ocurrencia de los hechos con motivo de la denuncia realizada por la víctima en Nicaragua, lo que también es válido para los actos ahora analizados".

"La ausencia de elementos como el examen del corpus delicti dificulta la formación de un alto grado de convicción. El mismo razonamiento utilizado en la sentencia también se aplica en relación con los relatos de otras mujeres sobre sus experiencias con el acusado, ya que aún se está juzgando un caso concreto, sobre un delito específico", agregó.

Para el magistrado, "los informes de los testigos Carla y Ana no son suficientes para confirmar la ocurrencia del delito descrito en la denuncia, ya que los hechos aquí imputados al imputado son diferentes a los narrados por el testigos".

"El tiempo transcurrido desde la ocurrencia de los hechos sigue mostrándose como un factor determinante para el esclarecimiento de los hechos, siendo imprudente en este momento emitir un juicio conclusivo sobre la ocurrencia de los hechos, tal como se describe en la demanda, únicamente con fundamento en los informes presentados, es decir, aseverar con la convicción necesaria para sustentar una convicción que el 17 de mayo de 2009, entre las 19.30 horas y las 20 horas, en el interior del Hotel Holiday Inn, en la ciudad de Managua, Nicaragua, el acusado cometió actos libidinosos distintos del coito carnal mediante violencia o amenazas graves contra la víctima", completó el juez en el escrito.

El juicio contra Darthés comenzó el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la denuncia por abuso sexual agravado en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009 cuando ella tenía 16 años.

Cristina pidió suspender la elevación a juicio de la causa por intento de magnicidio

La querella que representa a la Vicepresidenta criticó al fiscal Carlos Rívolo. Además, exigieron nuevas medidas.

La querella que representa a la Vicepresidenta Cristina Kirchner pidió suspender la elevación a juicio por el intento de magnicidio. Además, criticó al fiscal Carlos Rívolo y exigió nuevas medidas en la causa.

El escrito fue presentado por los abogados José Manuel Ubeira y Marcos Aldazabal, quienes apuntaron contra el fiscal, que decidió dar por clausurada la etapa de la investigación y enviar a juicio a los tres únicos detenidos por ataque a la titular del Senado: Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Nicolás Carrizo.

"Venimos a señalar información de suma relevancia para esta causa y a solicitar la producción urgente de medidas de prueba. Es evidente que la prueba producida en el caso Revolución Federal refuerza lo dicho por esta parte al oponerse a la elevación a juicio: cada día aparecen nuevas pruebas, esta causa está en pleno trámite y elevarla no es más que consagrar la impunidad", indicaron los letrados.

"El 29 de mayo, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la elevación a juicio de la causa. Increíblemente, dos días hábiles antes, se agregó al expediente prueba de central importancia de la que el acusador público hizo caso omiso", agregaron.

Asimismo, señalaron que el 23 de mayo "el Juzgado Nº8 del fuero remitió un informe realizado por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal en la causa conocida como Revolución Federal".

Y continuaron: "Este informe se produjo a partir de un pedido de la Fiscalía Nº11 del fuero de que se realice un análisis de todos los dispositivos secuestrados en ese expediente".

Sobre el informe, remarcaron que se analizó “la información extraída del Google Drive de Jonathan Morel, uno de los líderes de Revolución Federal” y como resultado se obtuvo “el financiamiento ilegal de la familia Caputo a la agrupación violenta y antidemocrática Revolución Federal, folletos con amenazas a la Vicepresidenta de la Nación, consultas de CUITs de diferentes personas, entre ellas Cristina Fernández de Kirchner”.

A su vez, los abogados hicieron mención a "una conversación entre Jonathan Morel y Dali Revolución para destacar que esta última menciona que tiene "una pistola 9mm" y que "quiere usarla en la actividad bala".

"Sorprendentemente, el fiscal no ahondó en lo más mínimo en el informe remitido por el Juzgado Nº8 y avanzó con la elevación de la causa a juicio. La más exigua indagación en la conversación permite ver la gravedad de ese accionar", apuntaron.

Abogados pidieron medidas de prueba

Después de describir llamados de relevancia para la causa, Ubeira y Aldazabal pidieron medidas de prueba como entrecruzamiento de contactos y allanamientos que sirvan en la investigación. 

De esta manera, solicitaron que esas medidas se hagan efectivas, se suspenda la elevación a juicio y, además, que se presente la reserva de caso federal.

"Dado que una solución adversa a lo peticionado por esta parte supondría vulnerar derechos constitucionales, en una causa de enorme gravedad institucional, hacemos reserva de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, de ser necesario, ante los organismos internacionales de derechos humanos", expresaron sobre su último pedido.

Un fiscal pidió enviar a juicio a los detenidos por el atentado contra Cristina

El fiscal federal Carlos Rívolo acusó a Sabag Montiel y Brenda Uliarte como coautores del intento de homicidio, y a Nicolás Carrizo como partícipe secundario. Además, descartó la hipótesis de un financiamiento externo para concretar el ataque.

A punto de cumplirse nueve meses del atentado contra Cristina Kirchner, la fiscalía repasó las pruebas recolectadas en el expediente y pidió mandar a juicio oral a los detenidos: Fernando Sabag Montiel, quien le apuntó a la vicepresidenta a la cabeza; su novia, Brenda Uliarte, que lo acompañó hasta ahí e ideó el ataque; y el jefe de los "copitos" Nicolás Carrizo, a quien se sindica como un partícipe secundario.

El fiscal Carlos Rívolo sostuvo que "la prueba reunida durante la instrucción ha permitido comprobar que la conducta que se intentó llevar a cabo fue premeditada, es decir, que los imputados habían ideado un plan para llevar a cabo el asesinato de la vicepresidenta de la Nación".

Y uno de esos planes fue infiltrarse en movilizaciones kirchneristas. Así lo había pensado su novia. "Es cuestión de organización y hacer como un caballo de Troya", dijo.

Tal como lo exhiben los videos que tomaron los propios simpatizantes de Cristina, "aprovechándose de la confusión y desprolijidad que generaba la multitud de personas, Sabag Montiel extiende su brazo para pasar la primera línea de individuos que conformaban un cordón humano frente a la vicepresidenta, apunta el arma de fuego que portaba en dirección a su rostro, la acerca a escasos centímetros y acciona el gatillo, al menos en una oportunidad, llegándose a escuchar incluso el click", afirmó el fiscal.

El tiro no salió, pero el arma estaba apta para disparar. "Imaginate los nervios. Tiré del gatillo y el tiro no salió", le diría el atacante hace unos meses al canal C5N, pese a que en la causa se negó a declarar y solo habló para intentar despegar a Brenda.

El arma que llevaba Sabag no la vio Cristina ni tampoco sus custodios. Solo notaron un tumulto. Fueron los militantes kirchneristas los que detuvieron a Sabag Montiel para que no se escapara. Desde entonces, el joven está preso. Cuatro días después fue atrapada su pareja, que logró escapar disimuladamente del lugar.

Lo que estableció el fiscal es que no se encontraron pruebas que demuestren que el grupo tuvo una "financiación" para llevar adelante el intento de homicidio. El estado patrimonial de los tres arrestados lo demuestra.

La que más dinero percibía era Brenda publicando contenido explícito. Ni siquiera tuvieron que comprar la pistola Bersa con la que Sabag Montiel gatilló sin que la bala saliera. El arma era propiedad de un conocido con el que había convivido y que ya se murió. No está claro si se la compró o se la quedó.

Brenda Uliarte tenía pensado atentar contra la vida de la Vicepresidenta utilizando un arma de fuego. Estaba organizándose para "ir a hacer bardo a la Casa Rosada".

De su teléfono surgen frases como "Yo estoy con ganas de ir a reventar la quinta de Olivos o la casa rosada con bombas molotov"; "a mí si me re dan los ovarios para hacerlo"; "sé usar un fierro, no soy francotiradora pero algo es algo. Hay que encontrar un hueco, ser estratega. No es fácil pero hay que encontrar la vuelta".

Según la fiscalía, esta claro que casi dos meses antes del atentado, tenía pensado "organizarse" para llevar a cabo el acto; tenía claro que no podía hacerlo sola y que debía llevar a cabo un plan idóneo para cometer el acto sin ser descubierta.

"Indudablemente llevaban un plan en mente y en conjunto. Sabag Montiel se mezcló deliberadamente entre simpatizantes de la víctima. Personas que podría decirse que fueron consideradas confiables o de baja peligrosidad como para que la vicepresidenta pudiera acercarse a saludar y autografiarles sus libros a muy corta distancia; a una que asegurara el resultado buscado por los imputados: el escenario propuesto por Brenda Uliarte".

La joven hasta pensó en alquilar un departamento en Recoleta con un francotirador para cuando la exjefa de Estado saliera al balcón.

A Carrizo lo terminarían comprometiendo las conversaciones que se encontraron en su teléfono cuando lo entregó voluntariamente como testigo.

"Esto estaba planificado para dentro de una semana, hizo todo mal”, le dijo a su hermana, preocupado además porque el arma que se había usado podía ser la suya.

Carrizo intentó sostener que había sido todo una broma, pero la Justicia no creyó en que se tratara de simple humor negro.

Prisión perpetua para los policías que le dispararon a Blas Correas

El hecho se había producido en agosto de 2020 en Córdoba.

Fueron 50 minutos, desde que 18.34 el Juez Marcelo Jaime comenzó a leer la resolución hasta que dijo que "el juicio ha terminado" a las 19.24 horas.

Tiempo suficiente para que la sentencia ya quede enmarcada para siempre en la historia de los Tribunales de Córdoba. El primer juicio por el asesinato policial de Valentino Blas Correas, de 17 años, con una sentencia sin precedentes: 11 policías fueron condenados, 2 de ellos a prisión perpetua, por un caso de "gatillo fácil" que marcó un antes y un después en la historia de la Policía de Córdoba.

En primera fila, junto a la familia de Blas, estaba sentada en silencio, siguiendo con atención todo el fallo, Sonia Torres, la abuela que es un emblema de Nunca Más. Un grito que este viernes se volvió a repetir, ahora por el accionar policial en la democracia.

Una sentencia que tuvo una convocatoria inédita, jóvenes, personalidades de todo el arco político menos del oficialismo local, "lamento que no haya nadie del Gobierno de Córdoba acá para vivir toda la mierda que nosotros hemos vivido en estos casi tres años", dijo entre lágrimas la mamá de Blas, Soledad Laciar, a minutos del fallo, abuelas de Plaza de Mayo, madres de otras víctimas de "gatillo fácil", familiares de las víctimas del siniestro vial protagonizado por el Diputado provincial Oscar González y las madres y padres de los bebés muertos en el Neonatal.

Hasta la barra de Belgrano llegó a Tribunales a apoyar a la familia del joven asesinado.

Todos ellos escucharon en vivo una sentencia que remarcó que el homicidio de Blas había sido un caso de "violencia institucional".

Los jueces reconocieron a la víctima, a sus cuatro amigos y a todos los familiares de ellos como víctimas de un acto de violencia institucional.

Además, la Cámara 8ª del Crimen de la ciudad de Córdoba ordenó investigar por diversas responsabilidades al ahora exministro de Seguridad de Córdoba y hoy Legislador por el oficialismo, Alfonso Mosquera, y a la actual Jefa de la Policía, Liliana Zárate.

Salvo la causa por el acuartelamiento policial de fines de 2013, que terminó con condenas menores para decenas de agentes, no hay antecedentes en los Tribunales de la provincia de Córdoba de un solo caso con tantos policías sentenciados como culpables.

Blas fue asesinado en los primeros minutos del jueves 6 de agosto de 2020. Viajaba en el medio del asiento trasero de un Fiat Argo en el que iba junto a cuatro amigos más, cuando a la altura del instituto Pablo Pizzurno, en la avenida Vélez Sársfield, un grupo de policías apostados en un control abrió fuego contra el vehículo porque el conductor no frenó.

Los policías policías se sentaron en el banquillo de los acusados, no sólo por el asesinato de Blas y el intento de matar a sus cuatro amigos aquella madrugada, sino también por haber montado una impresionante maquinaria para intentar encubrir el crimen. Un viejo revólver calibre 22, que estaba en el baúl de uno de los patrulleros, fue "plantado" con la intención de ensuciar a las víctimas y engañar a la Justicia, según se sostiene en el expediente.

En el fallo, no sólo se condenó a los 11 de los 13 policías que llegaron a juicio tras la investigación del Fiscal José Mana, sino que ahora se ordenó que sean investigados, por diversas responsabilidades, el exministro de Seguridad Mosquera, la Jefa de Policía, Liliana Zárate, además de otros funcionarios políticos y policiales.

El impacto de esta última resolución seguramente comenzará a evaluarse en las próximas horas. Tanto en el Panal como en Jefatura ya reconocían antes de que se conociera el fallo que si efectivamente los jueces ordenaban investigar al exministro y a la actual jefa de Policía se iban a enfrentar a una situación "delicada".

Mosquera y su mano derecha, Lucas Mezzano, exsubsecretario de Coordinación y Planificación Técnica y actual miembro del flamante Tribunal de Conducta Policial, serán investigados por el extraño préstamo de auto Toyota Corolla al excomisario Gonzalo Cumplido, apartado tras el crimen. En este caso, la sospecha trasciende al crimen, se pidió analizar un presunto caso de corrupción política, abuso de autoridad y/o malversación de caudales públicos.

El excomisario también será investigado, pese a haber sido sobreseído durante la instrucción, por haber tomado conocimiento en ese momento del arma "plantada".

A la actual Jefa de Policía, Zárate, se la investigará por su rol como titular de Recursos Humanos, cargo que ostentaba el momento del crimen de Blas. Ella tenía a su cargo los legajos de los policías Lucas Gómez y Javier Alarcón, los que dispararon contra el Fiat Argo, quienes estaban trabajando pese a tener otras imputaciones y, en el caso del segundo, de no haber aprobado una práctica de tiro.

Se la investigará por omisión de los deberes de funcionario público por las dificultades demostradas en el juicio en torno a la formación y el control de los policías.

Otro excomisario, Víctor Distéfano, será investigados por presuntas irregularidades en el centro de comunicaciones de la Policía aquella noche.

También se resolvió perseguir judicialmente a un grupo de alrededor de 10 policías aún no identificados que durante esa madrugada frenaron al Fiat Argo en la esquina céntrica de Corrientes y Chacabuco y evitaron que el conductor lograra llevar a Blas hasta el Hospital de Urgencias.

Y al Tribunal de Conducta Policial de aquel momento, dirigido por Ana María Becerra.

En ese punto, se leyó un fuerte reproche al Gobierno de Córdoba para que arbitre los medios para capacitar a los policías en cuanto al menejo de las armas, la preservación de la escena del crimen, el trato a las víctimas y que se profundicen las evaluaciones periódicas psicofísicas a los policías en actividad. "Para que nunca más se repita lo acreditado en el presente proceso", resaltaron los jueces.

También se indicó al Ministerio de Seguridad para que retenga el armamento de todo policía que repruebe las evaluaciones de tiro.

Las condenas

Cabo primero Lucas Gómez: prisión perpetua. De su arma reglamentaria salió el balazo que mató a Blas cuando circulaba con sus amigos en un Fiat Argo por la avenida Vélez Sársfield, al sur de la ciudad de Córdoba. No sólo se lo acusa de haber matado a Blas, sino de intentar asesinar al resto de los adolescentes. Se lo acusó por el crimen y por intentar matar a los otros cuatro jóvenes.

Cabo primero Javier Catriel Alarcón: prisión perpetua. También disparó contra el Fiat Argo esa madrugada. Se lo acusa por el homicidio de Blas, pese a que sus disparos no fueron los que mataron al joven, y por los otros cuatro intentos de homicidio. Se lo acusó por el crimen y por intentar matar a los otros cuatro jóvenes.

Agente Wanda Micaela Esquivel: tres años y 10 meses de prisión. Estaba junto a Gómez y Alarcón cuando estos dispararon contra el Fiat Argo. Y luego, participó de manera activa en el plan para "plantarle" un revólver a las víctimas y alterar la escena del crimen.

Oficial Florencia Yamila Martínez: cuatro años y tres meses de cárcel. También estaba junto a Gómez y Alarcón cuando estos dispararon contra el Fiat Argo. Y luego, también participó de manera activa en el plan para "plantarle" un revólver a las víctimas y alterar la escena del crimen. No denunció nada de todos esto a sus superiores.

Subcomisario Sergio Alejandro González: cuatro años y 10 meses de encierro. Supo que Alarcón y Gómez habían disparado contra el Fiat Argo y no lo denunció en tiempo y forma. También estuvo al tanto de la maniobra para "plantar" el revólver.

Comisario inspector Walter Eduardo Soria: cuatro años y nueve meses de prisión. Pese a contar con los datos sobre lo que realmente había sucedido, en cuanto a los autores de los disparos y las maniobras de encubrimiento, no lo denunció en su momento.

Comisario inspector Jorge Ariel Galleguillo: recibió cuatro años y ocho meses de condena. También fue uno de los primeros en llegar a la escena del crimen y tomar conocimiento de los disparos y de la idea de "plantar" el arma. No denunció en tiempo y forma.

Subcomisario Enzo Gustavo Quiroga: cuatro años y ocho meses de prisión. El mismo reproche que se le hace a Soria y a Galleguillo. Fue a la escena del crimen, se enteró de todo y no denunció.

Oficial ayudante Ezequiel Agustín Vélez: dos años y medio de cárcel condicional. Aquella noche de agosto estaba en un control ubicado en Circunvalación y Vélez Sársfield. Con el objetivo de favorecer a los acusados del crimen, al momento de declarar como testigo mintió y dijo haber recibido una denuncia de un motociclista que sindicó a los jóvenes del Fiat Argo como supuestos delincuentes.

En realidad, el motociclista les dijo que había tenido una discusión vial con los ocupantes del auto. Se sospecha que mintió y agregó lo de "delincuentes" para intentar justificar los disparos de sus colegas.

Cabo Leandro Alexis Quevedo: recibió cuatro años de condena. Estaba con Vélez en aquel control nocturno y la Justicia le endilga la misma participación delictiva en la trama de encubrimiento. Con el objetivo de favorecer a los acusados del crimen, al momento de declarar como testigo mintió y dijo haber recibido una denuncia de un motociclista que sindicó a los jóvenes del Fiat Argo como supuestos delincuentes.

Cabo Leonardo Alejandro Martínez: absuelto. Aquella madrugada del 6 de agosto de 2020 estaba patrullando por Nueva Córdoba. Dijo que un automovilista se le acercó y denunció haber visto en la zona de la Plaza España cómo desde un auto Fiat Argo arrojaban un arma a la calle. Se señalaba en la acusación que habría mentido para favorecer la maniobra de "plantar" el revólver y ensuciar a las víctimas.

Agente Rodrigo Emanuel Toloza: absuelto. Era dupla de Martínez aquella madrugada. También se lo acusaba de haber mentido con el falso relato del automovilista testigo con la idea de engañar a la Justicia y favorecer a sus colegas policías.

Comisario inspector Juan Antonio Gatica: le impusieron cuatro años de condena. Ya en Jefatura, aquella madrugada del 6 de agosto se habría enterado de cómo ocurrió todo realmente de parte de los principales cuatro policías involucrados, Gómez, Alarcón, Esquivel y Martínez. Pese a esto, no denunció nada en tiempo y forma.

Caso Blas Correas: se define el juicio contra los 13 expolicías involucrados en el crimen

La audiencia arrancó a las 9 con las últimas palabras de los acusados y por la tarde se dictará el veredicto a los imputados. El crimen ocurrió en agosto de 2020.

Este viernes se conocerá el veredicto contra los 13 expolicías de Córdoba acusados por el crimen de Blas Correas, ocurrido en agosto de 2020.

El debate oral empezó en la sede de los Tribunales de la ciudad de Córdoba el 7 de septiembre del año pasado y en diciembre, después de más de 20 audiencias y la presentación de alrededor de 60 testimonios, debido a la feria judicial se decidió pasar a un cuarto intermedio hasta el 8 de febrero que se reinició el debate oral.

A partir de las 9, comenzó la audiencia en la cual los imputados tendrán la posibilidad de decir sus últimas palabras. Tras ello, irán a un cuarto intermedio y entre las 16 y las 18 se conocerá el veredicto a los imputados por el asesinato del adolescente.

La familia de Blas solicitó que el juicio sea transmitido en vivo, pero no se lo concedieron. En el lugar no estará presente el exministro de Seguridad de la provincia, Alfonso Mosquera, quien en el momento del crimen estaba a cargo de la cartera y declaró como testigo en el proceso judicial.

Quiénes son los acusados por el crimen de Blas Correas

Por el homicidio de Blas Correas están acusados el cabo 1° Lucas Damián Gómez (37), que según la Fiscalía, disparó cuatro balas con su arma reglamentaria contra el coche. Uno de esos plomos fue el que mató a Blas. De igual modo, está acusado el cabo 1° Javier Catriel Alarcón (33), quien disparó en dos oportunidades.

Ambos llegaron al juicio como "coautores de homicidio calificado por haber sido cometido en abuso de su función y homicidio agravado por el empleo de armas de fuego, homicidio calificado por abuso de su función en grado de tentativa reiterado, cuatro hechos, por los amigos del adolescente que iban en el auto con él, y homicidio agravado por el empleo de armas de fuego en grado de tentativa reiterado, cuatro hechos".

En tanto, los restantes acusados, todos policías, son Sergio Alejandro González, Wanda Micaela Esquivel, Yamila Florencia Martínez, Walter Eduardo Soria, Enzo Gustavo Quiroga, Jorge Ariel Galleguillo, Leonardo Alejandro Martínez, Rodrigo Emanuel Toloza, Ezequiel Agustín Vélez, Leandro Alexis Quevedo y Juan Antonio Gatica.

Los cargos que enfrentan son de "falso testimonio, encubrimiento por favorecimiento personal agravado por la calidad funcional y omisión de deberes de funcionario público", ya que se les imputa, entre otras cosas, haber "plantado" un arma para simular un enfrentamiento con los chicos.

Cómo fue el crimen de Blas Correas

En la noche del 6 de agosto de 2020, según lo que estaba permitido en ese entonces en la ciudad de Córdoba por la pandemia del Covid-19, Blas Correas salió de un bar con amigos, y cuando volvían los cinco en un Fiat Argo, se cruzaron con un control vehicular policial.

Los jóvenes antes habían tenido un incidente con unos motoqueros y, por una mala maniobra, los hombres avisaron a la policía de la extraña situación. Cuando pasaron por el control, los agentes ya sabían de lo ocurrido.

Según dijeron en un primer momento los chicos que iban en el auto, y volvieron a sostener en sus declaraciones durante el juicio, el joven que manejaba esa noche se asustó porque los oficiales tenían sus armas desenfundadas, por lo que en lugar de frenar ante el control, avanzó su auto. En ese entonces, sin reparos, los policías dispararon contra el vehículo y una de esas balas impactó de lleno desde atrás en el omóplato de Blas.

Asustados ante la situación, los chicos llevaron a Correas rápidamente hacia la clínica Aconcagua, donde no quisieron atenderlo. Por ello, ahora se tramita otra causa que fue elevada a juicio. Los empleados Sergio Casalino, Guadalupe Moya y Paola Andrea Mezzacapo están imputados por "abandono de persona" y "omisión de auxilio".

Ante la falta de ayuda, los amigos del joven decidieron ir a otro centro médico porque hasta ese entonces Correas todavía respiraba. Sin embargo, pocas cuadras después fueron detenidos por los oficiales que los buscaban tras haber huido del control. Allí mismo un médico constató la muerte de Blas.

Crimen de Lucio Dupuy: los jueces darán a conocer este viernes las penas

Este lunes se escucharon las apelaciones de los fiscales, la querella y los defensores de Magdalena Espósito Valenti, la madre del nene, y Abigaíl Páez, su pareja.

Finalizó la audiencia de apelaciones del juicio por el crimen de Lucio Dupuy. Este lunes, el Tribunal de Santa Rosa escuchó los pedidos de pena de los fiscales, la querella y los defensores de las acusadas. El viernes a las 12 horas se conocerá la sentencia.

El procedimiento, denominado juicio de cesura, fue a puertas cerradas como todo el debate que se desarrolló entre el 10 de noviembre y el 22 de diciembre de 2022, por tratarse, además, de un delito contra la integridad sexual. Las condenadas no estuvieron presentes en la sala.

Magdalena Espósito Valenti, la madre de Lucio, y Abigail Páez, su pareja, fueron condenadas por el delito de homicidio agravado. En el caso de Páez, también fue declarada culpable de abuso sexual ultrajante mientras que Espósito Valenti fue absuelta por ese delito.

A la audiencia concurrieron en forma presencial el Fiscal general Máximo Paulucci; la Fiscala Verónica Ferrero; el Querellante particular José Mario Aguerrido, en representación del padre de Lucio, Christian Dupuy, quien también asistió; las Asesoras de niñas, niños y adolescentes, Graciela Massara y María Gabriela Manera; y personal de la Oficina Judicial.

En cambio, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez, el defensor oficial Pablo De Biasi y las imputadas participaron a distancia desde San Luis.

Apelaciones de las partes

Durante esta audiencia, los fiscales pidieron que ambas acusadas sean condenadas a prisión perpetua porque, frente a los delitos cometidos, el Código Penal prevé solamente esa pena.

La querella, a cargo del abogado José Mario Aguerrido, adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal, pero le añadió el requerimiento de que la pena sea de reclusión por tiempo indeterminado. Se fundamentó, entre otras razones, en la extensión del daño provocado a "un chico absolutamente vulnerable", agregando que la muerte de Lucio fue el final de un proceso de maltrato infantil.

Por otra parte, la defensa de Abigaíl Páez, a cargo de Silvina Blanco Gómez, pidió al Tribunal que cuantifique la pena que le correspondería a su defendida, por entender que si se aplicase la prisión perpetua "solo saldrá de la cárcel con su muerte, ya que actualmente la pena perpetua es material y literalmente perpetua".

Además solicitó que esa cuantificación sea la mínima por la carencia de antecedentes penales y la edad de la imputada (28 años).

El defensor de Magdalena Espósito Valenti, Pablo De Biasi, brindó argumentos similares. Requirió que se le cuantifique la sanción y a diferencia de Blanco Gómez, pidió 25 años.

Argumentó que la prisión perpetua que establece el Código Penal es inconstitucional, que los tratados internacionales impiden la aplicación de penas "crueles, inhumanas y degradantes", y que con la perpetua la acusada no tendría acceso, en algún momento, al beneficio de la libertad condicional para su "readaptación social".

Este jueves se conocerá el veredicto del juicio por el crimen de Lucio Dupuy

La Justicia determinará si la madre del niño y su pareja son culpables del asesinato; podrían ser condenadas a cadena perpetua.

La Justicia dará a conocer este jueves el veredicto del juicio por el crimen de Luicio Dupuy, cometido el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa, La Pampa.

Desde las 12, los Jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora determinarán si Magdalena Espósito Valenti (madre del pequeño) y Abigail Páez son "culpables" o "no culpables" del delito de "homicidio calificado y abuso sexual ultrajante", por el que podrían ser condenadas a la pena de cadena perpetua.

Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, quedó acreditado que las imputadas asesinaron al niño de 5 años entre las 17.30 y 19.40 del 26 de noviembre de 2021 en la ciudad de Santa Rosa. Además, que Lucio fue sometido, en reiteradas oportunidades, a maltratos físicos y abusos sexuales.

Espósito Valenti fue acusada de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto (agravado por haber sido cometido por la ascendiente) con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.

A Páez le imputan abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años. Todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.

La querella, encabezada por el abogado José Aguerrido, adhirió a la acusación de la Fiscalía y pidió agregar el agravante de odio de género, al sostener que ese fue el móvil para matar a Lucio.

Las imputadas no presenciarán la audiencia de este jueves. La defensa de Páez, representada por la defensora oficial Silvina Blanco Gómez, aseguró que no existió un homicidio agravado sino un homicidio preterintencional, es decir, que no existió intencionalidad y que no buscó el resultado de muerte.

Sostuvo que "ninguna de las tres agravantes" planteadas por la Fiscalía quedaron probadas y que, en el peor escenario, pudo existir un homicidio simple con dolo eventual, esto es, que debió representarse que lo podía matar con los golpes que le dio.

En su alegato, el abogado Pablo de Biasi, defensor de Espósito Valenti, dijo que su defendida no estaba en la vivienda al momento del hecho y descartó la responsabilidad por supuesta omisión en el homicidio. El letrado, en forma subsidiaria, planteó que si fuera hallada culpable, sólo podría imputársele una conducta preterintencional.

Graciela Sosa: "No les creo nada, es tarde porque yo no voy a recuperar a mi hijo"

Se trató de una jornada donde habló Graciela, después se realizó la lectura de alegatos de la defensa y por último los rugbiers pidieron perdón.

"La verdad que no me conmovieron, ninguno me miró. Lo dejo pasar como algo desapercibido. No les creo nada, es tarde porque yo no voy a recuperar a mi hijo", manifestó con angustia Graciela, madre de Fernando Báez Sosa, después del pedido de perdón por parte de los ocho rugbiers acusados del crimen.

Este jueves se trató de una jornada más que emocionante ya que inició con las últimas palabras por parte de los papás de Fernando frente al tribunal. Allí Graciela expresó el dolor ante la pérdida de su hijo y la necesidad de que se haga justicia.

Luego continuó con la lectura de alegatos por parte de la defensa a cargo de Hugo Tomei donde pidió la absolución de los acusados, la nulidad del secuestro de celulares y la ropa en el allanamiento y que las imputaciones se modifique a "homicidio en riña".

Por último, la audiencia cerró con los testimonios de los ocho rugbiers, quienes miraron al Tribunal y pidieron perdón a la familia de Fernando: "No hubo ningún plan".

"Es medio fuerte que después de matar a tu hijo te pidan perdón. Creo que querían modificar su situación frente al Tribunal", sentenció Silvino en diálogo con la prensa.

"Estamos fuertes pero es muy difícil creerles después de lo que hicieron. Me descompuse y por eso no estuve en los alegatos", indicó Graciela. Para cerrar una jornada de mucho emoción sostuvo: "La única víctima acá es Fernando, le destruyeron el cuerpo mientras imploraba".

Luego de los papás de la víctima, se pararon a hablar con la prensa los fiscales de la causa e hicieron hincapié en la necesidad de los medios en este caso: "Quiero referirme a la presión mediática. Gracias a la difusión del caso contamos con testigos claves que se acercaron de forma espontánea".

Asimismo, tanto Dávila como García manifestaron que no les sorprendió el pedido de absolución y nulidad por parte de la defensa.

Video del juicio por el asesinato de Fernando Báez Sosa: hablaron los rugbiers y pidieron perdón

La Querella y la Fiscalía buscaron conseguir una "pena ejemplar". Luego, al finalizar todo, hablaron los rugbiers asesinos y pidieron disculpas a la familia de Fernando.

Los acusados dijeron sus últimas palabras antes del veredicto y Máximo Thomsen, el más complicado en la causa, se quebró.

Durante el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa, tomó protagonismo el alegato final emitido por el abogado defensor de los rugbiers, Hugo Tomei.

En el inicio de la jornada, el letrado aseguró que "toda la evidencia está contaminada" e inclinó sus argumentos hacia la figura de "homicidio en riña".

Minutos antes del anuncio, se le dio la palabra a los ocho imputados, quienes se disculparon con la familia por el crimen.

"Ante todo quiero pedir disculpas a la familia de Fernando por todo lo causado, estoy muy arrepentido. Estoy muy mal desde lo que pasó, triste por todo lo sucedido y quiero pedir disculpas, nunca tuve intención de matar a nadie ni participar de ningún asesinato", dijo Lucas Pertossi, y cerró con un “gracias por escucharme".

Le siguió Blas Cinalli, quien también se incorporó de su silla, tomó el micrófono y ofreció "disculpas a todas las personas afectadas. Es algo que duele muchísimo y es muy triste, no hubo ningún plan".

"Nunca quise que esto pasara, no tuve plan. Estoy arrepentido, quisiera volver el tiempo atrás y nunca quise matar a nadie", acompañó Matías Benicelli.